Exposición en formación ciudadana
Enviado por Geraldin Suarez • 17 de Mayo de 2023 • Apuntes • 1.272 Palabras (6 Páginas) • 52 Visitas
Introducción.
La consulta popular se basa en una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local es sometida por el Presidente de la República, el gobernador o el alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto y se ha transformado en una herramienta fundamental para la participación ciudadana sobre la toma de decisiones.
A continuación, presentaremos la iniciativa de consulta popular que se llevó a cabo en el municipio de Cajamarca, Tolima en el año 2017 impulsada por el comité ambiental de Cajamarca y Anaime, como comité promotor. A través de la Consulta Popular se pretendía tener la participación de la comunidad (en su mayoría campesinos) para que estos emitieran su opinión frente las actividades mineras que se llevarían a cabo en el municipio. Esta iniciativa contó con una desaprobación del 98,7% y se convirtió en el mecanismo de participación ciudadana que impidió que la extracción de minerales se llevase a cabo.
De esta forma también describiremos los desafíos que se llevaron a cabo y el impacto sobre las comunidades campesinas que habitan en este municipio.
Presentación y descripción de la iniciativa.
En el municipio de Cajamarca, Tolima se llevó a cabo un proceso participativo generado dentro del contexto fáctico de la mina de oro de la Colosa. Donde su origen, fue ciudadano. El comité ambiental de Cajamarca y Anaime, como comité promotor, hizo uso de las facultades dispuestas por la ley 1757 de 2015 debido a la oposición del alcalde de convocar una consulta que buscaba que la ciudadanía emitiese su opinión respecto a las actividades mineras en su municipio, logrando recolectar 3.364 apoyos ciudadanos válidos suficientes para cumplir con el umbral (Dietz, 2018).
Una vez el proyecto obtuvo el concepto previo favorable por parte del concejo municipal de Cajamarca, en agosto de 2016, se presentaron varios imprevistos en el trámite faltante. La fecha inicial fue reprogramada del mes de noviembre a enero del 2017, además, la votación fue suspendida por el Consejo de Estado debido a la interposición de varias tutelas (Dietz, 2018). La votación nuevamente fue reprogramada para llevarse a cabo el día 26 de marzo de 2017.
El Tribunal Administrativo del Tolima, en sentencia del 19 de enero del 2017, declaró parcialmente la constitucionalidad de la pregunta formulada inicialmente. Los magistrados acogieron la jurisprudencia del Consejo de Estado y la Corte Constitucional, en especial la contemplada en la sentencia T-445 de 2016, en cuanto a disponer la prohibición de formular preguntas sugestivas que induzcan a elegir una de las dos opciones por ser contrario al derecho de libertad del votante, deviniendo por ende en inconstitucional.
La pregunta final fue la siguiente:
¿Está usted de acuerdo SÍ o NO que en el municipio de Cajamarca se ejecuten proyectos y actividades mineras?
Con datos aportados por la Registraduría, la opción del NO alcanzó un total de 6.165 votos, representando un 98,7% de la totalidad de votos válidos frente a 76 votos por el SÍ equivalentes a un 1,2%. La totalidad de votos se registró en 6.241. El censo electoral del municipio se componía de 16.312 ciudadanos siendo necesario 5.382 sufragios para completar el umbral del 33%[1].
Esta iniciativa ciudadana, propuesta por El comité ambiental de Cajamarca y Anaime tenía como finalidad oponerse a la ejecución de la mina de oro de la Colosa, ya que opinaban que la consulta debía llevarse a cabo para que la comunidad pudiese dar a conocer su posición y de esa forma, frenar estos proyectos de minería. De esta forma, las comunidades campesinas que habitaban el municipio estaban enfrentándose a la vulnerabilidad inminente de un desastre natural que los obligase a desplazarse a diferentes áreas, ya que la contaminación y daño ambiental eran completamente irreparables; además de que era evidente que no contaban con una representación política que tuviera la capacidad de representarlos en una decisión que iba a afectar sus vidas, debido que el alcalde se oponía profundamente a que se llevara esta consulta a cabo.
El comité ambiental de Cajamarca y Anaime hizo uso de las facultades dispuestas por la ley 1757 de 2015 y logró llevarse a cabo, una vez el proyecto obtuvo el concepto previo favorable por parte del concejo municipal de Cajamarca, no obstante, en agosto de 2016 la fecha inicial fue reprogramada para ejecutarse el día 26 de marzo de 2017.
Análisis de la iniciativa desde la ética de la sociedad civil.
Entendiendo el concepto de participación ciudadana como “ese derecho que todos los ciudadanos tenemos a incidir en el proceso de toma de decisiones sobre asuntos administrativos, económicos, políticos y culturares de nuestro país”, al consultar a la comunidad su opinión sobre las actividades mineras en su municipio, estos incidieron en el proceso de la toma de la decisión sobre estar de acuerdo o no en que se llevaran a cabo dichas actividades. En este contexto, existió un proceso de participación ciudadana en la formulación y puesta en marcha de la iniciativa, debido a que se utilizó la consulta popular como mecanismo de participación ciudadana regulado en la Ley:
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