Estatuto Laboral
Enviado por 250391eve • 13 de Noviembre de 2012 • 7.872 Palabras (32 Páginas) • 370 Visitas
Estatutos de la UMET
CAPITULO I
DE SU DESIGNACION DOMICILIO, OBJETO Y LEMA
Artículo 1.- Se constituye una Federación que se denomina “UNION MEXICANA DE TRABAJADORES”, (UMET), que agrupa al SINDICATO DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS DE OFICIOS VARIOS, CONEXOS Y SIMILARES DEL ESTADO DE PUEBLA “ADOLFO LÓPEZ MATEOS” y al SINDICATO DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS DE OFICIOS VARIOS CONEXOS Y SIMILARES DEL ESTADO DE TLAXCALA “EMPERADOR XICOHTENCATL”. Esta federación tiene como antecedente la Asamblea Constitutiva de fecha 23 de marzo de 2002 celebrada en la ciudad de Puebla, Estado de Puebla, tomándose el acuerdo de constituir la UNION MEXICANA DE TRABAJADORES en este acuerdo manifiestan la voluntad de los Comités Ejecutivos Sindicales, Delegados y Comisiones que asistieron a la Asamblea Constitutiva de fecha anteriormente señalada.
Artículo 2.- La Federación (en adelante UNION MEXICANA DE TRABAJADORES) está formada por organizaciones sindicales cuyos estatutos contienen las mismas bases de organización y están inspiradas en la declaración de principios que sustenta esta Unión Mexicana de Trabajadores.
Artículo 3.- A la UNION MEXICANA DE TRABAJADORES podrán pertenecer sindicatos y organizaciones pactantes.
Artículo 4.- Será Sindicatos adheridos los que ingresen a la UNION MEXICANA DE TRABAJADORES de acuerdo con el Capitulo de Admisiones.
Artículo 5.- Son organizaciones pactantes las que formalicen un acuerdo de solidaridad y de ayuda mutua a la UNION MEXICANA DE TRABAJADORES en los términos del Capitulo III de los presentes estatutos.
Artículo 6.- Su domicilio será la ciudad de Puebla, Pue. Cuya dirección es 9 Sur 1108, Colonia Centro, C.P. 72000.
Artículo 7.- La UNION MEXICANA DE TRABAJADORES tiene por objeto el defender los intereses comunes de los Sindicatos que representa, procurando por el engrandecimiento moral, económico e intelectual de sus agremiados y luchar hasta la realización de estas metas bajo la conducción de los siguientes principios y compromisos:
I. Que la Empresa es ante todo una comunidad de personas, todas ellas revestidas de idéntica dignidad destinadas a la producción de bienes y servicios.
II. Que es, en el ámbito de la Empresa donde el hombre se inserta para ganar su vida y asegurar el porvenir de su familia; donde forja su personalidad y deja su huella.
III. Que los Trabajadores tienen el inalienable derecho a asociarse con el objeto de promover conjuntamente las condiciones de trabajo más humanas y más justas.
IV. Creemos en el Sindicato como un medio eficaz de mejoramiento y defensa de los Trabajadores. Sostenemos que no es el trabajador para el Sindicato, sino el Sindicato para el trabajador. En consecuencia, el Sindicato debe ser el primero en respetar los derechos naturales del trabajador apegados a Derecho.
V. Los Sindicatos como organizaciones profesionales, deben ser siempre fieles representantes de los intereses de sus agremiados cumpliendo con su misión específica de luchar por el mejoramiento integral de sus miembros, evitando las tácticas demagógicas y al margen de los partidos políticos.
VI. Fomentar la capacitación técnica y cultural de sus agremiados que redunden en el pleno desarrollo de sus facultades para que se puedan aplicar mejor al puesto de trabajo y en la vida de la comunidad.
VII. La responsabilidad social de la dirección Empresarial es organizar bien el trabajo; ello implica organizar a los Trabajadores en y para el trabajo y por tanto, dotar del equipo de seguridad necesario, maquinaria y todas las condiciones de trabajo para el bienestar de los Trabajadores y el logro de los objetivos de la Empresa.
VIII. Contribuir activamente al desarrollo de una economía solidaria, que garantice la justa participación, distribución y consumo de los bienes.
IX. Respetar y hacer respetar la función social de la propiedad privada, la iniciativa económica y la creatividad de las personas, en función de la mejora de los procesos productivos para lograr mejores beneficios tanto para la Empresa como para los trabajadores.
X. Realizar esfuerzos para superar las injustas situaciones de pobreza que afectan a tantos compatriotas, haciendo efectiva la preocupación de la sociedad civil y del Estado, en cumplimiento de su rol solidario y subsidiario, por atender preferentemente las necesidades de los sectores más pobres y marginados, generando condiciones para su desarrollo.
XI. Trabajar por el desarrollo de un sistema democrático que asegure la participación y corresponsabilidad de todos los ciudadanos en la conducción de la vida social y política, en el marco del Estado de derecho, la búsqueda del bien común y el respeto a la dignidad del ser humano.
XII. Contribuir a la paz entre los pueblos, promoviendo actividades de conocimiento, colaboración y fraternidad hacia otras organizaciones sindicales, locales, nacionales e internacionales.
XIII. Colaborar en la construcción de una convivencia pacífica en nuestro país, rechazando la violencia y trabajando para suprimir las causas que la generan.
XIV. Propiciar relaciones internacionales basadas en el derecho, la justicia social, el derecho de los pueblos y la solución pacífica de los conflictos para propiciar una nueva Cultura del Trabajo.
XV. Representar y asesorar a los Sindicatos Adheridos a la UNION MEXICANA DE TRABAJADORES, ante las autoridades locales o federales, así como ante las empresas, a petición de los Sindicatos Interesados, en conflictos laborales, revisiones y negociaciones de Contratos Colectivos de Trabajo.
Artículo 8.- La UNION MEXICANA DE TRABAJADORES tiene como lema: “JUSTICIA LABORAL PARA LA PAZ NACIONAL”.
Artículo 9.- La UNION MEXICANA DE TRABAJADORES durará por tiempo indefinido y sólo se disolverá, cuando más del 70% (setenta por ciento) de sus partes integrantes en ese momento tomaran el acuerdo, para lo cual deberá de llevarse a cabo una Asamblea General extraordinaria sólo para ese evento.
CAPITULO II
DEL MODO DE REPRESENTAR A LOS SINDINDICATOS ADHERIDOS Y A LAS ORGANIZACIONES PACTANTES
Artículo 10.- La UNION MEXICANA DE TRABAJADORES representará a los Sindicatos Adheridos y Organizaciones Pactantes ante el Congreso del Trabajo, al tenor del Artículo 381 de la Ley Federal del Trabajo.
Artículo 11.- Representará y asesorará a los Sindicatos Adheridos y Organizaciones Pactantes a la UNION MEXICANA DE TRABAJADORES, ante las autoridades locales o federales, así como ante las empresas, a petición de los Sindicatos Interesados y Organizaciones Pactantes, en conflictos laborales, revisiones y negociaciones de Contratos Colectivos de Trabajo.
Artículo 12.- La Solicitud de representación será por escrito y dirigido
...