Demanda divorcio incausado.
Enviado por Jesus De Leon • 26 de Junio de 2016 • Resumen • 1.567 Palabras (7 Páginas) • 752 Visitas
C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO
DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL
EN EL ESTADO.-
P R E S E N T E.-
GRACIELA BERENICE SALDAÑA GUERRA, mexicana, casada, mayor de edad, empleada, sin adeudos fiscales y con domicilio convencional para el solo efecto de oír y recibir notificaciones, el ubicado en la calle Juan Ignacio Ramón, número 506, edificio Latino, despacho 614, en el Centro de esta ciudad, Nuevo León, ante Usted y con el debido respeto comparezco y expongo:
Que por medio del presente escrito, además de los documentos que acompaño y por mis propios derechos ocurro a promover JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO INCAUSADO, en contra de mi esposo ELEAZAR TAMEZ MEDINA, quien puede ser notificado legalmente de la presente demanda en el domicilio ubicado en la calle San Nicolás, número 329, en la colonia Nueva Esperanza, en General Escobedo, Nuevo León, sustentando la presente demanda en los siguientes hechos y consideraciones del orden legal, motivo por el cual le solicito a Usted C. Juez los siguientes conceptos:
- La disolución del vínculo matrimonial que nos une al señor ELEAZAR TAMEZ MEDINA y la suscrita.
- Pago de los Gastos y Costas que se originen con motivo de la tramitación del presente juicio.
H E C H O S
1.- Como lo demuestro con la respectiva certificación del Acta de Matrimonio Civil que anexo a esta demanda, mi ahora demandado ELEAZAR TAMEZ MEDINA y la suscrita, celebramos Contrato Civil de Matrimonio en fecha 15-quince de noviembre del año 2015-dos mil quince, ante la fe del Oficial 24 del Registro Civil con residencia en Monterrey, Nuevo León; en la inteligencia que dicho enlace matrimonial quedo sujeto bajo el régimen de Sociedad Conyugal.
2.- De nuestra unión matrimonial procreamos una hija de nombre CAROL ADRIANA TAMEZ SALDAÑA, la cual a la fecha es menor de edad, lo anterior lo justifico con la respectiva acta de nacimiento de la menor CAROL ADRIANA TAMEZ SALDANA, de fecha 25-veinticinco de noviembre del año 2015-dos mil quince, inscrita bajo el acta número 3668, libro 19, tomo 1, foja 1523868, ante la fe del Oficial 3 del Regristro Civil, con residencia en san Nicolás de los Garza, Nuevo León.
3.- Establecimos nuestro domicilio conyugal en la calle 24-veinticuatro de septiembre, número 332, en la colonia 18-dieciocho de octubre, en General Escobedo, Nuevo León.
4.- MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que de dicha unión matrimonial mí ahora demandado y la suscrita, no adquirimos bienes ni pasivos dentro de nuestro vínculo matrimonial.
D E R E C H O
COMPETENCIA.- Es Usted. C. Juez de lo Familiar competente para conocer y resolver del presente asunto de conformidad a lo establecido por los artículos 98, 99, 100, 111 fracción XII, 952, 953 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.
PROCEDIMIENTO.- Lo comprenden lo establecido por los artículos 68, 69, 612, 614, 624, 638, 639 y demás relativos del Código Procesal Civil vigente en el Estado.
FONDO DEL NEGOCIO: Se encuentra regulado por lo dispuesto en los artículos 1, 6, 12, 266, 267 y demás relativos al Codigo Civil vigente en el Estado, asi como lo establecido por la jurisprudencia 28/2015 y la Tesis Aislada registrada Novena época, Registro: 165822, Instancia: Pleno, Tesis Aislada, Fuente: Seminario Judicial de la Federacion y su Gaceta, tomo XXX, Diciembre de 2009, Materia (s): Constitucional, Civil, Tesis: PLXVI/2009, Pagina: 7 DERECHO AL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD. ASPECTOS QUE COMPRENDE., ya que en esta ultima se determina que no es requisito la existencia de causa alguna para proceder a declarar el divorcio que se insta, sino que solo basta la sola manifestación de la voluntad de uno de los conyuges, en tanto que, si el matrimonio es una institución que parte de la autonomía de la voluntad de las personas, ello también implica su libre decisión de continuar unidas o no; esto en lo cual se actualiza en particular, dado que en el caso concreto ocurre la suscrita solicitando mi divorcio a fin de disolver el vinculo matrimonial.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, a Usted C. Juez de lo familiar de la manera mas atenta y respetuosa ofrezco los siguientes medios de convicción:
P R U E B A S
1.- DOCUMENTAL PUBLICA: Consistente en el acta certificada del matrimonio celebrado entre el suscrito y mi ahora demandada, misma que acompaño al presente escrito y con la cual se acredita la personalidad y derecho que me asiste, con la cual se comprueba que celebre Contrato Civil de matrimonio con mi ahora demandado ELEAZAR TAMEZ MEDINA, en fecha 15-quince de noviembre del año 2015-dos mil quince, ante la fe del Oficial 24 del Registro Civil con residencia en Monterrey, Nuevo León; en la inteligencia que dicho enlace matrimonial quedo sujeto bajo el régimen de Sociedad Conyugal, dicha documental se relaciona con los punto número 1 de hechos, que se formulan dentro de la presente demanda, y con lo cual se acredita lo manifestado en el mismo, toda vez que la citada certificación, es un instrumento Público con eficacia jurídica plena del cual se desprende que la relación conyugal que existe entre el demandado y la suscrita, asi como la fecha de matrimonio, asi como la personalidad por la cual la promovente comparezco en la presente via. Documental Publica, la cual tiene valor Probatorio Pleno acorde a los numerales 293 fraccion II, 287 fraccion IV y demás relativos del Código procesal Civil en vigor.
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