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Funciones Cuasijurisdiccionales De La Comisión Interamericana De Derechos Humanos


Enviado por   •  3 de Abril de 2015  •  1.251 Palabras (6 Páginas)  •  493 Visitas

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2. Funciones cuasijurisdiccionales de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, como órgano de protección y promoción de los derechos humanos en todo el continente, lleva a cabo una gran diversidad de acciones que van desde las de carácter político, hasta el conocimiento de casos concretos de probables violaciones a los derechos humanos.

Dentro de las funciones de carácter cuasijurisdiccional la Comisión conoce de peticiones en donde se reclaman violaciones a derechos humanos en todo el continente, así como de solicitudes de medidas cautelares en situaciones de gravedad y urgencia.

A. Jurisdicción y competencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

La Comisión posee jurisdicción territorial para analizar cualquier denuncia de violación a los derechos humanos en el Continente Americano en la que haya intervenido un Estado que sea miembro de la Organización de Estados Americanos, por lo que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos puede conocer casos de los 24 países que han ratificado a la fecha la Convención.

La Comisión ha definido, con base en la Carta de la OEA y su propio estatuto, la Comisión es competente para examinar presuntas violaciones a la Declaración Americana por parte de Estados miembros de la OEA que aún no sean parte de la Convención Americana.

Los Estados que no han ratificado la Convención Americana, la Comisión no puede hacer uso, al menos de forma directa, de dicho instrumento internacional. Sin embargo, la Convención si ha sido utilizada como un “estándar interpretativo” en varios casos.

El hecho de que se haga uso de la Declaración Americana como estándar para evaluar las situaciones de países que no han ratificado la Convención Americana hace del Sistema Interamericano, en opinión de algunos autores, un sistema dual: por un lado convencional, en el que los países que han firmado y ratificado la Convención Americana sobre Derechos Humanos —entre ellos México— se encontrarían obligados a cumplir con lo resuelto por la Comisión en sus recomendaciones y resoluciones, y por otro, un sistema basado en normas de soft law, las cuales deben ser seguidas por el principio de buena fe por los Estados que no han ratificado la Convención Americana.

La Comisión Interamericana, en cada caso particular, realiza un minucioso examen sobre su competencia en razón de la persona que acude al Sistema (ratione personae), en razón del lugar de los hechos (ratione loci), en razón del momento en que ocurrieron los hechos (ratione temporis) y respecto de la materia de la que trata el asunto (ratione materiae).

Ratione personae

No es posible la presentación de una petición por parte de personas morales,23 ni es posible realizar peticiones a forma de una “actio popularis”, es decir, a nombre de todo el pueblo de un país.

Ratione loci

La Comisión tiene jurisdicción sobre peticiones individuales interpuestas al amparo de la Convención Americana contra un Estado desde “la fecha del depósito de su instrumento de ratificación o de adhesión”. Adicionalmente, la Comisión tiene jurisdicción sobre peticiones interpuestas de acuerdo con la Declaración Americana por todos los Estados miembros de la OEA. Esto hace que en casos en donde los eventos se desarrollan a través del tiempo en varias facetas.

Ratione temporis.

El gran tema desarrollado en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos tiene relación con las violaciones continuadas, como lo serían los casos de desaparición forzada y los casos relativos a la falta de acceso a la justicia. Así, en varias ocasiones la Comisión y la Corte Interamericana han tenido la oportunidad de entender las múltiples y variadas consecuencias de graves violaciones pluriofensivas a través del tiempo

Ratione Materiae.

La Comisión sólo puede conocer de violaciones a los derechos humanos consagrados en la Convención Americana o la Declaración Americana, según sea el caso, o algún otro instrumento

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