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Expresiones de la Posmodernidad, la Sociedad de la Información, la Sociedad del Conocimiento, Globalización y el Neoliberalismo en las legislaciones federales y estatales de 2010- 2017


Enviado por   •  11 de Agosto de 2017  •  Documentos de Investigación  •  2.655 Palabras (11 Páginas)  •  309 Visitas

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Instituto Tecnológico de Estudios Superiores “Rene Descartes”[pic 1]

Integrantes

Estrada Rocha Coral Abigail

Miranda Rodríguez Verónica Anaid

Lagunas Pérez Julio Cesar

Gasca Gonzales Gerardo del Jesús

Catedrático

José Joaquín Uc Valencia

Materia

Posmodernidad y Sociedad del Conocimiento

Tema

Expresiones de la Posmodernidad, la Sociedad de la Información, la Sociedad del Conocimiento, Globalización y el Neoliberalismo en las legislaciones federales y estatales de 2010- 2017.

Julio 2017

Índice

Introducción

POSMODERNIDAD EN MÉXICO

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En México, siendo un país tan grande y tan variado, hemos de encontrar mucha variedad en las libertades de pensamiento, es lo que caracteriza a ésta, nuestra posmodernidad en México. Un medio de continua discusión que se viene trabajando todos los días en diferentes congresos. No vaya usted a creer que nos hemos vuelto fanáticos a este tipo de temas, más bien es cuestión de aclarar y completar el contenido de lo que realmente se conoce por Posmodernidad en México, Para las ciencias, y en términos de ésta, la posmodernidad se toca como un medio de libertad de pensamiento, de creación, en donde el horizonte no tiene límites de temporalidad y es por esto mismo un post- (posterior) a lo moderno. Aunque existe la discusión sobre que el prefijo de Posmoderno se encuentra erróneo por interponer una temporalidad que no se ha establecido a ciencia cierta, sin embargo se utiliza para ubicar a las nuevas tendencias. En las humanidades se trata mucho el tema en el ámbito de la reconstrucción de los medios por los cuales una ciencia se apoya, es decir, las disciplinas auxiliares.

La posmodernidad en México se refleja más allá de las pintas en lugares públicos, se encuentra en todos los espacios abiertos a ideas nuevas, de un impacto global desde algo local. En palabras de Jaime Garza “El -post- indica un apartarse de la lógica del desarrollo, la negación de las estructuras estables del ser, de la historia como salvación articulada Situación que anteriormente el filósofo Lyotard había manejado así: “El posmoderno no significa un movimiento de come back, de flash back, es decir, de repetición, sino un proceso de análisis, de anamnesis, de analogía y de anamorfosis, que elabora un olvido emocional”.

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LA POSMODERNIDAD Y LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS D.H

En muchos sentidos la Ilustración representó un profundo cambio paradigmático tanto para la filosofía como para la ciencia. En este marco los estudios acerca del hombre y la sociedad formaron parte de las preocupaciones básicas de ese movimiento. “La proclamación de los Derechos del Hombre fue uno de los acontecimientos que de forma más fehaciente se encargó de anunciar y legitimar la base reguladora del nuevo pacto social e ideológico”. Así, dentro de las sociedades que nacían a la democracia, se dio énfasis a los conceptos e ideales de soberanía individual y de igualdad civil. Dentro de esta dinámica nace también la idea y la intención de formular los principios de moral universal fundados en el derecho natural y que derivaron en el nuevo papel central de las organizaciones sociales y la política moderna, lejos de los dictados del y asentados en el derecho inalienable del individuo. Esta postura destaca –nos dice Romeu– “la posesión del derecho de los individuos a partir de su autonomía, es decir, de la posibilidad y capacidad de los seres humanos para pensarse a sí mismos, desde su libertad, en posición distintiva con respecto de los Otros; de ahí que la autonomía “garantice” el derecho a la libertad individual y esta misma otorgue al hombre la posibilidad de pensarse de modo autoreflexivo”. Así el caso de los derechos humanos, que pretenden una observancia objetiva y estable para todo tiempo y lugar, sin embargo el pensamiento posmoderno rechaza esta posibilidad “en la medida en que aquellos no son el fundamento de un principio moral universal, sino que responden a los impuestos por las ideologías legitimantes”. Sabemos de países –normalmente no occidentales– donde ciertos delitos se castigan con penas corporales que llegan a la amputación. Se sabe de diversos países donde se aplica la pena de muerte, donde las libertades de expresión o de libre credo están limitadas y al final esto nace de las diversas maneras de entender el mundo. La autora cita a Todorov que afirma que “la identidad nace de la diferencia: lo intercultural es constitutivo de lo cultural”. Naturalmente que un mundo multicultural y posmoderno la diferencia no es un problema, en todo caso es un activo que aporta nuevas visiones y maneras de entender la realidad y el mundo, pero nada de esto está peleado con la dignidad humana, el respeto a la vida y la búsqueda de la libertad. El intento por globalizar los derechos humanos es una actitud legítima que trabaja a favor del hombre mismo, y aunque sorprendentemente se encuentra con un sinnúmero de oposiciones –ya sea en el discurso, en la práctica o en ambas–, lo cierto es que la existencia de medios tecnológicos de carácter global han permitido que las ideas y los conceptos de libertades individuales y de derechos humanos lleguen –y se apliquen- en todo el mundo. Esperemos que esto muy pronto sea una realidad universal. Como ciudadanos conscientes lo que está en nuestra mano es justificarlos y hablar de ellos hasta que de manera natural formen parte de cada discurso y de cada manera de pensar

SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN.

Es un estudio de desarrollo social caracterizado por la capacidad de sus miembros (ciudadanos, empresas y administración pública) para obtener y compartir cualquier información, instantáneamente, desde cualquier lugar y en la que se prefiera.

Ley Federal De Transparencia Y Acceso A La Información Pública

Capítulo I

Objeto de la Ley

Artículo 1. La presente Ley es de orden público y tiene por objeto proveer lo necesario en el ámbito federal, para garantizar el derecho de acceso a la Información Pública en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos federales o realice actos de autoridad, en los términos previstos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

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