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Elementos Del Proceso Penal Que Mexico Necesita


Enviado por   •  15 de Abril de 2013  •  4.696 Palabras (19 Páginas)  •  812 Visitas

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15 de abril de 2013

ELEMENTOS DEL PROCESO PENAL QUE MÉXICO NECESITA

La importancia de conocer las diferencias conceptuales entre los sistemas inquisitivo y acusatorio, así como la capacidad para identificarlas durante su proceso de implementación, no es en modo alguno una banalidad doctrinal. En nuestro país se decidiera dar el paso hacia el segundo de dichos sistemas, de poco serviría establecer en la Constitución sus principios básicos —los de inmediación, concentración, contradicción y debido proceso legal—, si los mismos se vieran finalmente limitados por disposiciones secundarias o jurisprudenciales de corte inquisitivo.

I. INTRODUCCIÓN

En México se ha dado una intensa y profunda discusión sobre la reforma del sistema penal. Creemos que dicha reforma es necesaria y pensamos que debe ser un objetivo prioritario en el proceso de consolidación democrática que está viviendo el país. Sin embargo, consideramos que para comprender el conjunto de los procesos de transformación penal que están en puerta y poder evaluar la mejor ruta para la reforma que México necesita en la materia, es oportuno tener claras las características, similitudes y diferencias de los dos sistemas penales más conocidos y difundidos en la actualidad —el sistema inquisitivo y el acusatorio— entre sí. Empecemos, entonces, por contestar tres preguntas básicas: ¿en qué consiste un sistema penal inquisitivo?, ¿cuáles son los elementos sustanciales de un sistema acusatorio? y ¿cuáles son las diferencias fundamentales que nos permiten distinguir entre un sistema inquisitivo y un sistema acusatorio?

II. SISTEMA INQUISITIVO: CONCENTRACIÓN DE FUNCIONES

EN UNA MISMA AUTORIDAD

El primer elemento característico de un sistema penal inquisitivo es que las funciones de investigar, acusar y juzgar están concentradas en una misma autoridad. Esta concentración puede dar lugar a diversos problemas para la administración de justicia. Dada la ausencia de contrapesos, en los sistemas inquisitivos se reduce la posibilidad de que la autoridad, al desempeñar sus distintos roles, actúe de manera imparcial y objetiva.1

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1 Duce y Pérez Perdomo apuntan que: “Tradicionalmente, el proceso penal deLatinoamérica se ha definido como un proceso ‘inquisitivo’ en el cual el juez y el fiscal son una misma persona. El término se refiere al diseño general del sistema y en particular al papel del juez, que no sólo se encarga de juzgar el caso sino también de dirigir la investigación que busca descubrir la verdad con relación a los actos lesivos”. Duce, Mauricio y Pérez Perdomo, Rogelio, “La seguridad ciudadana y la reforma del sistema de justicia penal en América Latina”, en Fruling, Hugo; Tulchin, Joseph yGolding, Heather (eds.), Crimen y violencia en América Latina, Bogotá, FCE, 2005,p. 93.

¿Sería conceptualmente posible que la misma autoridad que investiga y concluye que cierta persona es responsable de cometer un delito, pueda determinar al día siguiente, al desempeñarse como juzgador, que las pruebas recabadas muestran que dicha persona es inocente?

¿Cuáles son las consecuencias del ejemplo opuesto? ¿Sería posible que la autoridad, al desempeñarse como investigador, no encuentre pruebas sólidas sobre la supuesta responsabilidad de un acusado y al día siguiente, en su calidad de juez, determine que el acusado es culpable?

En ambos supuestos la respuesta es la misma. En un sistema inquisitivo, donde se concentran las funciones de investigar, acusar y juzgar, es altamente probable que las conclusiones a las que llegue la autoridad cuando realiza funciones de investigación, se ratifiquen cuando dicha autoridad haga las funciones de juzgador. Así, en la gran mayoría de los casos, el acusado será culpable o inocente a partir de la investigación y no como consecuencia de enfrentar un juicio imparcial y objetivo. El principio de contradicción, esencial dentro de todo proceso moderno, no existe en el sistema inquisitivo.2

Duce y Pérez Perdomo apuntan que en el sistema inquisitivo “más que un sujeto con derechos, el acusado es visto como un objeto del proceso.

Así, la investigación (el sumario o los procedimientos anteriores al juicio) es secreta, aun para el acusado. El sospechoso puede ser detenido e interrogado, incluso sin ser notificado del crimen por el cual se le investiga”.3

Si bien los sistemas inquisitivos en América Latina son ahora la excepción, hace dos décadas eran la regla.4

La presencia de los sistemas inquisitivos tenía dos manifestaciones. Por ejemplo, en Chile y en Colombia —antes de sus reformas penales— el juez concentraba la realización de tres funciones del proceso penal. De hecho en distintos momentos del proceso, el juez era la autoridad responsable de investigar un supuesto acto delictivo, de acusar a un individuo como presunto responsable y de juzgar la culpabilidad o inocencia del acusado.

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2 El principio de contradicción podría dar lugar a extensos análisis; para efecto de nuestro texto lo entendemos como la posibilidad para las partes de refutar las hipótesis de sus contrapartes; en particular, la contradicción tiene sentido como arma de la defensa para negar la validez de los términos de la acusación. Además, la contradicción como aproximación científica a la materia del proceso es un elemento de racionalidad que nos permite dar con el objeto del propio proceso, que es la verdad histórica.

3 Duce y Pérez Perdomo, op. cit., p. 93.

4 Julio B. J. Maier, Kai Ambos y JanWoischnik, Las reformas procesales penales en América Latina, Buenos Aires, Ad-Hoc, 2000; Luis Pásara (comp.), En busca de unajusticia distinta: experiencias de reforma en América Latina, México, UNAM/Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2004.

5 Hasta el momento de redactar estas líneas, al menos los estados de Nuevo León (2004), Chihuahua (2006), Oaxaca (2006) y Zacatecas (2007) han aprobado reformasinstitucionales para establecer sistemas de justicia penal acusatorio-oral. Adicionalmente, hay un número considerable de estados de la República que se encuentranen distintas etapas de análisis para sustituir a su vez sus propios sistemas inquisitivoescritos.

Así, en los sistemas inquisitivos de Chile y Colombia el juez era de manera secuencial policía, fiscal y juez.

Otro ejemplo de los sistemas inquisitivos en Latinoamérica ha sido el sistema inquisitivo-mixto de México, el cual todavía sigue vigente en gran parte del territorio nacional, a pesar de significativos avances de reforma a nivel estatal.5

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