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ETAPAS DEL PROCESO DE FORMACIÓN DE LA LEY


Enviado por   •  26 de Febrero de 2014  •  2.257 Palabras (10 Páginas)  •  1.031 Visitas

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ETAPAS DEL PROCESO DE FORMACIÓN DE LA LEY

I) INICIATIVA

En esta primera etapa se da el impulso inicial para que una proposición sea analizada por el Congreso Nacional.

Según nuestra Constitución tienen iniciativa de ley el Presidente de la República a través de un Mensaje y los parlamentarios, tanto diputados como senadores, a través de una Moción. Esta última no puede ser firmada por más de diez diputados ni más de cinco senadores.

TRAMITACIÓN DE UN PROYECTO DE LEY

Un proyecto de ley debe obligatoriamente presentarse a una de las dos Cámaras que conforman el Congreso Nacional. La Cámara de acogida del proyecto recibe el nombre de Cámara de Origen, en tanto la otra pasa a constituirse como Cámara Revisora.

Algunas materias sólo pueden tener su origen en la Cámara de Diputados y otras sólo en el Senado. En tales casos, el Presidente de la República deberá enviar su Mensaje a la Cámara correspondiente.

En el caso de las Mociones, éstas sólo pueden ser presentadas por parlamentarios que formen parte de la corporación respectiva. Ejemplo: Las leyes sobre tributos, presupuestos de la administración pública y sobres reclutamiento, sólo pueden tener origen en la Cámara de Diputados. Las leyes sobre amnistía e indultos generales sólo pueden tener origen en el SENADO.

II) DISCUSIÓN DEL PROYECTO DE LEY

En esta etapa se produce el estudio, análisis y deliberación que hacen las Cámaras sobre el proyecto de ley, el cual da diversos pasos.

EN LA CÁMARA DE ORIGEN: PRIMER TRÁMITE LEGISLATIVO

El Presidente de la Cámara da cuenta del ingreso de un proyecto a la oficina de partes.

Luego, el proyecto se envía a la comisión de estudio correspondiente para ser analizado en sus aspectos generales, salvo por acuerdo unánime de la sala de omitir este trámite.

Una vez estudiado el proyecto en forma general por la comisión, se informa de sus conclusiones a la Cámara, la cual discute y decide si aprueba o rechaza la idea de legislar sobre él.

Esto se conoce como discusión general, cuyo objetivo es admitir o desechar en su totalidad el proyecto de ley, considerando sus ideas fundamentales y admitir a discusión las indicaciones que se presenten sobre el proyecto, por el Presidente de la República, los ministros de Estado y los parlamentarios.

En caso de que no se hayan presentado indicaciones, se entenderá aprobado el proyecto sin necesidad de hacer la siguiente discusión.

De aprobarse el proyecto de ley con indicaciones, es enviado nuevamente a la comisión para que se estudie en sus aspectos particulares e incluir en el análisis las indicaciones efectuadas en la Cámara.

Estudiado el proyecto profusamente, se elabora un segundo informe que es entregado a la cámara. Con este informe, se procede a la discusión particular, cuyo objetivo es examinar, artículo por artículo, los acuerdos contenidos en el segundo informe de la comisión, resolviendo sobre las indicaciones que hayan sido presentadas.

Concluido el debate, se procede a la votación según el quórum requerido por la Constitución.

El resultado de este primer trámite legislativo desencadena tres resultados posibles:

• Que el proyecto sea aprobado en su totalidad. En tal caso pasa inmediatamente a la Cámara Revisora.

• Que el proyecto sea aprobado en general, pero la Cámara de Origen le introduce cambios o adiciones. De ser así, el proyecto que pasa a la consideración de la Cámara Revisora contendrá todas esas modificaciones.

• El proyecto es desechado en su totalidad durante su discusión general en la Cámara de Origen. En tal caso su tramitación no continúa, quedando impedido de presentarse sino después de un año.

Si el proyecto rechazado fuese de iniciativa del Presidente de la República, éste podrá solicitar que el Mensaje pase a la otra Cámara. En ésta, requerirá de la aprobación de dos tercios de sus miembros presentes. De aprobarse por ese quórum, retornará a la Cámara de Origen, donde sólo podrá volver a ser desechado con el voto de los dos tercios de sus miembros presentes.

EN LA CÁMARA REVISORA: SEGUNDO TRÁMITE LEGISLATIVO

Aprobado el proyecto en la Cámara de Origen, pasa a la Cámara Revisora, la cual procede de la misma manera como lo hizo la primera, es decir, hay primeramente una discusión general y luego una particular.

La Cámara Revisora podrá aprobar, modificar o rechazar el proyecto de ley proveniente de la Cámara de Origen.

Los resultados posibles con el segundo trámite legislativo son:

• Que el proyecto de ley sea aprobado en su totalidad por ambas Cámaras. En tal caso, se le remite al Presidente de la República, quien si también lo aprueba dispondrá de su promulgación.

• Que el proyecto sea objeto de adiciones o enmiendas por parte de la Cámara Revisora. Entonces, es devuelto a la Cámara de Origen para la consideración de estas modificaciones.

• Que el proyecto sea desechado en su totalidad por la Cámara Revisora. De producirse esta situación, el proyecto debe ser considerado por una comisión mixta de ambas Cámaras, la cual tendrá como objetivo proponer una fórmula para resolver el desacuerdo existente.

EL PROYECTO DE LEY EN COMISIONES MIXTAS

Las comisiones mixtas se crean al no producirse acuerdos entre las Cámaras. Cuando se da acuerdo en la comisión mixta, el proyecto vuelve a ser considerado por ambas Cámaras, donde requiere de la mayoría de sus miembros presentes para ser aprobado. Hay diversas situaciones que originan estas comisiones, a saber:

• Cuando un proyecto es aprobado en la Cámara de Origen y rechazado en la Cámara Revisora.

• Cuando un proyecto modificado por la Cámara Revisora, es rechazado por la Cámara de Origen e insiste en su proyecto anterior.

Procedimientos a seguir en caso de que un proyecto sea aprobado en la Cámara de Origen y rechazado en la Cámara Revisora: Si hay acuerdo de la Comisión Mixta, el proyecto vuelve a ser considerado por ambas Cámaras, donde requerirá de la mayoría de sus miembros presentes para ser aprobado. En caso de no haber acuerdo en la Comisión Mixta, o si su propuesta es rechazada en la Cámara de Origen, ésta puede insistir, a petición del Presidente de la República, en su proyecto anterior. Esta insistencia requiere de una mayoría de dos tercios de sus miembros presentes. Si la Cámara de Origen acuerda la insistencia, el proyecto pasa por segunda vez a la Cámara Revisora, el cual sólo podrá ser reprobado con el voto de los dos tercios de sus miembros presentes. De no lograr este quórum, el proyecto se da por aprobado y continúa su tramitación.

Procedimiento a seguir en caso de que un proyecto modificado por

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