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EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ACUSATORIO DESDE LA PERSPECTIVA CONSTITUCIONAL


Enviado por   •  17 de Junio de 2016  •  Ensayo  •  1.651 Palabras (7 Páginas)  •  644 Visitas

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YESSENIA HERNÁNDEZ ROJAS

LIC. CARMEN MEDINA

ENSAYO: EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ACUSATORIO DESDE LA PERSPECTIVA CONSTITUCIONAL

LICENCIATURA EN DERECHO

NOVENO CUADRIMESTRE

 

5 DE JUNIO DE 2016

EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ACUSATORIO DESDE LA PERSPECTIVA CONSTITUCIONAL

CAPITULO I.- INTRODUCCIÓN Y CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL.

En la primera parte nos hablara sobre su introducción y su análisis en el nuevo sistema, del cual también se desprenderá la justificación e introducción.

La reforma del año 2008, tuvo sus actuaciones, peo también ha habido distintas reformas donde se implementan otros sistemas, por lo que uno de ellos son los juicios orales.

Habla también de algunos problemas que se pudieran presentar en el nuevo sistema acusatorio penal, como lo es el de identifica la oralidad en relación al juicio acusatorio oral, o también lo cual sería confundir esta etapa antes mencionada con la que es en realidad un sistema acusatorio integral.

Esta reforma aspira a una nueva integridad del nuevo sistema acusatorio en México, todo esto más allá de las interpretaciones, o divergencias que pueden surgir de interpretaciones contradictorias.

De esta reforma derivan diversos principios rectores más allá de que puedan establecerse al nuevo sistema penal, en este sistema entran los operadores del sistema la misma sociedad.

Ya estén países latinoamericanos que han llevado la implementación del nuevo sistema acusatorio penal, pero en ellos existen algunas instrucciones que nosotros no tenemos y así nosotros tenemos otras que ellos no tienen.

Esto nos habla de alago que nuestra constitución establece, todo esto requiere de búsqueda y aprendizaje, para el mejor desarrollo de este sistema de justicia.

En México como un pilar importante tenemos el manejo de la jurisprudencia, pues ya que tenemos diversidad de códigos e interpretación por lo que esto es necesario en México.

En referencia a la vinculación a proceso, todos los temas que entren dentro de esta tendrán que acotarse con este contenido todo desde una perspectiva institucional como base jurídica.

En esta  reforma no se trata solo de quedarse a observar si, si no hacer todos los esfuerzos por aprender y cumplir para que se haga efectiva la reforma.

También es bueno de participar en programas, actividades, capacitaciones por eso es bueno que conozcamos la legitimación constitucional. Se darán cursos para que este sistema funcione en relación de aspectos más esenciales del sistema acusatorio penal.

Algunos dicen que este nuevo sistema acusatorio penal no debe de tener dos instancias por que se perdería la inmediación de recursos.

En diferentes estados de nuestro país ya se implementó este sistema, pero se nos dice que si nos vamos referente al ámbito constitucional. Aún nos falta mucho.

Se nos mencionan también tipos de instituciones que prevé este sistema como lo son, el principio de oportunidad, el juicio abreviado, salidas alternas para la solución de conflictos, entre otros. Este sistema es más que solo un juicio oral.

El sistema abraca diferentes ideas, la educación, el crecimiento de la cultura dela legalidad solo que esta ópera de diferente manera en los distintos países.  

¿Porque y para que nos sirve la reforma?

Dentro de este sistema se marca una característica muy importante, la cual es la concentración de facultades en manos del MP. Y en la etapa de averiguación previa.

Un dato muy importante es que de cada cinco delitos solo se denuncia uno, esto es un 20%, de cada cien asuntos penales solo se logra comparecer al imputado un 51% de los caso, y de cien averiguaciones solo veintiséis concluyen, si tomamos en cuenta toso esto la posibilidad de que un delincuente sea juzgado es de 2.7%, aunque según los dictámenes y las investigaciones esto no se logra por la carga de trabajo.

La inmediatez, se ha desarrollado como un criterio conforme al cual se asigna más valor a aquella prueba más cercana en tiempo a los hechos, esta solo es un tema de temporalidad.

La inmediación, es un tema de conexión en cuanto a que el juez perciba directamente la prueba y no atraves de intermediarios.

La confesión vale cuando es obtenida a tiempo, porque no se justificó la retractación, vale la primera declaración del testigo de cargo, la primera declaración de la víctima.

Cuando se da validez a la confesión recabada en la averiguación previa es una forma de legalizar la ausencia de inmediación y puede imposibilitar al juez de hacer lo que debe.

La finalidad y el propósito de esto es sentar bien las bases de requerimiento de reflexión y capacitación desde una perspectiva constitucional.

CULTURA Y SISTEMAS PENALES ¿CÓMO Y POR QUE FUNCIONA EN CADA PAÍS?

La importancia de la influencia cultural.

Este tema es importante ya que entra la relación entre cultura y derecho.

El problema cultural se dice que está inmerso en diferentes ámbitos, no madamas en lo jurídico, y en lo penal, sino también en lo político, económico y sociológico de una determinada sociedad, al hablar de cultura es llegar, investigar al fondo de las cosas.

Aunque la diferencia está en que hay toda una cuestión cultural detrás de la actuación de determinadas sociedades, cómo vamos a creemos en el otro, cómo es que confiaremos en que el otro nos estará diciendo la verdad o no, o cómo podemos aceptar que alguien sea capaz de señalar a otra persona como autor de un hecho delictivo, a pesar de saber que no lo es. Todas estas situaciones son difíciles de comprender pero que de una u otra manera debemos de encontrar la manera de hallar una solución adecuada.

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