Derecho Agrario.
Enviado por pao160519945 • 23 de Agosto de 2013 • Tesis • 356 Palabras (2 Páginas) • 323 Visitas
Unidad I: Tema 2: Derecho Agrario
Definiciones de Derecho Agrario
Ramón Vicente Casanova. "El conjunto de normas y principios que regula la propiedad territorial y que orienta y asegura su función social".
Objeto del Derecho Agrario
Objeto Formal
Se refiere a la actividad agrícola y a los actos vinculados con la actividad agrícola.
Objeto Material
Se refiere al suelo rural, a la tierra en general, al suelo productivo, al sujeto dedicado a la producción agrícola, entre éstas encontramos los recursos naturales renovables, el desarrollo de la tierra y la incorporación eficaz a las actividades agrarias.
Naturaleza del Derecho Agrario
La relación que tiene el Derecho Agrario con el Derecho Social, es debida a que el Derecho Agrario tiene una naturaleza eminentemente social, en razón de los sujetos a quien le da protección y ampara.
Autonomía del Derecho Agrario
El Derecho Agrario en la actualidad es un Derecho Autónomo, en el sentido de que goza de:
1.- autonomía jurídica, representada por los principios que rigen al Derecho Agrario;
2.- por la autonomía legislativa constituida por el conjunto de leyes que regulan la materia agraria;
3.- por la autonomía jurisdiccional, reflejada por los Tribunales Agrarios del país en el cual se ventilan las causas agrarias;
4.- la autonomía didáctica representada por el Derecho Agrario como materia en las Universidades del país y,
5.- por la autonomía científica, la cual está formada por la doctrina agraria a través de diversos textos legales de autores estudiosos en la materia.
Fuentes del Derecho Agrario
1.-Formales: Son los procedimientos para la creación de la norma jurídica, dentro de esta categoría vemos la Costumbre, la Legislación y la Jurisprudencia.
2.-Históricas: Se consideran a las instituciones jurídicas que tuvieron vigencia en otras épocas y sirvieron para alimentar las actuales, tal como los papiros, documentos, libros, etc.
3.- Reales: Abarcan los hechos, circunstancias y consideraciones que nutren la conducta del legislador y que se plasman en el contenido de las normas.
Así vemos las Fuentes del Derecho Agrario, en dos manifestaciones que son:
a. Directas: La Ley.
Indirectas: La costumbre, usos y prácticas.
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