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Diccionario de Derecho


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2015  •  Apuntes  •  2.837 Palabras (12 Páginas)  •  249 Visitas

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UNIVERSIDAD AUTONOMA DEL ESTADO DE MÉXICO

FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN



2° SEMESTRE




MATERIA: DERECHO MERCANTIL


TRABAJO: GLOSARIO


ALUMNO: DANIEL CORONEL ANTONINO 



CATEDRÁTICO: ÁNGEL HERNÁNDEZ CABRERA

TOLUCA, MÉXICO A 5 DE JUNIO DE 2015

                                                                                                                                A

  1. Acción Administrativa: Es una acción de nulidad del registro de la marca ante la Secretaria de Economía, en la que se solicita la declaración de nulidad respectiva.
  2. Acción Civil: Es una acción en que el perjudicado podrá demandar de los autores, propietarios o dueños de dichas marcas, la reparación y el pago de daños y perjuicios sufridos con motivo de la infracción o delito cometido.
  3. Acción de Sociedad Anónima: Es lo que representa una parte del capital social de una sociedad anónima y confiere a su tenedor determinados derechos de participación en la gestión social.
  4. Acción Penal: Es la que se ejerce para los delitos de: Invasión, imitación, falsificación, uso ilegal de marcas y competencia desleal.
  5. Acciones al Portador: Son las que no están expedidas a favor de persona determinada. Estas se transmiten por simple tradición, por la entrega del título.
  6. Acciones de Goce: Son aquellas que atribuyen a sus tenedores derechos a las utilidades liquidas, de la sociedad, después de que hayan sido pagos las acciones no reembolsadas, con el dividendo establecido en el contrato social.
  7. Acciones de Trabajo: Son aquellas que son emitidas a favor de las personas que prestan sus servicios a una sociedad anónima.
  8. Acciones Liberadas: Son aquellas cuyo valor a sido íntegramente cubierta por el accionista.
  9. Acciones Normativas: Son las que se expiden a favor de una persona determinada cuyo nombre se consigna en el texto mismo del documento.
  10. Acciones Pagadoras: son aquellas cuyo importe no está totalmente cubierto por el accionista.
  11. Acciones Preferentes o de Voto Limitado: Son aquellas que solamente tienen derecho a un voto, ya que las hay que solamente tiene derecho de voto en las Asambleas Extraordinarias.
  12. Acciones Sin Valor Nominal: Son aquellas que no hacen referencia a parte alguna del capital social.
  13. Acreedores Comunes: Son todos aquellos que no están considerados como acreedores singularmente privilegiados, con garantía real y privilegio especial.
  14. Acreedores con Garantía Real: Son los que sus garantías son tipo hipotecario y prendario.
  15. Acreedores con Privilegio Especial: Son todos los que según el Código de Comercio, tengan un privilegio especial o un derecho de retención.
  16. Acreedores Reconocidos: Son aquellos que adquieren tal carácter para virtud de la sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de crédito en el proceso del concurso mercantil.
  17. Acreedores Singularmente Privilegiados: Son a los que les deben los gastos de entierro del comerciante fallecido, y los acreedores por los gastos de enfermedad que haya causado el comerciante.
  18. Acto de comercio: Compra-venta que se regula con la finalidad de obtener una utilidad o ganancia.
  19. Actos de comercio: Es la expresión de la voluntad humana susceptible de producir efectos jurídicos dentro del ámbito de la realidad reservada a la legislación mercantil.
  20. Aviamiento: Es el elemento, según unas o calidad según otras, de la empresa mercantil, consistente en la aptitud para rendir beneficios.

B

  1. Bono de Prenda: Es el título de crédito expedido para un Almacén General de Deposito que acredita la Constitución de un crédito prendario sobre las mercancías indicadas en el certificado de depósito correspondiente.
  2. Bono: Son títulos de crédito representativos de la participación de su tenedor en un crédito colectivo a cargo de una Sociedad Anónima.
  3. Bonos de Fundador: Son títulos de crédito, que sirven para acreditar y transmitir la calidad y derechos de los socios fundadores de una sociedad anónima, y que confieren a sus tenedores en Derecho a percibir una participación en las utilidades de la referida sociedad que el bono exprese y para el tiempo que indique.  

