Generalidades del derecho penal.
Enviado por Karenaspie • 27 de Marzo de 2017 • Documentos de Investigación • 2.149 Palabras (9 Páginas) • 546 Visitas
UNADM |
U1. “GENERALIDADES DEL DERECHO PENAL” S.1 “DERECHO PENAL MEXICANO (antecedentes históricos y fundamentos)” |
ACTIVIDAD 1: NORMA, DELITO Y SANCION |
KAREN DALET NORIEGA MUÑIZ |
03/03/2017 |
DELITO | PERIODO CULTURAL Y/O MOMENTO HISTORICO | MARCO NORMATIVO DE REFERENCIA | SANCION | JUSTIFICACION DE LA LEY Y LA SANCION QUE ESTA OTORGA | VIGENCIA EN EL DERECHO PENAL MEXICANO |
| Acto que se ha confirmado que existe desde siglos y siglos atrás a.C | Toda la historia desde primitiva, hasta contemporánea y moderna | En épocas antiguas la sanción era hacer pagar al homicida con su vida la que había quitado, ahora se dicta acto de formal prisión, aunque en algunos países la pena de muerte sigue siendo opción. | Nadie tiene derecho a quitarle a vida a otra persona con motivos de ventaja, interés propio o venganza. Para sancionar esto algunos países permiten la pena de muerte, y otros solo sentencian con prisión. | En el Derecho Penal Mexicano actual, este acto es sancionado desde 30 hasta 60 años de prisión para el homicida. |
| Al igual que el homicidio es acto tan antiguo como la edad misma, teniendo parte en Roma, Grecia, Época colonial etc. | A lo largo de toda la historia. | En la antigüedad la sanción principal consistía en cortarle la mano al que fuere visto en este acto. | Se especificaba que nadie podía tomar o hacer uso de lo que no le pertenecía, por esto se determinó que se amputaría el miembro que se consideraba era más útil a la hora del robo, (la mano). | En el Derecho Penal actual se considera que se dictará acto de formal prisión a quien sea visto o acusado en este acto dándole desde 2 hasta 10 años de prisión. |
| Se especula que desde tiempos primitivos, año 1500 a. C aproximadamente los llamados “piratas” y los Fenicios secuestraban princesas, príncipes y doncellas a cambio de bienes, o moneda (de ese entonces) | En el marco normativo del secuestro hay sin fin de ejemplos en todo el mundo de los más importantes tenemos el secuestro de Julio Cesar, quien fue aprendido en una isla del Mediterráneo, el periodista Jonh MacCarthy que en 1990 mantuvieron secuestrado por más de 5 años, y en México se encuentra la llamada “guerra sucia” | Privación de la libertad del agresor. | Se justifica en ideas antiguas que van de la mano con la esclavitud, siendo esta acto prohibido a nivel internacional, y en tanto que se considera al secuestro como un tipo de esclavitud, ya que se priva de la libertad a un ser humano sin su consentimiento con el fin de obtener algo a cambio. Como sanción esta provocar al ofensor el mismo daño privándole de su libertad mediante el acto de formal prisión. | Actualmente en El Derecho Penal Mexicano se estipulan desde 8 hasta 60 años de formal prisión a quienes realicen este acto. |
| Cultura babilónica | Ley de talión | Provocar al ofensor un daño similar al recibido | Se establecía dicha ley para indicar la existencia de un poder superior, fungiendo como moderador para limitar la intensidad de la venganza. Se establecía la sanción indicada, para que el responsable padeciera en carne propia el daño que había provocado a otro | En el sistema penal mexicano se establece como moderador, si bien no en la limitación de la venganza, si en la impartición de justicia. |
| Germánicos | Ley de la Composición | Obligar al ofensor a reparar con un valor monetario los daños efectuados a terceros | De principio era acto voluntario para el ofensor, posteriormente se implementó de manera obligatoria estableciendo así una sanción que lograba evadir la venganza en la victima y al mismo tiempo que el agresor no quedara impune ante el daño que había provocado. | Actualmente en el Derecho Penal Mexicano se conoce como “indemnización civil” donde el ofensor paga al afectado con dinero los daños morales ocasionados, por la agresión. |
| Este en un delito que apareció desde muchos años atrás, por mencionar una etapa las llamadas “brujas de Salem” fueron de las primeras persecuciones a las mujeres, pero no fue sino hasta 1990 que se Reconoció en la ley de muchas naciones como un acto especifico. | Diana Russell (la primera mujer que definió esta palabra) | Pasaron bastantes años para que este acto fuera sancionado como tal, a partir de que se consideró un acto de delito formal en 1990 se comenzaron a pensar las posibles sanciones | La Ley considero esta acción diferente de un homicidio o asesinato por tratarse de mujeres que sin importar su raza, estatus social, religión, etc. Son asesinadas por el simple hecho de ser “mujeres”, por ello se creó un apartado especial de sanciones para quienes cometen este delito. | El derecho penal mexicano sanciona con hasta 70 años de prisión en algunos estados. |
