Delito De Contagio Venéreo
Enviado por laurasemart • 8 de Enero de 2014 • 363 Palabras (2 Páginas) • 843 Visitas
Contagiar es comunicar una enfermedad contagiosa. Contagio es la transmisión por contacto inmediato o mediato de una enfermedad específica, desde el individuo enfermo al sano.
El delito de contagio venéreo, también denominado contaminación venérea sexual, o contagio intersexual se ejecuta mediante “suministro de virus”; en otras palabras, la infracción punible se comete cuando se contagia a una persona sana una enfermedad de tipo sexual, o basta que la persona infectada tenga contacto sexual, sabiendo de su enfermedad y ponga en peligro la salud de un tercero.
Una serie de países, castigan como figura penal independiente el delito de contagio venéreo. Otras lo asimilan o lo castigan conforme a las normas aplicables para el delito de lesiones, considerando la enfermedad o incapacidad que provocan al ofendido. Por último, en otros países no se contempla este delito.
Entre las enfermedades de transmisión sexual más importantes se conocen la blenorragia, la sífilis, el chancro blando, la linfogranulomatosis o linfogranuloma venéreo, los herpes genitales, las tricomoniasis, cadidiasis genital, cancroide, granuloma inguinal… Pero la más conocida es el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).
El determinar la existencia de una enfermedad como de tipo sexual o venéreo en la actualidad noa es difícil, pues se realizan exámenes y pruebas contando con instrumentos avanzados. El obstáculo más serio para la aplicación de esta ley se encuentra en la dificultad de proporcionar la prueba de la contaminación, cuya carga incumbe al demandante. Este deberá demostrar que ha tenido relaciones sexuales con el inculpado o que ha habido contaminación extravenérea, que ha sido contaminado por el inculpado y solo ha podido ser él, y que este último no ignoraba la enfermedad venérea contagiosa de la que estaba afectado.
En España, la trasmisión voluntaria es un delito. En el ordenamiento jurídico español no existe una norma que obligue a informar sobre el estado de salud de la persona pero eso no significa que no haya instrumentos que protejan a las posibles víctimas. Tanto el Código Penal como el Código Civil incluyen normas que pueden condenar a los responsables a este tipo de contagios y que en España ya han creado jurisprudencia.
Bibliografía:
- Periódico SOITU http://www.soitu.es/soitu/2008/05/26/actualidad/1211819541_574780.html
- “Medicina legal y psiquiatría forense” Hernán Silva Silva
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