C

  1. Capital pagado: Cantidad liquida o en bienes que entrega el accionista a la sociedad anónima.
  2. Capital social: Masa de bienes de una sociedad mercantil fijada como capital, en la escritura constitutiva de la misma, expresa en moneda de curso legal y que representa el valor de las aportaciones de los socios.
  3. Capital suscrito: Son aquellos cantidades las cuales los socios están obligados a cubrir o pagar a la sociedad anónima.
  4. Certificado de Depósito: Es el título de crédito expedido por las organizaciones auxiliares denominadas Almacenes Generales de Depósitos, que se encuentran relacionadas con el Deposito, regular e irregular, de bienes o mercancías, individual o genéricamente designados, que se realiza en dichos almacenes.
  5. Comerciante individual: Es aquella persona física que hace el comercio, su ocupación ordinaria o habitual y con fines preponderantemente de lucro.
  6. Comerciante: Es toda aquella sociedad que se constituye conforme a las leyes mercantiles.
  7. Company: Palabra utilizada como sinónimo de sociedad o empresa y de manera particular para designar la realización de un servicio público (Compañía de Luz y Fuerza).
  8. Confederación Nacional: son las que están constituidas con varias federaciones o uniones de Sociedades Cooperativas de por lo menos las entidades federativas.
  9. Corporación Empresarial: Es el cuerpo o comunidad formada por un conjunto de empresas privadas reconocidas por la Ley, las cuales se encuentran conjugando su trabajo o elemento humano, elementos materiales y valores incorpóreos coordinados, para ofrecer con propósito de lucro de manera sistemática, bienes o servicios.

D

  1. Delito de cohecho: Comete este delito, el particular que ofrezca, prometa o entregue dinero o cualquier otra dadiva a algún servidor público para que realice un acto o actos lícitos o ilícitos relacionados con sus funciones. Igualmente comete este delito el servidor público que solicite u obtenga para sí u otros, de los particulares o de otros servidores públicos, por si o por interpósita persona, dado de cualquier tipo, en numérico  en especie. Para realizar u omitir actos lícitos o ilícitos, relacionados con sus funciones
  2. Delito de concusión: Es el acto realizado por el encargado de un servicio público, consiente, en exigir dinero a titulo de impuesto o contribución, que sepa no ser debido, en mayor suma que la señalada por la Ley.
  3. Delito de peculado: Comete este delito, el servidor público que disponga de un beneficio propio o indebido para terceros, de dinero, rentas, fondos o valores, o sus rendimientos (intereses) que tenga confiados en razón de su cargo
  4. Derecho mercantil: Es la rama del derecho privado, cuyas normas se refieren a los comerciantes como tales, a los actos de comercio y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de dichos actos.

 

E

  1. Empresa mercantil: Es la unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios.
  2. Empresa: Llamada también negociación mercantil, es el conjunto de trabajo, elementos materiales y valores incorpóreos coordinados para ofrecer con propósito de lucro y de manera sistemática de bienes o servicios.
  3. Escisión de las Corporaciones Mercantiles: Es la cortadura, rompimiento o desavenencia de la corporación mercantil, es decir, es su desintegración por alguno de los motivos que se señalaban en su escritura social, que son semejantes a las causas de disolución de las sociedades mercantiles.
  4. Escisión de Sociedades Cooperativas: Es la cortadora, rompimiento o desintegración de las sociedad fusionadas en una sola, por algunos de los motivos que se señalen en sus bases constitutivas, que son semejantes a las causas de disolución de las sociedades cooperativas.
  5. Estatutos: Son las normas o reglas por los que se rigen en su régimen interno de las Sociedades Mercantiles.

