ENSAYO DE LEY REFORMA DE LA EDUCACION
Enviado por DIANACHERNANDEZ • 26 de Noviembre de 2011 • 444 Palabras (2 Páginas) • 1.590 Visitas
Trabajar como independiente, es decir trabajar por honorarios o servicios, parece que pronto dejará de ser lucrativo, y todo por cuenta de la seguridad social que ya no nos asegura nada.
Bien sabemos que la seguridad social debe ser asumida en su totalidad por el trabajador independiente, y que la seguridad social es igual al 29% del ingreso base de cotización, que para los trabajadores independientes, de momento es el 40% de los ingresos brutos.
Hasta hace unos días, los trabajadores independientes con facilidad evadían los aportes a seguridad social, pero el gobierno muy hábilmente ha puesto a las empresas contratantes a operar como fiscalizadores, puesto que antes de pagar al trabajador independiente, deben asegurarse de que este ha pagado lo correspondiente a seguridad social, si es que no quieren ser sancionadas por inexactitud además de impedírseles solicitar como costo o deducción dichos pagos. El trabajador ya no será investigado sólo por el estado sino también por el contratante, de suerte que será un duro trabajo lograr evadir esa seguridad social que en adelante sólo asegurará el éxito de EPS y compañía.
Ahora, si queremos ser legales [eso no importa a muchos] y además evitarnos problemas [eso si nos importa a todos], lo más recomendable es pagar lo que la ley dice, y lo que la ley dice nos costará un buen dinero. Veamos.
Supongamos un contador público que trabaja como asesor tributario y recibe cada mes $3.000.000 como honorarios.
El contador público tendrá que aportar salud y pensión sobre el 40% de sus honorarios, es decir sobre $1.200.000. De ese dinero tendrá que aportar el 12.5% por salud, el 16% por pensión, y por riesgos profesionales algo cercano al 0,5%, es decir un total de 29%.
Luego, ese contador público tendrá que pagar cada mes para seguridad social la suma de $348.000 aproximadamente.
A esto hay que sumarle la retención en la fuente que puede ser del 10% o del 11%. Supongamos del 11%, es decir la suma de $330.000.
A lo anterior hay que sumarle la retención en la fuente por Ica, que también opera en algunos municipios.
Redondeando, tenemos que el contador público, de los 3.000.000 que gana mensualmente, sólo recibirá una suma de aproximadamente $2.320.000, es decir que el estado se habrá quedado con aproximadamente el 22,7% del sueldo del contador público, y claro, si este se enferma gravemente, como no tiene cesantías por ser trabajador independiente, podrá hipotecar su casa, su carro o su alma.
Lo anterior supone que si se crea una figura jurídica para prestar los servicios profesionales, tal vez podría ser más rentable si se cuenta con que el trabajador independiente termina pagando más impuesto de renta que una persona jurídica.
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