FONDO DE GARANTIAS DE ENTIDADES COOPERATIVAS - FOGACOOP CONVOCATORIA
Enviado por Mauricio Ibañez • 21 de Octubre de 2022 • Examen • 1.150 Palabras (5 Páginas) • 66 Visitas
FONDO DE GARANTIAS DE ENTIDADES COOPERATIVAS - FOGACOOP CONVOCATORIA
PRÁCTICAS LABORALES
PRIMER SEMESTRE DE 2023
CONDICIONES GENERALES:
El Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas – FOGACOOP informa que se encuentra abierta la convocatoria para la realización de prácticas laborales correspondientes al primer semestre del año 2023, con sujeción a lo previsto en los artículos 15 y 16 de la Ley 1780 de 2016, en la Ley 2043 de 2020, y en la Resolución 3546 de 2018, con las modificaciones introducidas por la Resolución 623 de 2020, del Ministerio del Trabajo, y normas concordantes.
Las Instituciones de Educación Superior podrán postular a los estudiantes interesados que se encuentren aptos para empezar su práctica laboral en el primer semestre de 2023.
Conforme a la Ley 1780 de 2016, artículo 13, parágrafo 1, no es necesario que la institución educativa a la que pertenezca el estudiante tenga un convenio académico con Fogacoop para realizar su práctica laboral, salvo que la institución educativa lo solicite conforme a su autonomía universitaria.
Las prácticas laborales en Fogacoop contarán con un auxilio de práctica de hasta un (1) salario mínimo legal mensual vigente, no constitutivo de salario, para prácticas de tiempo completo, o proporcional al horario de actividad cuando la práctica sea de tiempo parcial, en los términos y con los alcances previstos en el artículo 4 de la Ley 2043 de 2020 y el artículo 4, numeral 3, de la Resolución 3546 de 2018, modificado por la Resolución 623 de 2020, del Ministerio del Trabajo.
La duración de la práctica será de seis (6) meses o el periodo que resulte aplicable conforme a lo previsto en el artículo 12 de la Resolución 3546 de 2018. El horario de práctica será el del horario de trabajo previsto en el Reglamento Interno de Trabajo de Fogacoop, o el tiempo parcial que se establezca conforme a la reglamentación de la Institución de Educación Superior, con sujeción a lo previsto en los artículos 4 numeral 5, 6 y 7 de la Resolución 3546 de 2018 del Ministerio del Trabajo.
La vinculación del practicante a Fogacoop se hará de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Resolución 3546 de 2018, modificado por la Resolución 623 de 2020, del Ministerio del Trabajo, en concordancia con los artículos 1 y 23 del Decreto Ley 2206 de 1998.
La práctica se realizará en modalidad presencial. Pág.1
REQUISITOS MÍNIMOS PARA APLICAR:
Se deberán presentar los siguientes documentos:
1. Carta de presentación expedida y firmada por el Coordinador de prácticas de la Institución de Educación Superior o quien haga sus veces.
2. Certificado de promedio académico acumulado, debidamente firmado por el competente de la Institución de Educación Superior, con un promedio mínimo de 3.5 sobre 5. 3. Fotocopia del documento de identidad.
4. Hoja de vida actualizada.
Si el estudiante es una persona en condición de discapacidad:
Certificado que lo acredita como persona con discapacidad.
Si el estudiante estuvo bajo la custodia y protección de Bienestar Familiar: Certificado que acredite la custodia y protección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar. 6. Cumplir los requisitos previstos en la Resolución 3546 de 2018 del Ministerio del Trabajo.
PRESELECCION HOJAS DE VIDA:
Los estudiantes que estén interesados en participar en este proceso y que cumplan con los requisitos mínimos podrán presentar la hoja de vida en la Cra. 13 No 32 – 93 Int 3, en la Gerencia Administrativa, del 8 de septiembre al 10 de octubre de 2022 a las 4:00 pm, o al email procesoseleccion@fogacoop.gov.co, anexando todos los soportes requeridos en este proceso de prácticas laborales.
De igual manera deberán allegar, además de los documentos solicitados, la autorización para el tratamiento de datos personales, para lo cual deberá diligenciar y firmar el formato adjunto a esta convocatoria.
NOTA: Cabe precisar que el estudiante interesado deberá postularse a una única plaza de las publicadas. En caso de que el estudiante se postule a más de una plaza, la entidad lo asignará para la selección a la plaza que considere, de acuerdo con las necesidades institucionales, y anulará su participación en el resto de las plazas.
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