El personal del tren de aseo carece de equipo protector como cascos, mascarillas, guantes.
Enviado por sanz1997 • 29 de Junio de 2017 • Apuntes • 667 Palabras (3 Páginas) • 183 Visitas
Universidad Católica [pic 1]
De Honduras
Abogada: flor de maría Batres
Integrantes: Juan Carlos Sánchez
Ethel Giselle Díaz galegas
Edwin Javier Ponce Orellana
Maryuri patricia Vásquez
Asignatura: teoría política
Periodo: II
[pic 2]
[pic 3]
2/ 6
Justificación
En la siguiente iniciativa de ley proponemos cambios en el campo de los servicios de higiene y salubridad.
En específico hablamos de los compatriotas dedicados a la actividad de trenes de aseo y reciclaje de la basura en cada municipio del territorio nacional.
Los cambios en cuestión son motivados por la carencia de beneficios para estas personas que juegan un rol tan importante en cada ciudad, a través de esta iniciativa intentamos hacer valer su derecho a un equipo de protección adecuado para desempeñar su actividad, sueldo con base a ley y demás derechos que especificamos a continuación en este documento.
[pic 4]
- / 6
Los considerandos
Considerando que:
- 1. El personal del tren de aseo carece de equipo protector como cascos, mascarillas, guantes.
- 2. Los vehículos de trabajo en los que el personal ejerce su labor necesitan estar en buen estado.
- 3. No gozan de un seguro social.
- 4. No cuentan con un seguro por accidente y por muerte causado por el trabajo.
[pic 5]
4 / 6
Por tanto
En el uso que me confiere el artículo 391 de la constitución de la república y en la aplicación del mismo. De la ley de protección a los trabajadores durante el ejercicio de trabajo en higiene y seguridad.
Se acuerda
Primero: Aprobar el siguiente
Ley de protección a los trabajadores del tren de aseo.
[pic 6]
5 / 6
Artículos principales
- 1. Los trabajadores deben formar parte del seguro social.
- 2. Deben de contar con un equipo de protección tales como cascos, mascarillas, guantes, maquinaria para movilizarse.
- 3. Los trabajadores del tren de aseo a partir de la fecha en vigencia de esta ley deberán devengar un salario de L.8,000.00
- 4. Contaran con un seguro por accidente o muerte por causas laborales.
- 5. Pensión familiar al fallecer y gastos fúnebres
- 6. Regulación de sus horas laborales y horas extras.
- 7. Después de 20 años de laborar deberá formar parte de un plan de jubilación
- 8. Estabilidad o permanencia laboral
- 9. Derecho a vacaciones goce de sueldo.
- 10. A partir de que esta ley entre en vigencia los trabajadores que forman parte de alguna
- empresa pasarán a ser miembros de la municipalidad. 8
- 11. Las mujeres tendrán derecho a una bonificación en el pre lactancia, lactancia y post lactancia.
[pic 7]
6/6
Mauricio Oliva Herrera
Presidente del congreso Nacional al poder ejecutivo.
Mario Alonzo Pérez López
...