ESCRITURA: NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO
Enviado por pepe95hj • 15 de Octubre de 2016 • Resumen • 1.848 Palabras (8 Páginas) • 484 Visitas
LIBRO: DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA
FOLIO: TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UNO
ESCRITURA: NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO
En la Heroica Ciudad de Huajuapan de León, Oaxaca, al día Veinticinco de Abril del dos mil dieciséis, ante la Licenciada ANA LAURA MEDINA CONDE, notario público número OCHO, en ejercicio de los de esta ciudad, Comparecen los ciudadanos ALEJANDRA ALVERDÍN MARTÍNEZ, PAOLA HERNÁNDEZ GUZMÁN, SAMUEL LÓPEZ HERNÁNDEZ, LAURA PAOLA PÉREZ VÁZQUEZ y LILIANA LIZETH RAMÍREZ GONZÁLEZ; Con el objeto de formalizar la CONSTITUCIÓN de una SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO, bajo los siguientes términos:
------------------------------------------------CLÁUSULAS---------------------------------------------------
-------------------------------------------------PRIMERA-------------------------------------------------------
Los comparecientes constituyen, de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, una SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO, de NACIONALIDAD MEXICANA, que se regirá por las siguientes CLAUSULAS de este documento, en su defecto por las disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles, a las demás disposiciones vigentes sobre la materia y a permiso de la Secretaria de Relaciones Exteriores.
---------------------------------------------SEGUNDA----------------------------------------------------
La Sociedad se denominará “Samuel López Y CÍA”, e irá seguida de las palabras “SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO”, o de su abreviatura “S. EN N.C.”.
----------------------------------------------TERCERA----------------------------------------------------- DOMICILIO
El domicilio de la sociedad será la CIUDAD DE HUAJUAPAN DE LEÓN, OAXACA, en la calle NUYOO #40-A, Colonia CENTRO y podrá establecer sucursales en cualquier otro lugar de la República Mexicana siempre y cuando los socios lo decidan.
----------------------------------------------CUARTA-----------------------------------------------------
RAZÒN SOCIAL
La sociedad se dedicara a la prestación del servicio de envío de paquetería abarcando toda la República Mexicana.
-------------------------------------------QUINTA---------------------------------------------------
La duración de la Sociedad será de 99 años, que comenzaron a correr y a contarse, a partir de la fecha de firma de este documento.
-----------------------------------------------------SEXTA--------------------------------------------------------
DEL CAPITAL SOCIAL
El capital social es variable. Se comenzará con un capital exhibido en su totalidad de $1 000 000.00 (UN MILLON DE PESOS, CERO CENTAVOS), MONEDA NACIONAL.
La sociedad contara con un límite mínimo y máximo de capital social.
El capital mínimo de la sociedad no podrá ser inferior a 200,000 pesos (doscientos mil pesos, moneda nacional) estipulado en el artículo 217.
Todo aumento o disminución del capital social deberá inscribirse en un libro de registro que llevará la sociedad.
------------------------------------------------------SÉPTIMA-----------------------------------------------------
APORTACIONES
Estará representado por CINCO APORTACIONES con valor de DOSCIENTOS MIL PESOS, CERO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL, cada una, íntegramente asentadas y pagadas por todos los socios.
ALEJANDRA ALVERDÍN MARTÍNEZ CON APORTACIÓN DEL 20% DEL CAPITAL SOCIAL (DOSCIENTOS MIL PESOS)
PAOLA HERNÁNDEZ GUZMÁN CON APORTACIÓN DEL 20% DEL CAPITAL SOCIAL (DOSCIENTOS MIL PESOS)
SAMUEL LÓPEZ HERNÁNDEZ CON APORTACIÓN DEL 20% DEL CAPITAL SOCIAL (DOSCIENTOS MIL PESOS)
LAURA PAOLA PÉREZ VÁZQUEZ CON APORTACIÓN DEL 20% DEL CAPITAL SOCIAL (DOSCIENTOS MIL PESOS)
LILIANA LIZETH RAMÌREZ GÒNZALEZ CON APORTACIÓN DEL 20% DEL CAPITAL SOCIAL (DOSCIENTOS MIL PESOS).
------------------------------------------------OCTAVA-------------------------------------------------------------
Los socios no pueden ceder sus derechos en la compañía sin el consentimiento de todos los demás, y sin él, tampoco pueden admitirse a otros nuevos.
-----------------------------------------------NOVENA---------------------------------------------------------
En caso de que se autorice la cesión de que trata la Fracción OCTAVA, en favor de persona extraña a la sociedad, los socios tendrán el derecho del tanto, y gozarán de un plazo de quince días para ejercitarlo, contando desde la fecha de la junta en que se hubiere otorgado la autorización.
----------------------------------------------DÉCIMA---------------------------------------------------------------
Este contrato social no podrá modificarse sino por el consentimiento unánime de los socios y en caso de que hubiere conflictos se tomara la decisión de la mayoría, en este caso la minoría tendrá el derecho de separarse de la sociedad.
----------------------------------------DÉCIMA PRIMERA-------------------------------------------------------
Los socios, ni por cuenta propia, ni por ajena podrán dedicarse a negocios del mismo género de los que constituyen el objeto de esta sociedad, ni formar parte de sociedades que los realicen, salvo con el consentimiento de los demás socios.
------------------------------------------DÉCIMA SEGUNDA---------------------------------------------------
ADMINISTRACIÓN
La administración de la sociedad estará a cargo de uno o varios administradores, quienes podrán ser socios o personas extrañas a ella.
Todo socio tendrá derecho a separarse, cuando en contra de su voto, el nombramiento de algún administrador recayere en persona extraña a la sociedad.
Cuando el administrador sea socio y llegue a pactarse su inamovilidad, sólo podrá ser removido judicialmente por dolo, culpa o inhabilidad.
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