Designación del titular del órgano de control externo local
Enviado por edgardo brito • 4 de Febrero de 2025 • Reseña • 1.763 Palabras (8 Páginas) • 18 Visitas
ESTADO FALCÓN MUNICIPIO MAUROA Concejo Municipal
Designación del titular del órgano de control externo local
El municipio Mauroa, cuya capital es la ciudad de Mene Maura fue creado el 05-02-1948, la misma cuenta con tres parroquias: Mene Mauroa, Casigua y San Félix y posee una población de 20.755 habitantes.
En cuanto a la fecha de la Ordenanza de Creación de la Contraloría Municipal, se constató que la misma fue aprobada por el Concejo Municipal el 08-01-2001. El presupuesto aprobado de la Contraloría Municipal para el ejercicio fiscal 2006 fue de Bs.F. 333,06 mil.
Alcance y objetivo de la actuación
La actuación se circunscribió al análisis del concurso para la designación del titular de la Contraloría Municipal del municipio Mauroa, para el período 2006-2011, efectuado entre los meses de noviembre y diciembre del año 2006.
Observaciones relevantes
De la revisión efectuada a la base legal y a la documentación contenida en el expediente contentivo del procedimiento que se llevó a cabo en el municipio Mauroa del estado Falcón para la selección del titular de la Contraloría Municipal de esa entidad local, se determinó lo siguiente:
En Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de Mauroa, Acta Nº 60 de fecha 21-11- 2006, fueron juramentados los miembros principales y suplentes del Jurado Calificador en representación del Concejo Municipal de Mauroa y en representación de la Contraloría del estado Falcón, para la selección del titular de la Contraloría Municipal del municipio Mauroa del estado Falcón, de conformidad con el numeral 4 del artículo 6 del Reglamento sobre los Concursos para la Designación de los Contralores Distritales y Municipales, y los Titulares de las Unidades de Auditoría Interna de los Órganos del Poder Público Nacional, Estadal, Distrital y Municipal y sus Entes Descentralizados (Gaceta Oficial N° 38.386 de fecha 23- 02-2006), vigente para la fecha de la celebración del concurso.
El Concejo Municipal del municipio Mauroa, realizó el llamado público al concurso de Contralor Municipal mediante avisos de prensa publicados de la siguiente manera: el día 17-
11-2006 en el diario de circulación local y el segundo fue publicado el mismo día en el diario de circulación nacional.
Respecto a la revisión de las credenciales de los participantes por parte del Jurado Calificador, se constató del Acta de reunión Nº 1 del Jurado Calificador de fecha 11-12- 2006, la recepción de 3 currículas contentivas de los documentos consignados por los participantes al concurso.
Según Acta de reunión Nº 2 de fecha 13-12-2006, el Jurado Calificador dejó constancia de la evaluación realizada a las credenciales de cada uno de los participantes que calificaron. Así como, que uno de los aspirantes no fue seleccionado para la entrevista de panel debido a que sus credenciales no acumulan la puntuación necesaria requerida en el Reglamento. Adicionalmente, extendieron comunicaciones a los aspirantes que calificaron a fin de que asistieran a la entrevista de Panel, de conformidad con el artículo 33 del referido Reglamento.
Mediante Acta de Veredicto sobre el concurso para la designación del Contralor o Contralora Municipal del municipio Mauroa, de fecha 20-12-2006, emitida por el Jurado Calificador del concurso, dejaron constancia de los resultados del referido Concurso, a través de la cual proclamaron el ganador.
De la evaluación realizada por este máximo Organismo a los soportes credenciales de los aspirantes inscritos que poseían los requisitos mínimos para optar al cargo de Contralor Municipal del Municipio Mauroa del estado Falcón, aplicando el Reglamento, se desprende lo siguiente:
De la evaluación realizada a las credenciales del aspirante que obtuvo el segundo lugar según lista de orden de méritos, este Organismo Contralor a fin de valorar el ítem de Experiencia Laboral, solicitó certificación de cargos a la Contraloría Municipal del municipio San Francisco del estado Zulia, donde se constató que el referido aspirante laboró como Jefe de División por un período de 5 meses, sin embargo, tomando en consideración lo establecido en el artículo 34 del Reglamento, el cual señala que cuando el participante haya desempeñado ininterrumpidamente el cargo por un lapso igual o superior a 6 meses, se asignará la mitad de la puntuación correspondiente a un año, en este caso no le corresponde puntuación alguna. Por otro lado, se pudo verificar que el referido aspirante permaneció bajo la jerarquía de Director dentro de la Contraloría Municipal de San Francisco por un período de 1 año/ 6 meses y 7 días, y de conformidad con el baremo de los Concursos aplicable, le corresponde el ítem. “…En Órganos de Control Fiscal:…Director de línea en Contralorías
Municipales o su equivalente…6 puntos”, para un total de 9 puntos. No obstante, el Jurado Calificador valoró 4 años de experiencia como Director de línea para un total de 16 puntos.
En cuanto a la experiencia ejercida como Auditor III en la Contraloría del Estado Zulia, se constató del expediente constancia de trabajo de fecha 14-01-2004 emitida por el Director de Recursos Humanos de la Contraloría General del Estado Zulia, de la que se desprende que el precitado aspirante laboró en esa institución bajo el cargo de Auditor III desde el 16-09-1989 hasta el 25-07-2000, es decir, por un período de 10 años, 6 meses y 9 días. Por lo tanto, fue valorado en el ítem “En Órganos de Control Fiscal...Cada año desempeñado en cargos vinculadas con el Control Fiscal, sin funciones de dirección, coordinación o supervisión, hasta 10 años, 3 puntos”, para un total de 30 puntos en este renglón. Sin embargo, el Jurado calificador valoró 7 años a 2 puntos por año para un total 14 puntos.
Con relación a la experiencia desempeñada como Administrador III en la Gobernación del estado Zulia, se constató del expediente del concurso, constancia de trabajo de fecha 01-03- 1984, mediante la cual se desprende que el referido ciudadano laboró en la Secretaría de Gobierno de la referida institución bajo el cargo antes mencionado desde el 16-04-1980 al 15-02-1984, es decir 3 años y 10 meses, por lo que este organismo contralor lo ubicó en el ítem: “En el área administrativa…Cada año desempeñado en cargos sin funciones de coordinación o supervisión hasta 7 años, 2 puntos…”, para un total de 7 puntos en este renglón, tomando en consideración lo establecido en el artículo 34 del Reglamento, por lo que se le asignó la referida puntuación. Sin embargo, el Jurado calificador valoró 3 años para un total de 6 puntos.
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