ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

El Acaparamiento, La Especulacion


Enviado por   •  2 de Marzo de 2015  •  1.595 Palabras (7 Páginas)  •  347 Visitas

Página 1 de 7

La especulación

La constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en su artículo 114 confirma que es un delito.

“El ilícito económico, la especulación, el acaparamiento, la usura, la cartelización y otros delitos conexos, serán penados severamente de acuerdo con la ley.”

De acuerdo a la Ley Especial de Defensa Popular Contra Acaparamiento, la Especulación, el Boicot y Cualquier Otra Conducta que afecte el Consumo de Alimentos o Productos sometidos al Control de Precios. En su artículo 21 reza:

“Quien venda alimentos o productos sometidos a control de precios es forma directa o a través de intermediarios, a precios superiores a los fijados por las autoridades competentes, incurrirá en el delito de especulación y será sancionado con prisión de dos (2) a seis (6) años, y con multa de ciento treinta (130UT) a veinte mil unidades tributarias (20.000UT). Igual pena será aplicada a quien compre alimentos o productos sometidos a control de precios, cuando se compruebe que los bienes o productos adquiridos son para fines de lucro y no para consumo personal o familiar, en este caso se entiende que son para fines especulativos.”

También es necesario mencionar la Ley Para La Defensa De Las Personas En El Acceso A Los Bienes Y Servicios en su artículo 137:

“Quienes vendan bienes declarados de primera necesidad a precios superiores a los fijados por la autoridad competente, alteren la calidad o condicionen su venta, incurrirán en el delito de especulación y serán sancionado con prisión de dos (2) a seis (6) años.”

El acaparamiento

En Venezuela se encuentra estipulado como delito en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en su artículo 114, que reza:

“El ilícito económico, la especulación, el acaparamiento, la usura, la cartelización y otros delitos conexos, serán penados severamente de acuerdo con la ley.”

De igual forma la Ley Especial de Defensa Popular Contra Acaparamiento, la Especulación, el Boicot y Cualquier Otra Conducta que afecte el Consumo de Alimentos o Productos sometidos al Control de Precios la penaliza en su Artículo 20:

“Quien restrinja la oferta, circulación o distribución de alimentos o productos sometidos a control de precios, retenga dichos artículos, con o sin ocultamiento, para provocar escasez y aumento de los precios, incurrirá en el delito de acaparamiento y será sancionado con prisión de dos (2) a seis (6) años, y con multa de ciento treinta (130UT) a veinte mil unidades tributarias (20.000UT).”

Aunado a las leyes nombradas anteriormente, también en la Ley para la defensa de las personas en el Acceso a los Bienes y Servicios y condenada en su artículo 138:

“Quienes restrinjan la oferta, circulación o distribución de bienes declarados de primera necesidad, retengan los mismos, con o sin ocultamiento, para provocar escasez y aumento de los precios, incurrirán en el delito de acaparamiento y será sancionado con prisión de dos (2) a seis (6) años.”

El Boicot

En Venezuela se encuentra penado en la Ley Especial de Defensa Popular Contra Acaparamiento, la Especulación, el Boicot y Cualquier Otra Conducta que afecte el Consumo de Alimentos o Productos sometidos al Control de Precios en su Artículo 24:

“Quienes conjunta o separadamente lleven a cabo acciones que impidan, de manera directo o indirecta, la producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de alimentos o productos sometidos al control de precios, serán sancionados con prisión de dos (2) a seis (6) años, y con multa de ciento treinta (130UT) a veinte mil unidades tributarias (20.000UT).”

De igual manera se encuentra tipificada en la Ley para la defensa de las personas en el Acceso a los Bienes y Servicios en su artículo 139:

“Quienes, conjunta o separadamente, desarrollen o lleven a cabo acciones, incurran en omisiones, que impidan, de manera directa o indirecta la producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de bienes, serán sancionados con prisión de seis a diez años.”

Altaracion fraudulenta de precios

La Ley Especial de Defensa Popular Contra Acaparamiento, la Especulación, el Boicot y Cualquier Otra Conducta que afecte el Consumo de Alimentos o Productos sometidos al Control de Precios en su la condena en su artículo 22:

“Quien difunda noticias falsas, emplee violencia, amenaza, engaño o cualquier otra maquinación para alterar los precios de los alimentos o productos sometidos a control de precios, será sancionado con prisión de dos (2) a seis (6) años, y con multa de ciento treinta (130UT) a veinte mil unidades tributarias (20.000UT).”

De igual forma lo tipifica la Ley para la defensa de las personas en el Acceso a los Bienes y Servicios en su artículo 140

“Quien difunda noticias falsas, emplee violencia, amenaza, engaño o cualquier otra maquinación para alterar los precios de los bienes, será sancionado con prisión de dos a seis años.”

Alteración

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (10 Kb)
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com