F

  1. Federaciones: Son las que agrupan a Sociedades Cooperativas de la misma actividades económica.
  2. Fondo de Reserva: Servirá para afrontar las pérdidas líquidas que hubieren.
  3. Fondo de Revisión Social: No podrá ser limitado. Este fondo debe destinarse preferentemente a cubrir los riesgos de trabajo y enfermedades profesionales de los socios y trabajadores, ya sea mediante la contratación de seguros o en la forma apropiada al medio en que opere la sociedad cooperativa y a obras de carácter social, como hospitales, escuelas, viviendas, parques y demás centros recreativos.
  4. Franquicia: Aquel impuesto pagado para una Sociedad Mercantil para el nombre social, es decir, para el uso de una denominación o razón social.
  5. Franquicia: Exención concedida a una persona para no pagar impuestos especialmente con relación al comercio exterior o derechos fiscales por presentación de determinados servicios. (servicio postal o telegráfico).
  6. Fusión: Es la absorción de una empresa por otra más fuerte, la cual se hace cargo de activo, pasivo de aquella. El motivo es la necesidad de encontrarse dos o más empresas industriales o comerciales del mismo tipo a la competencia, o bien cuando la concentración es más amplia para poner o sostener los precios en el mercado.

I

  1. Incumplimiento Generalizado en el Pago de las Obligaciones de un Comerciante: Consiste en el incumplimiento de pago de obligaciones de 2 o más acreedores distintos y se presenten las condiciones señaladas en el artículo de la Ley de Concursos Mercantiles.
  2. Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles: Es el órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal (SCJN), con autonomía técnica y operativa, con atribuciones, entre otras que designar a las personas que se desempeñarán las funciones de visitador, conciliador y sindico en cada concurso mercantil.
  3. Interventores en el Concurso Mercantil: Son las personas designadas como tales para los acreedores y que representa a los intereses de esto y que tendrá a su cargo la vigilancia de la actuación del conciliador y del sindicato así como de los actos realizados por el comerciante declarado en concurso mercantil, en la administración de la empresa.  

K

  1. Kartell: Es la organización de la comercialización conjunto creada para varias empresas, que de otro modo si no se unieran venderían en competencia entre sí. Aquí el el sindicato central fija el precio de venta del producto y las cuotas de producción para empresas miembros que así dejas de competir abiertamente en el precio.

L

  1. Legislación mercantil: Conjunto de leyes que regulan las actividades de los comerciantes

M

  1. Marca: Es el signo o medio material de cualquier clase adaptada para señalar y distinguir de sus similares determinados productos o servicios.
  2. Marcas Colectivas: Es el signo destinado a ser colocados sobre mercancías para indicar especialmente que no han sido producidas o fabricadas para un grupo de personas o en una localidad, país determinado.
  3. Marcas Comerciales: Son las usadas por el que vende los productos.
  4. Marcas de Servicios: Son las que usan los prestadores de servicios.
  5. Marcas Figurativas: Son las que consisten en dibujos o figuras características que independientemente del nombre o denominación sirven para designar los productos a que se aplique.
  6. Marcas Industriales: Son empleadas para los fabricantes de los productos.
  7. Marcas Ligadas: Son las que la Secretaria de Economía declara como tales, cuando a su juicio sean idénticas o semejantes en grado tal que puedan confundirse y amparen los mismos o similares productos o servicios.
  8. Marcas Mixtas: También llamadas compuestas y son una combinación de marcas nominativas y figurativas.
  9. Marcas Normativas: Son todos aquellos nombres de cosas reales, imaginarias, mitológicas, astros, de animales, de vegetales, de la naturaleza, etc.
  10. Marcas Plásticas: Se llama así cuando la forma de los productos o la forma de sus envases o la forma de sus recipientes es el medio material que se emplea como signo distintivo de las mercancías.
  11. Marcas Vinculadas: Son las marcas de origen extranjero o cuya titularidad corresponda a una persona física o moral extranjera que esté destinada a amparar artículos producidos en territorio nacional que por Ley deben usarse vinculadas a una marca originalmente registrada en México.
  12. Masa: Es la porción del patrimonio del comerciante declarado en concurso mercantil, integrada por sus bienes y derechos, con excepción de las expresamente excluidos en términos de la Ley de Concursos Mercantiles, sobre la cual los acreedores reconocidos y los demás que tengan derecho pueden hacer efectivos sus créditos.  

