Derechos Humanos
Enviado por mmaryoo • 20 de Marzo de 2014 • 1.801 Palabras (8 Páginas) • 226 Visitas
Derechos humanos
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 Los derechos humanos son aquellos pertenecientes a todos los seres humanos. Jurídicamente, según qué tipo de concepción se tenga sobre el Derecho (iusnaturalismo, iusracionalismo, iuspositivismo, realismo jurídico o dualismo jurídico), la categoría conceptual "derechos humanos" puede ser definida como revelación divina, como observable en la Naturaleza, como asequible a través de la Razón, como determinada por los contextos en las muchas maneras que es posible entender la Historia, como síntesis de ideas de éstas y/u otras posiciones ideológicas y filosóficas, o como un mero concepto inexistente y sin validez.
En cualquier caso, es importante diferenciarlos y no confundirlos con los derechos constitucionales. Aunque generalmente los derechos fundamentales se suelen recoger dentro de los derechos constitucionales, no siempre son lo mismo o los mismos. Para determinar qué derechos son "constitucionales" basta con recurrir al catálogo de derechos reconocidos por las constituciones políticas de los Estados; no obstante, para establecer qué derechos son "humanos", primero es necesario asumir un postura respecto qué es Derecho e implícita o explícitamente sobre qué es lo "Humano", una vez hecho esto, es necesario ubicarse en algún punto del debate contemporáneo de las teorías sobre los derechos humanos: ¿Los derechos humanos son un conjunto específico de derechos (a la vida, al sufragio, etc.)?, ó ¿Los derechos humanos son un tipo de derechos desarrollo de otros conceptos (libertad, dignidad, seguridad, etc.)?
Además, los derechos constitucionales pueden abarcar más de lo que se entiende que son derechos humanos. La constitución de un país, por ejemplo, puede otorgar derechos a sus ciudadanos que no abarquen a los no nacionales (por ejemplo, el derecho al voto. En ese caso se trataría de derechos constitucionales que se reconocen al ciudadano, pero no podrían ser derechos humanos si no se reconoce a todas las personas sean de la condición que sean.
A los derechos humanos corresponden ciertas características. Una importantísima es la inalienabilidad, es decir, no pueden ser concedidos, limitados, canjeados o vendidos (por ejemplo, no es posible venderse como esclavo). Otra es que los derechos humanos, normalmente, se dividen en dos categorías: derechos positivos y derechos negativos. Los derechos negativos pueden ser expresados como un derecho positivo, pero no en viceversa. Por ejemplo, el derecho de un recién nacido a tener padres que lo cuiden (asumiendo que es una derecho humano) sólo puede ser expresado positivamente.
Historia
Entre los antecedentes de los derechos humanos es posible destacar la enunciación de derechos naturales por parte de la Escuela de Salamanca, en la España del siglo XVI, iniciada por Francisco de Vitoria y otros, que según ellos trataron, tanto los relativos al cuerpo (derecho a la vida, a la propiedad) como al espíritu (derecho a la libertad de pensamiento, a la dignidad). Los teólogos de la Universidad de Salamanca fueron tan radicales en ese tiempo que llegaron a condenar toda forma de guerra (con muy contadas excepciones) como un violación a esos derechos, impugnando así implícitamente las campañas de Carlos I. En esa Escuela, Luis de Molina, llegó a enunciar que el poder no reside en el gobernante, que no es más que un administrador, sino en los administrados, los ciudadanos, adelantándose ideológicamente en varios siglos a las revoluciones burguesas del XVIII.
Más tarde, ya avanzada la modernidad, aparecen los derechos humanos en la política inglesa como una exigencia burguesa de tener alguna clase de seguridad contra los abusos de la corona y limitando el poder de los monarcas sobre sus ciudadanos creando una serie de principios sobre los cuales los monarcas no podían legislar o decidir. Estos abusos se basaban en la pretensión de la corona inglesa de que su derecho era de designio divino (derecho que ya había sido criticado por Francisco Suárez, de la Escuela de Salamanca, en su obra Defensio Fidei Catholicae adversus Anglicanae sectae errores de 1613).
Las distintas culminaciones de la Revolución Inglesa, la Revolución Americana y la Revolución Francesa, hitos fundamentales del efectivo paso a la era Contemporánea, representan el fin o el principio, según se quiera ver, del complejo proceso de reconocimiento o creación de los derechos humanos. Si las revoluciones son el revulsivo que da lugar a la gestación de los derechos humanos, las diversas actas de nacimiento lo constituyen el Bill of Rights inglés, las declaraciones de derechos de las colonias americanas y, entre estas la más importante, la francesa Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.
Vale destacar que la consideración moderna de los derechos humanos precisamente radica en el hecho de que los diferentes revolucionarios, según sus diversas cosmovisiones, por un lado, entendían que había un conjunto de derechos eternos e inmutables, pero por el otro, a pesar de que tales derechos eran evidentes, también decidieron plasmarlos en documentos jurídicos.
Así, pasando por otras revoluciones, como la Revolución Rusa o la Revolución Mexicana, hasta nuestros días y, sobre todo, desde el nacimiento de la Asamblea de la ONU, el y término derechos humanos se ha universalizado con la Declaración Universal de los Derechos Humanos del 10 de diciembre de 1948 y con los Pactos Internacionales de Derechos Humanos de 1966, alcanzando una gran importancia en la cultura jurídica internacional.
Los Derechos Humanos son una idea antigua. Su plasmación en leyes y códigos es más moderna y se explica desde los parámetros conceptuales utilizados por los protagonistas de este periodo. Estado, Nación, Progreso, Racionalismo, Positivismo, Secularización... son categorías que no sólo proyectan sino que también limitan el entendimiento de los que todos pueden entender por derechos humanos. Por ello, no es causalidad que las afrentas a la contemporaneidad sean a su vez ataques a los derechos humanos. El relativismo moral y el nihilismo no son más que cuestionamientos
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