El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Enviado por esvidania • 13 de Octubre de 2015 • Síntesis • 846 Palabras (4 Páginas) • 317 Visitas
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales es un tratado multilateral general que reconoce Derechos Económicos, Sociales y Culturales y establece mecanismos para su protección y garantía.
Es decir trata de Derechos Humanos de Segunda Generación los cuales son progresivos y no es posible que un país no desarrollado pueda proporcionar todos estos a sus ciudadanos.
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales fue adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución 2200A (XXI), de 16 de diciembre de 1966 y entró en vigor el 3 de enero de 1976. Se compromete a las partes a trabajar para la concesión de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas, incluidos los derechos laborales y los derechos a la salud, la educación y un nivel de vida adecuado.
México suscribió el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en 1981, fue ratificado el 23 de marzo de 1981, es decir cuando México proclamaba la no intervención de los pueblos como protección a la soberanía, y también como mecanismo de defensa para que organismos internacionales no tuvieran la opción de hacerle observaciones sobre las políticas que imperaban en ese tiempo, sólo en los últimos años se inició la discusión, análisis y reflexión sobre el cumplimiento de estos derechos, también denominados como de segunda generación.
Aunque la cultura de los derechos humanos ha sido ampliamente difundida desde hace varias décadas, sobre todo en su dimensión civil y política, los derechos económicos, sociales y culturales han sido marginados, no obstante que en el ámbito jurídico internacional tienen el mismo status que aquellos.
En este contexto, los especialistas coincidieron en que una de las cuestiones pendientes en las democracias en América Latina incluyendo México, es la capacidad de generar las condiciones necesarias y suficientes para que toda la población pueda ejercer sus derechos de ciudadanía.
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales comprende un Preámbulo y cinco partes
Parte I comprendida en el Artículo 1, reconoce el derecho de libre determinación de los pueblos, incluido el derecho a "determinar libremente su condición política", procurar su desarrollo económico, social y cultural, y gestionar y disponer de sus propios recursos.
Parte II, comprendida del artículo 2 al 5. Establece el principio de "realización progresiva". También requiere el reconocimiento de los derechos "sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social". Los derechos sólo pueden ser limitados por la ley, de manera compatible con la naturaleza de los derechos, y sólo con el fin de "promover el bienestar general en una sociedad democrática
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