O

  1. Obligaciones o Bonos: Son títulos de crédito que representan la participación individual de sus tenedores en un crédito colectivo a cargo de una Sociedad Anónima.
  2. Obligacionista: Es el tenedor de una obligación o bono.

P

  1. Pagare: es un titulo de crédito que contiene la promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero, que el suscriptor hace a favor del tenedor del documento.
  2. Patente: Es el privilegio que otorga el Estado para explotar una inversión nueva, susceptible de aplicación industrial.
  3. Perjuicios: Dejar de percibir las utilidades a las que legalmente tengo derecho.
  4. Persona física o comerciante individual: es aquella persona física que hace el comercio su ocupación ordinaria o habitual y con fines preponderantemente de lucro.
  5. Persona moral o comerciante: es toda sociedad que se constituye conforme a las leyes mercantiles.

S

  1. Sociedad anónima: Es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones.
  2. Sociedad cooperativa: Es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad esfuerzo propio y ayuda mutua con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.
  3. Sociedad Cooperativas de Productos: Son aquellas que están integradas por individuos de la clase trabajadora que ofertan a la sociedad de su trabajo personal.
  4. Sociedad de responsabilidad limitada: Es la que se constituye en socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables a la orden o al portador, solo serán cedibles en los casos y con los requisitos que establece la Ley.
  5. Sociedad en comandita por acciones: Es la que se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales, y de uno o varios socios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus acciones.
  6. Sociedad en comandita simple: Es la que existe bajo una razón social y se compone de uno o varios socios comanditados que responde de manera subsidiaria y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno o varios socios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones.
  7. Sociedad en nombre colectivo: Es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden de modo subsidiario ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales.
  8. Sociedad mercantil irregular: Son aquellas que están ejerciendo actos de de comercio, sin estar constituidas ante Notario Público, ni estar registrada en el Registro Público de Comercio, pero que se han exteriorizado por el simple hecho de ejercer actos de comercio y contraer obligaciones con terceros.
  9. Sociedad mercantil regular: Son aquellas que están constituidas ante Notario Público y se registran en el Registro Público de Comercio.
  10. Sociedad mercantil: Es la constituida de acuerdo a la legislación mercantil, para el ejercicio del comercio.
  11. Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo: son las que tienen por objeto realizar actividades de ahorro y préstamo de dinero.
  12. Sociedades Cooperativas de Consumidores: Son aquellas cuyos miembros se asocian con el objeto de obtener en común bienes o servicios para ellos, sus hogares y sus actividades individuales de producción.
  13. Sociedades Cooperativas Escolares: son las integradas por alumnos y maestros con fines exclusivamente decentes, se sujetarán al reglamento que expida la Secretaría de Educación Pública, así como autorización y vigilancia de la misma, observando en todo caso los principios generales de la Ley General de Sociedades Cooperativas.
  14. Sociedades mercantiles de capitales: son aquellas que no llevan el nombre de ningún socio, únicamente de cualquier bien o cosa y son sociedades anónimas.
  15. Sociedades mercantiles de personas: son aquellas que se identifican por el nombre o razón social; llevando estas sociedades mercantiles como razón social, el nombre de uno o varios socios.

T

  1. Títulos de crédito a la orden: aquellos títulos que estando expedidos a favor de determinada persona se transmiten por medio del endoso y la entrega misma del documento.
  2. Títulos de crédito al portador: son aquellos que se transmiten cambiariamente por la sola tradición de la entrega del titulo u cuya tenencia produce el efecto de legitimar al poseedor.
  3. Títulos de crédito nominativos o directos: aquellos que tienen una circulación restringida por que designan a una persona como titular o dueño, y que para ser transmitidos necesitan el endoso del titular.
  4. Títulos de crédito: son los documentos necesarios para ejercitar el derecho lateral que en ellos se consigna.
  5. Trust: Es el derecho de dominio en bienes muebles e inmuebles, que una persona física o moral tiene en beneficio de otra. El Trust es equivalente en México al fidecomiso.

U

  1. Uniones: Son las que se agrupan a Sociedades Cooperativas de dista actividad económica.

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