Poder Judicial
Enviado por calefa123 • 22 de Julio de 2013 • 2.631 Palabras (11 Páginas) • 243 Visitas
ÓRGANO DE ASESORÍA
Asesoría Legal, es el órgano de asesoramiento del Consejo Ejecutivo, encargado de brindar el asesoramiento jurídico - legal requerido por el Despacho del Consejo Ejecutivo, así como el de emitir opinión legal sobre los asuntos que le soliciten los órganos que conforman el Consejo Ejecutivo.
Está a cargo de un Jefe de Asesoría Legal con nivel de Gerente, designado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Para ejercer éste cargo se requieren todos los requisitos necesarios para ser Juez Superior.
ÓRGANO DE CONTROL
Inspectoria General, es el órgano de control del Poder Judicial, encargado de programar, conducir, ejecutar y evaluar las actividades de control posterior y auditoría gubernamental en el ámbito del Poder Judicial, de conformidad con lo dispuesto en las normas del Sistema Nacional de Control. Asimismo, controla la gestión administrativa, económica y financiera del Poder Judicial.
Mantiene relaciones funcionales con la Contraloría General de la República, así como con los organismos descentralizados de control del Poder Judicial.
La Oficina de Inspectoría General del Poder Judicial es dirigida por un Auditor General o Contador Público Colegiado con nivel de gerente, designado por el Consejo Ejecutivo de dicho Poder. Está integrada por el personal de auditores necesarios para el cumplimiento de sus fines.
La Oficina de Inspectoría General del Poder Judicial está constituida por una Oficina Central con sede en Lima, cuya competencia abarca todo el territorio de la República.
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial puede crear Oficinas descentralizadas de Inspectoría, que abarcan uno o más Distritos Judiciales, fijando su ámbito de competencia así como sus facultades de sanción.
Son funciones de la Oficina de Inspectoría General del Poder Judicial las siguientes:
Realizar auditorías, exámenes especiales, inspecciones e investigaciones en todas las dependencias del Poder Judicial, procediendo de oficio o por mandato del Consejo Ejecutivo o del Presidente de la Corte Suprema.
Verificar que los funcionarios, empleados y servidores en general del Poder Judicial cumplan las normas legales y administrativas de su competencia, así como las que dicta el Consejo Ejecutivo.
Realizar de oficio, o por mandato del Consejo Ejecutivo o del Presidente de la Corte Suprema, inspecciones e investigaciones con relación a la conducta funcional de funcionarios, empleados y servidores en general de dicho Poder.
Procesar las quejas de hecho y las reclamaciones contra el personal administrativo del Poder Judicial.
Informar al Consejo Ejecutivo, al Presidente de la Corte Suprema y simultáneamente al Sistema Nacional de Control, sobre infracciones administrativas, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control.
Dar trámite a lo actuado en el cumplimiento de las funciones de su competencia.
Informar al Consejo Ejecutivo y al Presidente de la Corte Suprema sobre todas las infracciones que detecte, dentro de los treinta días siguientes.
Verificar el cumplimiento de las medidas correctivas que se dictan, en el orden administrativo.
Llevar un registro actualizado de las sanciones ejecutoriadas de los funcionarios, empleados y servidores en general del Poder Judicial.
Las demás que señala la Ley Orgánica del Poder Judicial y su Reglamento.
ÓRGANO DE DEFENSA JUDICIAL
Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, es el órgano de defensa encargado de representar y defender ante los Órganos Jurisdiccionales, los derechos e intereses de dicho Organismo conforme a lo dispuesto por las normas del Sistema de Defensa Judicial del Estado.
La Procuraduría Pública está a cargo de un Procurador Público con nivel de gerente, propuesto a tiempo completo por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Para ser designado Procurador se requieren las mismas cualidades que para ser Juez Superior.
El Procurador Público es designado por Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Justicia e integra el Consejo de Defensa Judicial del Estado. Administrativamente depende del Consejo Ejecutivo.
ÓRGANOS DE APOYO
Centro de Investigaciones Judiciales, es el órgano de apoyo del Poder Judicial y depende del Consejo Ejecutivo. Este último dicta y aprueba sus Estatutos y Reglamento de Organización y Funciones, y asegura los recursos necesarios para su funcionamiento.
El Centro de Investigaciones Judiciales está a cargo de un Director con nivel de Gerente, designado a tiempo completo, previa evaluación, por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Para ser designado Director del Centro de Investigaciones Judiciales se requieren las mismas cualidades que para ser Vocal Superior, pudiendo admitirse en defecto del título de Abogado el de otra disciplina afín.
El Centro de Investigaciones Judiciales cuenta con un Consejo Consultivo presidido por un Vocal Consejero de la Corte Suprema designado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y conformado por un Vocal de la Corte Superior, un Juez Especializado o Mixto y un Juez de Paz Letrado, igualmente designados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
El Centro de Investigaciones Judiciales tiene como función encargarse en forma permanente de la investigación y estudio de la realidad socio-jurídica del país así como de la problemática judicial.
Tiene a su cargo el registro sistemático de las ejecutorias supremas que se produzcan a partir del 1º de Enero de 1992 y el movimiento estadístico del servicio judicial en Salas y Juzgados de toda la República.
Es objetivo del Centro de Investigaciones Judiciales, proponer la reforma judicial permanente, conforme a la realidad socio-jurídica peruana, orientada al mejoramiento y desarrollo de la administración de justicia. Para estos fines propone al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial los planes de reforma y las medidas conducentes a la realización de los mismos.
El Director del Centro de Investigaciones Judiciales, debe presentar anualmente ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
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