Funciones, Miembros del Consejo Superior de Comercio Exterior y Asesores
Enviado por liz_11 • 10 de Octubre de 2014 • Síntesis • 414 Palabras (2 Páginas) • 328 Visitas
Funciones, Miembros del Consejo Superior de Comercio Exterior y Asesores
Negociaciones en Curso
Funciones, Miembros del Consejo Superior de Comercio Exterior y Asesores
El Consejo Superior de Comercio Exterior es un organismo asesor del Gobierno Nacional en todos aquellos aspectos que se relacionen con el comercio exterior y la competitividad de las empresas del país.
Son funciones del Consejo Superior de Comercio Exterior: (Decreto 2553 de 1999)
Recomendar al Gobierno Nacional la política general y sectorial de comercio exterior de bienes, tecnología y servicios, de inversión extranjera y de competitividad en concordancia con los planes y programas de desarrollo del país.
Recomendar los lineamientos de las políticas arancelaria, aduanera, de valoración, de los regímenes aduaneros y de los procedimientos de importación y exportación.
Asesorar al Gobierno Nacional en las decisiones que éste debe adoptar en los organismos internacionales encargados de asuntos de comercio internacional.
Emitir concepto, previa consulta al Ministerio de Relaciones Exteriores, sobre la celebración de tratados o acuerdos internacionales de comercio, bilaterales o multilaterales y recomendar al Gobierno Nacional la participación o no del país en los mismos.
Formular directrices para las negociaciones internacionales de comercio.
Sugerir al Gobierno Nacional la política aplicable a los instrumentos de promoción y fomento de las exportaciones.
Examinar y recomendar al Gobierno Nacional la adopción de normas generales sobre prácticas desleales y restrictivas de comercio internacional y salvaguardias.
Emitir concepto sobre la adopción de medidas de salvaguardia arancelaria y cuantitativa.
Analizar, evaluar y recomendar al Gobierno Nacional medidas y proyectos encaminados a facilitar el comercio y el transporte nacional e internacional de pasajeros y de mercancías de exportación e importación.
Expedir las directrices para la organización y manejo de los registros de comercio exterior, con inclusión de los requisitos que deben cumplir y las sanciones que sean imponibles por la violación de tales normas.
Expedir su propio reglamento.
Parágrafo: Cuando las modificaciones a las tarifas arancelarias conlleven un costo fi se conocerá previamente el concepto del Consejo Superior de Política Fiscal, Confis.
El Consejo Superior de Comercio Exterior estará integrado por:
El Presidente de la República, quien lo presidirá:
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo.
El Ministro de Relaciones Exteriores.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo
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