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ETICA EMPRESARIAL: ¿ES POSIBLE CREAR UNA RELACION ETICA ENTRE LA EMPRESA PRIVADA Y EL ESTADO EN PROCESOS DE CONTRATACION DE OBRAS?


Enviado por   •  16 de Mayo de 2015  •  1.270 Palabras (6 Páginas)  •  462 Visitas

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¿ES POSIBLE CREAR UNA RELACION ETICA ENTRE LA EMPRESA PRIVADA Y EL ESTADO EN PROCESOS DE CONTRATACION DE OBRAS?

Décadas atrás, el Estado tenía bajo su control y casi exclusividad, además de los organismos propios de su naturaleza, la educación, la salud, los servicios públicos, la industria, etc., pero hoy, el desarrollo del capitalismo, las políticas neoliberales y la globalización, dejaron ver que el Estado no es realmente eficiente en muchas áreas y que su verdadera labor se debe orientar hacia la creación de condiciones propicias, equitativas y justas y a la atención de los menos favorecidos por medio de políticas sociales y económicas que fomenten las condiciones básicas necesarias, el libre desarrollo del individuo y de la empresa, y que sean finalmente estos particulares, los que a través de su eficiencia ejecuten por encargo, por lo menos parcialmente, algunas de estas actividades.

En este punto, las esferas de la empresa privada y el Estado se encuentran permanentemente. En Colombia, el Gobierno es el mayor contratante de recursos y el empleador indirecto más grande y por tanto, son numerosos los interesados en prestarles servicios, de los cuales, uno de los de mayor visibilidad es la construcción de infraestructura.

Aunque existen decretos y leyes que reglamentan la relación en los procesos, recientemente, han sido grandes los escándalos de corrupción en la contratación de obras por la falta, precisamente no de normas, sino de principios éticos. Entonces, cabe preguntarse: ¿Es posible crear una relación ética entre la empresa privada y el Estado en procesos de contratación de obras?

A través de las siguientes líneas, el lector podrá encontrar propuestas para concretar esta relación, previa identificación de los diferentes escenarios y actores.

EL ESCENARIO

Para efectos de establecer el alcance de este ensayo, consideramos que:

1. Existe un marco legal por el cual se disponen las reglas y principios que rigen la contratación con el Estado: La Ley 80 de 1993.

2. Abarcaremos solo el proceso de contratación de obras civiles, sin que las reflexiones finales no puedan extenderse hacia otras áreas de contratación, para los interesados en tal estudio.

3. Se excluye toda discusión relacionada con licitaciones de gran envergadura o gran complejidad técnica, en las cuales, existen pocos oferentes en el mercado nacional no por algún favorecimiento especial, sino por la capacidad financiera, jurídica, técnica y de experiencia requeridas, como por ejemplo la construcción de un túnel, un teleférico, etc. Es decir, una empresa que tiene un capital de trabajo (activos corrientes menos pasivos corrientes) de diez millones de pesos, no es congruente que participe en una obra de diez mil millones de pesos. Igualmente, una empresa conformadas por recién egresados sin experiencia no es congruente que participe en la construcción de un intercambiador vial.

Entonces, hablamos de proyectos de ingeniería, en los cuales muchos posibles oferentes (escenario de competencia perfecta) con las calidades jurídicas, técnicas, financieras y de experiencia, pueden participar bajo los principios de la Ley: transparencia, economía y responsabilidad .

LOS ACTORES

Por un lado, tenemos las entidades estatales (Nación, departamentos, municipios, y demás definidas en el artículo 2 de la Ley) y servidores públicos que son las personas naturales que prestan servicios en estas entidades; por otro lado, tenemos, los contratistas, ya sean personas naturales o jurídicas.

Y la relación entre ambos podemos resumirlo en el artículo 3 de la ley “…las entidades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continúa y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines… Los particulares, por su parte, tendrán en cuenta al celebrar y ejecutar contratos con las entidades estatales que, además de la obtención de utilidades cuya protección garantiza el Estado, colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función social

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