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Cuerpo Del Delito Y Elementos Del Delito


Enviado por   •  28 de Junio de 2011  •  535 Palabras (3 Páginas)  •  2.452 Visitas

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en términos del artículo 134 del Código Federal de Procedimientos Penales, sin duda el agente social sin acreditar plenamente los elementos de la probable responsabilidad pudo ante el juez solicitar un auto de formal prisión, más no se consiente que con el mismo acervo probatorio y falta o ausencia de pruebas idóneas de pretenda fincar responsabilidad plena ya que en todo caso, después del auto del formal prisión el juez natural debió haber entrado al estudio de los elementos del delito entre ellos, los elementos del tipo penal donde se encuentran las formas de intervención, la forma de realización de la conducta, elementos subjetivos específicos y excluyentes de delito según sea el caso, lo que no realiza en forma. Ya que como es de explorado derecho según las reformas del artículo 16 y 19 constitucional de 1998 dejaron plasmada la forma en que debía abordarse el cuerpo del delito y probable responsabilidad apartándose del cuerpo del delito y presunta responsabilidad de antes de 1993 ya que después de la reforma en comento se tenía que estudiar en la probable responsabilidad las formas de intervención en el delito, la forma de realización de este, la antijurídica y no solo la culpabilidad que antaño se hacía. Dejando entonces si el estudio de los elementos del delito y plena responsabilidad a la legislación y a la teoría, de ahí que conforme el artículo 15 del Código Penal Federal contamos con los elementos negativos del delito, que al contrario sensu nos dan los elementos positivos del delito, que son los que debe acreditar el agente del ministerio publico en sus conclusiones acusatorias y no así los elementos del cuerpo del delito.

En ese tenor, habrá que destacar que nuestro código penal federal está basado en la teoría finalista de la acción y por ende, tanto el juez de origen y el magistrado de tribunal unitario impugnados no entraron al estudio de la ley en cuestión ya que como vemos los estratos procesales de cuerpo del delito y probable responsabilidad son exclusivos para ordenes de aprehensión, ordenes de comparecencia y autos de formal prisión, por lo que, el análisis de dichos elementos procesales solo será para dichas resoluciones más no para sentencias definitivas por no existir disposición legal en la Ley y por que el derecho procesal penal presupone la vigencia de normas de contenido penal material y su finalidad en concreto no es establecer que se entiende por hecho punible, sino establecer que en un caso concreto se puede dar por acreditado el mismo lo cual se delimitara en una sentencia definitiva que resuelva el asunto y determine si se acredito el delito y la responsabilidad plena en términos del 4, 94 y 95 del Código Federal de Procedimientos Penales, aplicando como es de esperarse el derecho sustantivo y por ende deberá acreditar una conducta típica, antijurídica y culpable para así determinar la responsabilidad plena, la que dicho sea de paso serán con pruebas

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