Enlace Legal De Los Hechos Victoriosos De Florence Cassez
Enviado por memelizeth94 • 6 de Noviembre de 2014 • 821 Palabras (4 Páginas) • 306 Visitas
FLORENCE MARIE LOUISE CASSEZ CREPIN
la presunción de inocencia. Se le convirtió así en presunta culpable.
Articulo.-22 del código nacional
2) Porque, como lo dice el dictamen del ministro Arturo Zaldívar, la escenificación fue ajena a la realidad.
3) Porque los policías federales se tardaron cinco horas y 45 minutos después de haberla detenido para ponerla a disposición de la SIEDO.
4) Porque en su primera declaración ministerial Israel Vallarta –su novio– exculpó a Florence Cassez de cualquier participación o conocimiento de los secuestros en los cuales él admitió estar involucrado.
5) Porque en la primera declaración de las víctimas Christian Ramírez y Cristina Ríos Valladares no reconocieron a Florence Cassez físicamente ni su voz. Cristina Ríos agregó que los oficiales de la AFI le informaron que Florence Cassez había participado en el secuestro.
6) Porque se obtuvo la primera declaración de Florence Cassez sin que ella hubiera podido comunicarse con algún funcionario consular de su país.
7) Porque el Ministerio Público de la Federación se comunicó con la embajada las víctimas rescatadas cuando sólo una había efectuado dicho reconocimiento.
11) Porque días después del montaje los testigos cambiaron su versión e identificaron a Florence Cassez. Y la escenificación de la que formaron parte y después vieron en televisión resta indudablemente fiabilidad a sus testimonios. Las autoridades crearon una realidad alternativa en detrimento de la acusada.
12) Porque fue agredida por uno de los policías ya que durante el “montaje” no había dicho al aire lo que le había sido indicado.
13) Porque la punción de una herida supuestamente infligida a una de las víctimas de Florence Cassez resultó ser una marca de nacimiento.
14) Porque, como lo argumenta el dictamen del ministro Zaldívar, “en el marco de un sistema democrático, una vez que una persona se encuentra en territorio del cual no es nacional, dicho Estado está obligado a concederle un estándar mínimo de derechos”. Uno de ellos es la asistencia consular, que México siempre exige cuando sus nacionales son arrestados en Estados Unidos.
15) Porque cualquier extranjero, según la Convención de Viena, tiene derecho a comunicarse con la representación consular de su país. La información de este derecho debe ser inmediata y no puede ser demorada bajo ninguna circunstancia. La demora inexplicable se dio en el caso de Florence Cassez.
16) Porque cualquier persona también tiene el derecho fundamental de ser puesta a disposición de las autoridades correspondientes inmediatamente después de su detención. Este mandato, que se encuentra consagrado en la mayoría de las legislaciones del mundo occidental, existe para proteger al detenido de acciones extralegales de los policías destinadas
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