EL ACTOR Y EL SISTEMA: Las Restricciones De La Acción Colectiva Michel Crozier Y Erhard Friedberg
Enviado por cristiancalo • 8 de Julio de 2013 • 6.613 Palabras (27 Páginas) • 1.607 Visitas
EL ACTOR Y EL SISTEMA: Las restricciones de la acción
colectiva
Michel Crozier y Erhard Friedberg
I) INTRODUCCION
La acción colectiva no es un fenómeno natural que pudiera surgir
espontáneamente ni el resultado automático del desarrollo de las
interacciones humanas de una manera dinámica espontánea, ni la
consecuencia lógica de los problemas que deberán resolverse (la suma
de las determinaciones externas). No son más que soluciones
específicas que han creado o instituido actores relativamente
autónomos, con sus recursos y capacidades particulares (“constructos”),
a los problemas que plantea la acción colectiva, en particular el de la
cooperación con miras a cumplir objetivos comunes. Estas soluciones no
son las únicas ni las mejores; son indeterminadas y arbitrarias.
En tanto modelo de articulación y de integración de comportamientos
divergentes y contradictorios, suponen e instituyen al mismo tiempo una
estructuración humana, es decir, un mínimo de “organización” de los
campos de acción social. Esta estructuración puede estar relativamente
formalizada y ser consciente, o puede haber sido “naturalizada” por la
historia, las costumbres, y las creencias. Nunca deja de ser,
fundamentalmente, un “artefacto humano” que orienta los
comportamientos de los actores y condiciona su libertad.
Ni nuestras intenciones, ni nuestras motivaciones, ni nuestros objetivos, ni
nuestras relaciones trascendentales con el sentido de la historia son una
garantía del éxito de nuestras empresas. El dilema se sitúa en otro nivel
que es el de los medios que utilizamos (la mediación entre los fines que
perseguimos y los “medios” humanos que estamos obligados a emplear
para alcanzarlos). Esa mediación son precisamente los constructos de
acción colectiva y la estructuración de los campos que éstos instituyen.
Si los resultados de la acción colectiva se contraponen a las voluntades
de los actores, esto nunca se debe únicamente a las propiedades
intrínsecas de problemas “objetivos”; también se debe a la
estructuración social del campo de acción, es decir a las propiedades
de la organización, de los sistemas de acción organizados, o de ambos;
en resumen, de los constructos de acción colectiva a través de los
cuales se tratan estos problemas. Para comprender los problemas y las
dificultades de la acción colectiva es necesario dirigir el análisis hacia
esta estructuración de los campos y preguntarse que pasa con los
mecanismos mediante los cuales se opera.
Los modos de organización, en tanto soluciones construidas y, por ende,
artificiales de los problemas de la acción colectiva, presentan un
1 problema fundamental, que es el de la cooperación. Toda empresa se
basa en un mínimo de integración de los comportamientos de los
actores involucrados, cada uno de los cuales persigue objetivos
divergentes, incluso contradictorios. Esta integración (muy
esquemáticamente) se puede realizar de dos maneras: por la restricción
o sumisión de las voluntades parciales (o su corolario, la manipulación
afectiva o ideológica), o por la negociación y el regateo. Ambos
procesos siempre implican el reconocimiento de relaciones de poder y
de dependencia.
Mediante los constructos de acción colectiva se redefinen los
problemas, y los campos de interacción se organizan de tal manera que
los actores, en la búsqueda de sus intereses específicos, no ponen en
peligro los resultados de la empresa colectiva.
Estos constructos operan indirectamente e instituyen lo que podríamos
llamar “juegos estructurados”, cuyas reglas indican una serie de
estrategias que pueden resultar ganadoras, entre las cuales los actores
deben elegir.
En resúmen, entre la estructura “objetiva” de un problema y su solución
mediante la acción colectiva, se intercala una mediación autónoma
que es la de los constructos de acción colectiva, que impone sus
propias exigencias y su lógica propia. Como además no se percibe más
que lo que se sabe resolver, la conclusión es clara: los constructos de
acción colectiva, en tanto instrumentos para la solución de los
problemas, son también restricciones para esas soluciones.
Toda estructura de acción colectiva, por estar sostenida sobre las
incertidumbres “naturales” de los problemas por resolver, se constituye
como sistema de poder. Es un fenómeno, un efecto y un hecho de
poder. En tanto constructo humano acondiciona, regulariza, aplaca y
crea poder para permitir a los hombres cooperar en las empresas
colectivas. Cualquier análisis serio de la acción colectiva debe, pues,
considerar el poder como centro de sus reflexiones. Lo instituido (la
familia, la escuela, la empresa, etc.) es una relación de fuerza y de
dominio que no se apoya en ninguna justificación o necesidad
transhistórica o metacultural.
Pero el poder del que estamos hablando no es simple reflejo y producto
de una estructura de autoridad organizativa o social, ni un atributo. Es
siempre el resultado contingente de la movilización por parte de los
actores de las fuentes de incertidumbre que ellos controlan en la
estructura de un determinado juego, por sus relaciones y transacciones
con los otros participantes en ese juego. Es pues una “relación” que, en
tanto mediación específica y autónoma de los objetivos divergentes de
los actores, está siempre ligada a una estructura de juego.
El reconocimiento explícito del fenómeno de poder como una relación,
como una mediación entre los proyectos colectivos de los hombres y su
realización, obliga a salirse de la lógica estricta del discurso para centrar
el análisis en los procesos concretos a través de los cuales ese discurso
puede encarnarse en los hechos. En resumen, partiendo del actor, trata
2 de estudiar la estructuración de su campo de acción, y con ella la
mediación, que en tanto constructo de poder con dinámica propia, se
impone al discurso.
La acción y la intervención del hombre sobre el hombre, es decir el
poder y su
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