Diccionario Jurídico Mexicano
Enviado por Zoraida Martinez • 7 de Diciembre de 2015 • Reseña • 345 Palabras (2 Páginas) • 194 Visitas
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- COMPETENCIA POR FUERO
- La constitución general de la republica establece que: nadie puede ser juzgado por leyes privativas, ni por tribunales especiales; que ninguna persona o corporación puede tener fuero; que subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra disciplina militar (art 13) y que en demandas del orden civil no hay fuero ni inmunidad para ningún funcionario público (art 144)
Autor: José Becerra Bautista. Libro: Introducción al estudio del derecho procesal civil. Pág. 45, primera edición, México 1957, Ed. JUS.
- Los fueros locales, fueros municipales o fueros eran los estatutos jurídicos aplicables en una determinada localidad, cuya finalidad era, en general, regular la vida local, estableciendo con conjunto de normas, derechos y privilegios, otorgados por la ley.
Autor: Carlos Arellano García. Libro: Teoría general del proceso, sexta edición, México 1997, Ed. Porrúa.
- Jurisdicción especial (fuero de guerra. Fuero de trabajo), denominación de algunas complicaciones o códigos antiguos, fuero juzgo, fuero real antiguo y exención o privilegio otorgado a alguna persona o clase social.
Autor: Rafael de pina vara. Libro: diccionario jurídico mexicano, pág. 296. Ed. Porrúa.
- En el derecho procesal mexicano, se utiliza la voz “fuero” como sinónimo o de competencia, cuando se habla de fuero común, fuero federal y fuero del domicilio; como sinónimo de jurisdicción, que sería el caso del fuero de guerra; también se habla de fuero constitucional, con otro significado, ya que trata de un requisito de procedibilidad.
Autor: diccionario jurídico mexicano, “UNAM” pág. 1756, Ed. Porrúa.
- Las más importantes de las acepciones de la palabra fuero, que todavía se usan, son las siguientes: 1._ lugar donde se administra justicia. 2._ la potestad de juzgar o sea la jurisdicción. 3._ el territorio respecto del cual ejerce jurisdicción un tribunal. 4._ el privilegio de que gozan ciertas personas o entidades jurídicas de no ser juzgado por determinados tribunales. 5._ significa lo mismo que competencia de un tribunal para conocer de determinados juicios.
Autor: Eduardo pallares. Libro: diccionario jurídico mexicano. Pág. 382.
Art. 40, 73, 104 constitucional.
*Fuero local._ aplicación y vigencia en su entidad federativa, ej. Código civil para el Estado de Sonora
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