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Ensayo sobre Normas internacionales de Contabilidad


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2019  •  Trabajo  •  1.543 Palabras (7 Páginas)  •  178 Visitas

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Ensayo Normas Internacionales de Contabilidad

Isaac Lara

Universitaria Agustiniana

Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas

Programa de Contaduría Pública

Bogotá D.C

2019

Tabla de contenido

Introducción

Inversiones en asociadas (NIC 28)

Participaciones en negocios conjuntos (NIC 31)

Combinaciones de negocios (NIIF 3)

Estados financieros consolidados (NIIF 10)

Conclusiones

Síntesis

Bibliografía

Introducción

La ley 1314 de 2009 fue el comienzo de la transición a los estándares internacionales conocidos como NIC y NIIF, en esta norma se dieron a conocer diferentes características que la información financiera debería tener, y adicional a esto realizo un cambio muy significativo con respecto al ya conocido plan único de cuentas, revelando que este seria de libre aplicación para cada una de las entidades, pudiendo estas usarlo según lo que estas considerasen de acuerdo con sus necesidades.

Asimismo para el caso de Colombia en específico se establecieron tres diferentes grupos de entidades, en el grupo 1 se deberían aplicar las NIIF plenas definidas por la fundación IFRS, este grupo estaría conformado principalmente por entidades de interés público, entidades que coticen en bolsa de valores y por instituciones financieras, nos siendo esto un impedimento para el ingreso de otros tipos de entidades. La normatividad de este grupo se encuentra consignada en varios decretos tales como: Decreto 2784 de 2012, Decreto 3023 de 2012, Decreto 3024 de 2013, Decreto 3020 de 2013 y 2615 de 2014, dentro de los cuales a grandes rasgos se da a conocer los periodos de preparación, los plazos de transición, la correcta presentación de los estados financieros y las fechas y periodos de aplicación de estas normas internacionales.

En el grupo 2 se deberían aplicar las NIIF para Pymes también definidas por la IFRS definidas para Colombia para las entidades que no perteneciesen al grupo 1 o 3 siempre y cuando estas entidades sean privadas. Su normatividad estaría presenta en las siguientes normas: Decreto 3022 de 2013 y 2129 de 2014, Dentro de los cuales se dará a conocer quienes harán parte de este grupo, su cronograma para la conversión a las normas internacionales y los requisitos que deberían tener tanto las nuevas como las entidades ya existentes para su reconocimiento en el grupo 2 de las NIIF.

En el grupo 3 se deberían aplicar únicamente los marcos normativos expedidos para este fin los cuales estarían presentes en las siguientes normas: Decreto 2706 de 2012 y Decreto 3019 de 2013, dando a conocer una serie de requisitos necesarios para inscribirse en este grupo como microempresa, las bases generales y principios que estas micro empresas deberían seguir, así como los objetivos y forma de presentación de sus estados financieros, siendo de obligatoriedad presentar el estado de situación financiera, el estado de resultados y las notas a los estados financieros, entre otras cosas.

Entrando en el tema del panorama de estas normas en Colombia, podemos ver como no se están aplicando de la manera esperada considerando que la mayoría de empresas pymes o pequeñas y medianas empresas no tiene en cuenta la importancia de esta aplicación ni los beneficios que podrían obtener de estas, sin embargo así como para las pymes no les es importante para las grandes empresas es todo lo contrario, ya que en el país las grandes empresas están aplicando las NIIF con el fin de mejorar la comprensibilidad y la comparabilidad de la información financiera propia con la de otras entidades, por ende considero que la aplicación de las normas internacionales en Colombia está retrasada más que nada por la desinformación que existe entre los pequeños empresarios del país.

NIC 28

Inversiones en asociadas

Esta norma se aplica para todas las inversiones en empresas asociadas, excepto cuando fueren en entidades de riesgo o instituciones de inversión colectiva.

Además de esto se habla de la influencia significativa la cual se refiere al poder de intervención en las decisiones políticas financieras y de operación sin llegar a tener el control absoluto de la entidad controlada, esto es cuando por ejemplo por medio de subsidiarias se tiene el 20 por ciento o más del poder de voto en la participada, siempre y cuando esta influencia pueda ser demostrada.

Según esta norma las inversiones en una asociada se deberán registrar inicialmente al costo y se aumentara o disminuirá su valor en los libros al reconocer la parte correspondiente al inversor en el resultado del ejercicio de cada periodo obtenido por la entidad participada, por el otro lado el inversor deberá reconocer en su resultado del periodo esta parte del resultado de la entidad, disminuyendo el valor en libros de la inversión.

En ocasiones es necesario realizar ajustes para dar a conocer las alteraciones que sufra la participación proporcional de la entidad participada, dichos cambios pueden estar derivados de revaluaciones de propiedades, planta y equipo o de diferencias en conversiones de estados de situación financiera en el extranjero, estos cambios deberán darse a conocer en el ORI (Otro resultado integral).

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