Familia niño y adolecente
Enviado por JHAMESI • 8 de Octubre de 2018 • Documentos de Investigación • 6.879 Palabras (28 Páginas) • 116 Visitas
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“AÑO DEL DIALOGO Y RECONCILIACION NACIONAL”
ALUMNA: Meneses Silvera Tania Jhasira
DOCENTE: Hermosa Calero Jessica Pilar
CURSO: Derecho Familia del Niño y Adolecente
CODIGO: 2011152106
DUED: Ica
Año: 2018
1.- Elabore un esquema sobre los impedimentos absolutos, relativos y especiales y escriba por cada inciso un ejemplo. (Vale 2 puntos)
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- EJEMPLO DE IMPEDIMENTO ABSOLUTO:
- Que se casen un padre con su hija o una madre con su hijo o una hermana con su hermano, ni que una mujer se case con varios hombres o que un hombre se case con varias mujeres, porque si se permitieran estos matrimonios se estaría faltando a la justicia.
- EJEMPLO DE IMPEDIMENTO RELATIVO:
- Que el hermano se case con la hermana, que el primo se case con la hermana, que tío se case con la tía, que la sobrina se case con el tío, si se permitieran estos matrimonios se estaría faltando a la justicia.
- EJEMPLO DE IMPEDIMENTOS ESPECIALES:
- Que padrastro se case con la hijastra, que el tutor se case con la menor en poder.
2.- Elabore UNA DEMANDA sobre nulidad de matrimonio. (Vale 2 puntos).
Secretario: Diego Medina Ramírez
Expediente: 001547-2018
Escrito n°: 01
Sumilla: Demanda nulidad de matrimonio civil
Señor Juez Especializado en lo Civil
RUTH CONTRERAS RAFAEL, identificada con DNI 31158913, con domicilio personal en JR. María Parado de Bellido n° 4, Urb. Santo Domingo Distrito de Ica y señalando domicilio procesal en Casilla N° 2458 del Colegio de Abogados de Ica, a Ud. atentamente digo:
I.PETITORIO
Que, invocando interés legítimo y moral para obrar, interpongo demanda de NULIDAD DE MATRIMINIO CIVIL contra quien hoy responde al nombre de Ricardo Gamonal Paredes y antes se llamaba Cesar Augusto Carrera Prieto domiciliado en Jr. Callao N°45 distrito cercado de Ica Distrito de Ica lugar donde se le deberá hacer llegar las notificaciones e ley, se declare la Nulidad e Invalidez del Vínculo matrimonial contraído con el demandado por ante los Registros del Estado Civil de la Municipalidad de Ica con fecha 10 de Enero de 2010, como consta de la correspondiente Partida de Matrimonio que anexo a mi demanda, en original.
II.FUNDAMENTOS DE HECHO:
En fecha y ante el Registro Civil antes referidos, contraje matrimonio civil con el emplazado, quien Ricardo Carrera Paredes, respondía al nombre del Cesar Augusto Carrera Prieto. No obstante, tal celebración solo fue por ese día, toda vez que el demandado, sin siquiera haber hecho vida marital ni menos conyugal con la recurrente, prácticamente desapareció, sin que, por lo tanto hayamos procreado un hijo alguno en nuestra breve unión matrimonial ni mucho menos, como es de comprender, hayamos adquirido bienes de ninguna clase. Como consideraba que no merecía tal burla ni desprecio de parte del demandado, lo cual me produjo como es de imaginarse un serio problema sicológico y moral, una vez repuesta de ese desagradable momento anímico como solamente el ánimo de recibir una explicación del demandado, empecé a averiguar por su paradero durante muchos años con resultados infructuosos pese a la colaboración recibida de familiares y amistades que me brindaron su ayuda moral, dejando constancia que en el domicilio proporcionado por el demandado y que aparece en el Partida material de Nulidad ya no domicilia , o al parecer, dio una dirección falsa, persistí en mis intenciones hasta que en el mes de agosto del presente año , es decir luego de más de 8 años logre enterarme que el demandado desde hace 6 años atrás se ha cambiado de apellido respondiendo desde esa fecha al nombre de Ricardo Gamonal Paredes, respondiendo desde la fecha al nombre de Cesar Augusto Carrera Prieto, y anulando su original apellido paterno de “PRIETO” pese que en la partida de matrimonio Civil cuya nulidad solicito el demandado consigno como que era “ hijo de Marcial Paredes”, pero en su actual Partida de Nacimiento que he logrado ubicar en la Municipalidad de Ica y que adjunto como anexo de mi demanda aparece que ahora su padre ya no se llama “ Marcial Paredes” si no que ahora se llama “ Marcial Prieto”, cabe preguntar Señor Juez :¿Tan fácilmente resulta cambiarse de apellido y también el de su padre? Es obvio que es maniobra lo ha hecho el demandado con el evidente propósito de cerrarme todos los caminos para que lo pueda ubicar a fin de que, como hombre, sepa dar una dar una explicación a su cobarde proceder. De otra parte, desde el matrimonio civil a que he hecho referencia, el demandado me ha hecho vivir una falsa posesión constante de esposa.
III.FUNDAMENTACION JURIDICA DEL PETITORIO:
La presente demanda se fundamenta en lo prescrito por:
- Artículo 274 del CC. Que se refiere a la nulidad del matrimonio.
- Artículo 427 del CPC. Que me acuerda legitimidad e interés para actuar toda vez que mi derecho no ha caducado y existe conexión lógica entre los hechos y el petitorio.
- Artículo I, II, III, IV, primer párrafo del Art. Del Título Preliminar del CPC.
- Artículos 424, 425,475, punto 1 de la 3era, disposición final del CPC.
- Artículo 220 DEL CC. Que dispone que “la nulidad del Acto jurídico puede ser alegada por quien tenga interés o por el Ministerio Publico así como que también puede ser declarada de oficio cuando resultaste manifiesta, como ocurre en este caso.
IV. VIA PROCEDIMENTAL:
Es aplicable la del Proceso de Conocimiento, de acuerdo al artículo 475 del CPC. Con el punto 4 de la Tercera disposición final del mismo CPC.
V. MEDIOS PROBATORIOS:
1.- El mérito de la Partida de Matrimonio N° 407 expedida por la Municipalidad de Ica, correspondiente al Matrimonio Civil celebrado con el demandando y que es materia de la Nulidad fundamentada en mi Petitorio, en la que se puede advertir que contraje matrimonio civil con el ahora llamado Ricardo Carrera Paredes.
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