EL PODER JUDICIAL
Enviado por okinay • 18 de Mayo de 2013 • 1.671 Palabras (7 Páginas) • 289 Visitas
EL PODER JUDICIAL
El poder judicial es un poder del Estado encargado de administrar la justicia en la sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas.
- Función del Poder Judicial
Uno de los poderes del Estado es precisamente el poder judicial el cual por mandato constitucional tiene la facultad de juzgar en la vía ordinaria y administrativa y la de hacer ejecutar lo juzgado. A partir de lo expuesto nos podemos hacer las siguientes interrogantes ¿Será el Poder un operador de justicia?, o más bien ¿Es el poder el encargado de Administrar la justicia como tal?
Las discusiones conceptuales, seguirán, sin embargo la administración de justicia delega sus funciones a dicho poder del Estado; el cual tiene sus funciones enmarcadas en la Constitución Política del Estado.
- Organización del Poder Judicial
Según la Constitución Política del Estado ARTICULO 202. El Órgano Judicial está constituido por la
Corte Suprema de Justicia, los tribunales y los juzgados que la
Ley establezca. La administración de justicia también podrá ser
ejercida por la jurisdicción arbitral conforme lo determine la Ley.
Los tribunales arbitrales podrán cono ARTICULO 203. La Corte Suprema de Justicia estará compuesta
del número de Magistrados que determine la Ley, nombrados
mediante acuerdo del Consejo de Gabinete, con sujeción a la
aprobación del Órgano Legislativo, para un periodo de diez años.
La falta absoluta de un Magistrado será cubierta mediante nuevo
nombramiento para el resto del periodo respectivo.
Cada Magistrado tendrá un suplente nombrado en igual forma
que el principal y para el mismo periodo, quien lo reemplazará
en sus faltas, conforme a la Ley. Solo podrán ser designados
suplentes, los funcionarios de Carrera Judicial de servicio en el
Órgano Judicial.cer y decidir por sí mismos
acerca de su propia competencia. Cada dos años, se designarán dos Magistrados, salvo en los
casos en que por razón del número de Magistrados que integren
la Corte, se nombren más de dos o menos de dos Magistrados.
Cuando se aumente el número de Magistrados de la Corte,
se harán los nombramientos necesarios para tal fin, y la Ley
respectiva dispondrá lo adecuado para mantener el principio de
nombramientos escalonados.
No podrá ser nombrado Magistrado de la Corte Suprema de
Justicia:
1. Quien esté ejerciendo o haya ejercido el cargo de Diputado
de la República o suplente de Diputado durante el periodo
constitucional en curso.
2. Quien esté ejerciendo o haya ejercido cargos de mando
y jurisdicción en el Órgano Ejecutivo durante el periodo
constitucional en curso. La Ley dividirá la Corte en Salas,
formadas por tres Magistrados permanentes cada una.
-EL MINISTERIO PÚBLICO COMO OPERADOR DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
- Función del Ministerio Público
El ministerio público no es parte del poder judicial como erróneamente se cree; es un órgano cuya función y finalidad promueve la acción de la justicia, defiende la legalidad y los intereses del Estado y la sociedad. Es decir representa al Estado y a la sociedad en el marco de la ley.
Promueve la acción penal pública siendo el director funcional de los hechos delictivos; por tanto ejercita el poder
de castigar del Estado conocido como ius puniendi. A tal fin ejerce sus funciones a través de los fiscales que están organizados mediante el principio de unidad funcional. Por lo mismo se establece que el ministerio publico es único; siendo este uno de sus pilares fundamentales.
Todas estas características convierte al ministerio en un verdadero operador de justicia pero no administrador de la misma; función delegada exclusivamente al poder judicial. Más específicamente el misterio público realiza lo que se conocía en el sistema antiguo: las diligencias de policía judicial.
El nuevo sistema penal ha dotado de una facultad amplia y discrecional de investigación al ministerio público a través de los fiscales, teniendo incluso a nombre del Estado la facultad de conciliar y dejar de prescindir de la acción penal pública con las llamadas salidas alternativas al proceso, adoptando Bolivia conceptos modernos de derecho procesal penal en los cuales el derecho de castigar del Estado ( ius puniendi )no implica un derecho absoluto y casi totalitario como pregonaba el antiguo sistema vigente.
Basándose ahora esta facultad del Estado de castigara través del Ministerio Público en una facultad garantizadora de los derechos y garantías fundamentales de la persona y del proceso debido.
- Organización del Ministerio Público
Como ya se dijo no es un órgano perteneciente al poder judicial y por lo tanto no administra justicia. Es si un operador de justicia que realiza funciones de dirección funcional en los hechos delictivos. A tal fin el Ministerio público ejerce funciones de policía
judicial a través del poder legislativo mediante lo que se conoce como: la comisión de constitución y policía judicial encargada de la investigación y promoción de la acción penal pública en los juicios de responsabilidad contra Ministros de la Corte Suprema de Justicia, Fiscal General de la República, Magistrados del Tribunal Constitucional y Consejeros de la Judicatura.
Jerárquicamente el Ministerio Público se organiza de la siguiente manera:
1. Fiscal General de la República.
2.Fiscal de Distrito.
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