Derecho laboral. Las Garantías:
Enviado por FRAN6671 • 12 de Agosto de 2021 • Apuntes • 3.147 Palabras (13 Páginas) • 67 Visitas
Trabajo de la Unidad IV
Las Garantías:
Garantía, en Derecho civil, es un mecanismo jurídico para proteger o asegurar el compromiso de que una determinada obligación será cumplida en tiempo y forma. Esas garantías pueden consistir en obtener la ventaja de que responda de la obligación no sólo el deudor, sino también otras personas, con lo cual aumenta el número de patrimonios afectados al cumplimiento de la obligación como es el caso de las garantías personales; o en obtener la ventaja de adquirir para seguridad de su crédito un derecho real accesorio sobre un bien o varios bienes determinados (del deudor o de un tercero), que al darle el derecho de preferencia y de persecución, lo aseguren contra el riesgo de tener que concurrir con otros acreedores o de que a consecuencia de actos de enajenación no pueda ejecutar el bien por haber salido del patrimonio del deudor; como en el caso de las garantías reales.
Importancia de la Garantía:
Radica en el aspecto jurídico y en la vida comercial, tanto para el acreedor como para el deudor. En las actividades cotidianas nos relacionamos con las garantías porque ellas están presentes en el quehacer diario de la sociedad, facilitando las operaciones comerciales, ejemplo de ello es la obtención de vivienda mediante sistema de venta a plazo don el inmueble constituye la garantía hipotecaria que le otorga al acreedor mayor seguridad para el pago de su crédito
Clasificación de las Garantías:
Se clasifican en dos grupos:
- Según la Fuente que las Origina.
Legales:
Su fuente está en la ley. Ejemplo de esta es la Hipoteca Legal. Articulo 1.885 Código Civil.
El menor y el entredicho, sobre los bienes del tutor que se determina con arreglo de los Artículos. 360 y 397 del Código Civil.
La hipoteca legal general: cuando en ella están comprendidos todos los bienes del deudor.
La hipoteca legal especial: que sólo se limita a cosas específicas o determinadas, la cual ha adoptado el legislador en nuestro Código Civil.
Convencionales: Son aquellas que se establecen por la autonomía de la voluntad de los particulares, su fuente es una manifestación de voluntad de las partes.
Judiciales: Tienen como fundamento una decisión judicial o sentencia ejecutoriada, definitivamente firme sobre la cual no cabe ningún otro recurso. Artículo. 1.886 del Código Civil.
- Según su Objeto:
Garantías Personales: Aquella que versa sobre las personas. Ejemplo: La fianza (Articulo 1.804 del Código Civil.)
Garantías Reales: aquellas que versan sobre bienes. Ejemplo: La prenda y la hipoteca (Artículos. 1.837 y 1.877 del Código Civil.).
La Fianza:
El Código Civil no da una enunciación precisa de lo que es la Fianza, sólo se limita a establecer en su artículo 1.804, la obligación contraída por el fiador, del análisis de la disposición legal se deduce el concepto: La Fianza es un contrato, mediante el cual, una persona denominada fiador se compromete con una persona, denominada acreedor, a cumplir la obligación del deudor en caso de que éste no le cumpla, todo de acuerdo a los artículos 1.804, 1.863 y 1.864 del Código Civil.
Características de la Fianza:
- Es Unilateral: Debido a que solo una de las partes se obliga. La parte que se obliga es el fiador frente al acreedor, a responder por la obligación principal en caso de que éste no cumpla. Pudiera de forma excepcional presentarse la bilateralidad en el contrato de fianza, en el caso de que el acreedor pagara cierta suma al fiador para que sea el garante, es decir, cuando el acreedor se obliga a remunerar esta gestión del fiador. Ahora bien, si el que paga por la fianza es el deudor no existe bilateralidad ya que, el deudor, no es parte en el contrato de fianza, ésta sólo se establece entre el acreedor y el fiador.
- Es Consensual: Basta la simple manifestación de voluntad del garante y la aceptación del acreedor para que quede perfeccionado el contrato de fianza. Es un contrato que nace en el momento en que el fiador se compromete con el acreedor a subsanar una obligación principal, en caso de incumplimiento del deudor.
El artículo 1.808 del Código Civil establece que: La fianza no se presume, debe ser expresa y no se puede extender más allá de los límites dentro de los cuales se ha contraído. La Fianza Mercantil establecida en el artículo 545 del Código de Comercio, dice: “La Fianza debe celebrarse por escrito, cualquiera que sea su importe”. El consentimiento debe estar libre de vicios, o sea de error, dolo y violencia.
- En Principio es Gratuito: La Fianza nace como un favor que una persona le hace a otra; la Fianza no presupone remuneración de ninguna especie, pero puede darse el caso que la fianza sea onerosa, este caso puede darse cuando el acreedor se obliga a remunerar al fiador para su aceptación, por lo cual se convertirá en contrato oneroso.
- Es Conmutativo: Cuando una persona se constituye en fiador, desde el mismo momento en que nace la obligación, sabe a qué está obligado y por qué va a responder en caso de incumplimiento del deudor cuando esa persona da su consentimiento de que quiere ser garante de una obligación, ya sabe hasta dónde llega el quantum por el cual tiene que responder. Ejemplo el Articulo 1.806 del Código Civil.
- Es Accesorio: Depende para su existencia de una obligación principal válida. Cuando dicha obligación es incumplida el fiador ha de responder por ella ante el acreedor. Si no hay una obligación principal no puede haber fianza. Si la obligación principal es nula, la obligación accesoria también será nula. Ejemplo el Articulo 1.805 del Código Civil.
- No Produce Efectos Reales: El acreedor no tiene ningún efecto real sobre los bienes del fiador, sino la garantía del pago de la obligación. La garantía sólo se basa en que queda afectado al pago de la obligación del deudor, también el patrimonio de otra persona, o sea, el patrimonio del fiador. El contrato de fianza no produce efectos reales sobre bienes específicos o determinados, sino que afecta todo el patrimonio del garante (fiador). Ejemplo el Articulo 1.806 del Código Civil.
Elementos de la Fianza:
Para la existencia del contrato de fianza se requieren todos los elementos necesarios para la existencia de todo tipo de contrato. Estos elementos son:
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