Derechos Del Niño
Enviado por alma33 • 19 de Septiembre de 2014 • 1.273 Palabras (6 Páginas) • 212 Visitas
Derecho a la educación propia y al régimen intercultural bilingüe
Los pueblos indígenas "…tienen derecho a una educación propia y a un régimen educativo de
carácter intercultural y bilingüe, atendiendo a sus particularidades socioculturales, valores y
tradiciones" 53, de tal manera que desde 1999 el Régimen de Educación Intercultural Bilingüe
(REIB) tiene rango constitucional. Desde 1979 estaba regulado por el Decreto 283, que
establece que el plan educativo a aplicar en pueblos indígenas deberá estar "…adaptado en su
diseño a las características socioculturales de cada uno de los correspondientes grupos
étnicos…"54.
A pesar de que estos principios están vigentes desde hace más de 20 años, algunos
indicadores señalan que los objetivos del REIB no se han logrado. Uno de los indicadores más
dramáticos de ello es la progresiva desaparición de idiomas indígenas. Los antropólogos
Esteban y Jorge Mosonyi estiman que de las 31 lenguas que subsisten actualmente, por lo
menos 11 presentan una grave situación, ya que el porcentaje de hablantes es mínimo. Así se
tiene que el Añú es hablado por el 0,006% de su población, el Baniva por el 0,7%; el Baré por
el 0%; el Kariña por el 85%; el Mapoyo por el 0%; el Puinave por el 3%; el Sáliva por el 0%; el
Warekena por el 2%, el Yavarena por el 3%, el Yeral por el 3% y el Wayú por el 8% de
población, aún cuando ésta es una de las poblaciones indígenas más numerosas en el país55.
La Lic. Kaidy Fernández, coordinadora de Educación Intercultural Bilingüe de la Organización
Regional de pueblos Indígenas del Edo. Zulia (ORPIZ), señala que una de las razones por las
cuales no se ha desarrollado el REIB es porque "…no pasó de ser un proyecto experimental,
de más de 3 años, para 9 etnias del país, en las cuales no se ha hecho ni seguimiento, ni
evaluación, en lo sucesivo sólo se han realizado proyectos ejecutados y evaluados, por
indígenas, particulares, ONG’s, universidades o funcionarios competentes, pero jamás por el
Estado venezolano como tal "56.
Otra de las carencias del REIB es la escasa participación de los pueblos indígenas en el diseño
y aplicación del mismo, hecho que no se solventa, con la sola participación de algunos
miembros de las comunidades como docentes, ya que al ser éstos educados en el marco de
una cultura ajena a su realidad, más bien contribuyen al proceso de transculturación de estos
pueblos. El diseño de un sólido REIB debería apuntar directamente a que se involucren los
miembros de los diferentes pueblos indígenas y no sólo los docentes, en todos los niveles de
aplicación de este régimen.
En vista de que el derecho a una educación de acuerdo con sus patrones culturales y el REIB
tienen rango constitucional, la Dirección de Asuntos Indígenas (DAI) del Ministerio de
Educación inició desde septiembre de 1999 una serie de actividades en los Edos. Amazonas y
Bolívar "…con la meta a largo plazo de la elaboración del Proyecto Educativo de Pueblos
Indígenas "57. Dichas actividades consistieron en la aplicación de los siguientes talleres: a) para
el pueblo Yanomami del Alto Orinoco (Edo. Amazonas), "Taller preparatorio para la inducción
de los docentes "; b) para el Pueblo Piaroa de la región del río Sipapo (Municipio Autana, Edo.
Amazonas), "Taller de sensibilización para la elaboración de la Guía Pedagógica"; c) para el
pueblo Jivi de la región del río Orinoco Medio (Edo. Amazonas), "Taller de sensibilización para
la elaboración de la Guía Pedagógica "; d) el pueblo Pemón del Municipio Gran Sabana (Edo.
Bolívar) ya inició la elaboración de la Guía Pedagógica, e) para el pueblo Yekuana y Sanemá
de la región del río Caura, "Taller preparatorio de inducción de los docentes "58.
La Educación Intercultural Bilingüe
Desde
...