EL ESTADO “Un Órgano Único en Todos”
Enviado por Richardrey18 • 31 de Diciembre de 2022 • Ensayo • 1.836 Palabras (8 Páginas) • 61 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
U.C: ESTADO, CIUDADANíA Y NACIONALIDAD
SEDE ARSENAL- ARAGUA
ESTUDIOS JURÍDICOS -TRAMO VII
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EL ESTADO
“Un Órgano Único en Todos”
Profesor: Eduardo Corao Richard Sequera. C.I 8.741.920
Weily Reina. C.I: 15.739.084
Fecha: 24 de Octubre 2022
EL ESTADO
“Un Órgano único en Todos”
Es difícil definir el momento preciso en que se creó el primer Estado y cuando este pasó a ser parte de una comunidad internacional, lo que se hace evidente a lo largo de la historia; es que para que un Estado pueda tener personalidad y objeto, debe primero ser reconocido, primeramente por su comunidad y luego por las naciones que le acompañan. Es precisamente este reconocimiento el que le otorga a dicho “Estado”, la naturaleza y personalidad jurídica para cumplir sus funciones, al igual que le suma el pliego de obligaciones y derechos inherentes a su reconocimiento. Por ello, adquiere personalidad jurídica pública contenida en el Código Civil Venezolano en su artículo 19, haciendo alusión a la división que existe entre la jurídica y privada. Es así, que cuando se contrae un Tratado con el “Estado”, no se hace con el Presidente de la Republica, sino con la personalidad jurídica que lo representa, sin importar el gobernante que este de turno.
Asimismo, los Estados tienen una doble capacidad aunque tienen actividades múltiples ya que atiende a varias necesidades humanas que requieren de su multidisciplinariedad, lo que le permite conformar una sinergia a fin de solventar sus desafíos. Dentro del Estado, se puede observar las notables divisiones entre el “Estado Poder” y “Estado Persona”, por el primero se encuentra en ejercicio de las funciones públicas y en la segunda es solo una personalidad jurídica donde debe igualarse con otras personas para poder llevar a cabo sus funciones. El “Estado Poder”, se denota a través del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial, por lo que no se les puede impugnar, ya que se rige por las leyes a fin de ser el Estado actuando como Poder.
De otra manera, el Estado Persona en cambio, puede hacer actos o transacciones patrimoniales, al igual que los ciudadanos, esto le permite al mismo “bajar” a nuestro nivel para desempeñarse como un habitante cualquiera. Es por ello, que el Estado posee sus principios y una serie de prerrogativas, estos privilegios son para facilitar sus funciones, ya que tiene fines colectivos que se logran mediante la diversificación de los actos, es así, que el “Estado Poder” ejerce actos de autoridad y el “Estado Persona” actos de gestión. Se puede decir, que el Estado existe en sus órganos, ya que es una persona jurídica y se manifiesta a través de ellos, porque son los soportes y las bases donde descansa el Estado moderno, ya que este, como toda estructura social, no tiene voluntad propia, pero si expresa la de las mayorías a través del mundo. En la antigüedad, en los pueblos donde no actuaba la asamblea popular, no existía una necesidad de representación porque no la veían necesaria, pero cuando quedo excluida en Grecia y Roma, surgió la idea de representación.
Por consiguiente, el Derecho atribuye personalidad a los entes colectivos por considerarlos portadores de las necesidades y de la voluntad. Esta cualidad se encuentra de manera subjetiva en el núcleo de la persona colectiva, lo que lo eleva a la categoría de “jurídica”, por lo que se constituye una representación de la voluntad y acción de sus órganos. Por lo que se puede decir con propiedad que nuestro Estado venezolano se constituye en un modelo representativo, y que actúa en representación de la acción y voluntad, como de su personalidad inmanente. Esta teoría de Gierke, tuvo gran aceptación y pasó a otros campos del Derecho, es así, que se puede decir con toda certeza que no existe nada entre el ente público y sus órganos, ya que son una sola cosa que no necesita de la tercería para ejecutar sus órdenes. Por consiguiente, el Estado actúa no por medio de representantes sino a través de sus órganos, que son parte integral de su propia constitución, es el “Estado”, en sus múltiples funciones y aspectos particulares.
Siendo el órgano, la persona o personas que expresan la voluntad del Estado, este puede ser el Presidente de la República, un Ministro, Juez u otro funcionario que sea parte del órgano constitución. Es decir, en este caso el Presidente actúa como un “órgano individuo”, una persona de la que se vale el Estado para ejercer el Poder Ejecutivo. Igualmente, cuando nos referimos a “personas” (plural). Nos referimos al Poder Legislativo que también actúa como un órgano individuo. Lo mismo podría decirse de la Asamblea Legislativa, del Poder Ciudadano, de las Asambleas de Ciudadanos y Poder Comunal, quienes ejecutan acciones en favor de la voluntad popular articulados como uno solo, actuando como un órgano único en sí mismo. La democracia representativa actual, tiene la ventaja que le da la población, a través del sufragio, las asambleas de calles y otros modos de articulación popular que pudiera concebirse bajo ese concepto, que en esencia debería estar al servicio de las necesidades ciudadanas y no personalistas.
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