El Patrimonio Social y sus vínculos con el capital
Enviado por Jannet Calle • 29 de Mayo de 2020 • Resumen • 386 Palabras (2 Páginas) • 107 Visitas
EL PATRIMONIO SOCIAL Y SUS VÍNCULOS CON EL CAPITAL
- PATRIMONIO
- Guillermo Cabanellas en el Diccionario de Derecho Usual:
“Conjunto de bienes, créditos y derechos de una persona y su pasivo, deudas u obligaciones de índole económico”
Características
- Sólo las personas (individual o jurídica) como sujeto de derecho y obligaciones pueden tener patrimonio.
- Toda persona tiene un patrimonio, así conste únicamente de deudas.
- Se puede tener una mayor o menor cantidad de bienes, pero sólo se posee un único patrimonio.
- El patrimonio sólo se transmite por causa de muerte. En el caso de personas naturales solo hay sucesión universal mortis causa.
- Constituye la prenda tácita y común de todos los acreedores o terceros con los que se ha comprometido el titular.
El Patrimonio: Es personalísimo, inagotable, indivisible e inalienable.
- Pedro Flores Polo
Desde el punto de vista jurídico es la
“universalidad constituida por el conjunto de derechos y obligaciones que corresponde a una persona natural o jurídica, y es apreciable en dinero. Cuando se trata de una sociedad, cualquiera que sea la modalidad o tipo, se le denomina Patrimonio Social”
- PATRIMONIO SOCIAL:
No es la simple sumatoria de bienes o activos sino que constituye también las obligaciones y los pasivos que las sociedades tengan.
Según el artículo 31° de la Ley General de Sociedades, no se define el Patrimonio Social, pero indica que el patrimonio social responde por las obligaciones de la sociedad, sin perjuicio de la responsabilidad personal de los socios, en las formas societarias que así lo contemplan. Esta última parte del artículo es de aplicación exclusiva a las formas societarias que así lo contemplan, esta última parte del artículo es de aplicación exclusiva a las formas societarias de responsabilidad ilimitada.
En el sentido jurídico: “es el conjunto de activos y pasivos que varían constantemente en la vida de una sociedad”
- Joaquín Garrigues: Distingue el patrimonio activo (dinero, cosas, derechos y valores económicos de toda clase) del patrimonio activo (deudas sociales).
Este autor analiza la relación entre Patrimonio Social y Capital Social, donde indica que parte de la doctrina sostiene que legal y tácitamente que ambos deben ser iguales en el momento en que se constituye la Sociedad Anónima. También hay posibilidades en que no es exacta esta afirmación, por ejemplo en el caso de la emisión de acciones sobre la par al momento de la constitución de la sociedad.
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