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El Estado Y Sus Obligaciones Estatales


Enviado por   •  28 de Agosto de 2013  •  785 Palabras (4 Páginas)  •  256 Visitas

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Trasplantes Jurídicos

El trasplante jurídico consiste en acoger el derecho total o parcialmente del mismo estado o a otro, pero con la característica de que se refiere a un tema bastante importante dentro del derecho y que dicha institución ya tenía regulación o estudio en ambos derechos es decir, ya tenía regulación o estudio en el estado del cual proviene el trasplante al derecho al cual ocurre el mismo. Por ejemplo si se acoge el título supletorio notarial para vehículos al derecho peruano es claro que no estamos ante un supuesto de trasplante, sino que en dicho caso estamos ante un supuesto de recepción pero no de trasplante, porque dicho trámite notarial o proceso notarial no se encuentra regulado en el derecho peruano para vehículos. Es decir, este término es poco desarrollado en el derecho comparado y es muy confundido con la recepción. Por lo cual amerita los estudios correspondientes dentro del derecho comparado. Los trasplantes jurídicos han sido fundamentales para la construcción y transformación del derecho en el mundo.

Una de las manifestaciones más evidentes del fenómeno denominado globalización del Derecho es la difusión en muchos países del mundo de diferentes componentes (normas, instituciones, decisiones judiciales, conceptos, etc.) de uno o varios ordenamientos jurídicos. No son pocos los que afirman que la globalización actual del Derecho se caracteriza principalmente por la exportación de algunos elementos primordiales de la cultura jurídica anglosajona a los más diversos contextos sociales, culturales, políticos y económicos. Es más, dentro de esta cultura jurídica anglosajona, el Derecho estadounidense ocupa un lugar especial, al punto que se habla de la americanización del Derecho para identificar la versión vigente de la globalización jurídico

El hecho de que se reconozca una globalización del Derecho, la cual se está desarrollando actualmente, deja entrever que en el pasado se han producido otras globalizaciones que tendrán características particulares en cuanto al modelo que se difunde en las sociedades en las cuales se importó este modelo, los alcances de la difusión, entre otros factores. Esto permite afirmar que, a pesar de las peculiaridades de los procesos de globalización del pasado, en el ámbito jurídico, este fenómeno no es nada nuevo, como tampoco lo es el de la circulación de materiales jurídicos en particular de normas entre diversas sociedades, dado que no sería difícil constatar que muchas sociedades han elaborado sus ordenamientos jurídicos tomando normas de los derechos de otras sociedades. Tal vez, el paradigma histórico de este fenómeno es la adopción del Derecho romano por diversas sociedades y en diferentes épocas.

Con base en todo lo anterior, no es necesario adentrase en el pasado para hacer ese tipo de constatación. En Colombia un lugar común es la tesis según la cual nuestro Derecho, prácticamente

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