| Se considera que surgió desde años antes del Derecho Romano pero por tenerse especificaciones científicas de este siglo se considera solo desde aquí, tomándolo en cuenta solo entre personas del mismo sexo. | Periodo de la Monarquía | Se daba a través de un procedimiento que se desarrollaba ante la máxima asamblea popular. La determinación de la culpabilidad era por mayoría de votos y su condena era generalmente la pena capital, que podía ser evitada solo si el reo era exiliado y se le confiscaban todos sus bienes. | La justificación de la ley era que si se abusaba de un esclavo de manera sexual se llamaría “daño” y éste sería ocasionado hacia el dueño del esclavo, si se realizaba hacia una mujer no esclava, este sería catalogado solo para mujeres vírgenes y de buenas familias. Se castigaba con pena de muerte a quienes fueran culpables de este acto. | El Derecho Penal Mexicano, después de un arduo proceso ha logrado establecer normas más rígidas hacia este tema, si bien no ha sido fácil, hoy en día más mujeres denuncian a sus agresores gracias a la confianza que la ley ha logrado brindar en estos temas, la sanción por este delito va desde 6 meses hasta 16 años de prisión para el victimario. |
| Antigua Mesopotamia Edad antigua. | Egipcios e Israelitas | Una sanción especifica en este tema, no existe con claridad dado que la idea principal es prohibir y abolir la esclavitud en todo el mundo. | Como justificación la ley mencionaba que no era condición humana la que se le ofrecía a estas personas y que más allá de tratarse de un tema de razas se canalizaba hacia un interés económico y político dado que estas personas hacían lo que ellos no querían hacer. En cuanto a sanciones en ese entonces no existían ya que todo el mundo practicaba este acto con libertad total, hasta la llegada de las ideas de Dinamarca donde ínsito a todos los demás países a abolir la esclavitud. | Actualmente en México la No esclavitud se encuentra dentro de las garantías individuales de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, siendo esta mejor llamada hoy en día “trata de personas” es sancionada de 6 a 18 años de prisión y con máximo 752’250 días de multa. |
| Antiguo Egipto | El primer acto en ser considerado como corrupto por la violación que implicaba de la ley fue el soborno. | Pena Capital | El primer registro que se encontró fue una ley aplicada como sanción en el antiguo Egipto, explicando que cualquier juez que se aceptara una recompensa de un litigante y se negara a escuchar al adversario era culpable de crimen en contra de la justicia y sujeto a Pena Capital. | Ahora llamado Cohecho en el Derecho Penal Mexica en sancionado cuando la cantidad o el valor de la dádiva no exceda del equivalente de 500 veces el salario mínimo diario vigente en la CDMX en el momento de cometerse el delito. |
| La fecha más conocida hasta para los no creyentes se da durante la época de Cristo | Judas traiciona a Jesús de Nazaret por 30 monedas de plata. | Desecho y desvalorización Social. | Se considera como la mayor manifestación del individualismo y el egoísmo que tiene el hombre, se trata de una conducta inducida para sembrar odio y avaricia en las mentes débiles que sin darse cuenta son utilizadas para establecer reglas de negación de derechos a las mayorías. En esa época la única sanción era el desecho social . | El Derecho Penal mexicano considera como sanción para este acto la privación de la libertad durante 5 o hasta 15 años. |
| Edad Media | Iglesia Católica proscribe la “usura” como delito/ pecado mortal | Era considerado por la Iglesia Católica pecado que se pagaba con la muerte | Dado que se trataba de un acto considerado incluso dentro del núcleo de la Iglesia Católica, dado que además de ocultar el origen de los fondos también se trataba de abusar de las personas necesitadas, era uno de los máximos delitos, y se debía pagar con muerte. |
El Derecho Penal Mexicano Castiga este acto con la privación de la libertad con una pena que va desde los 5 hasta los 15 años de formal prisión. |
| Finales del siglo XIX con la llegada de los chinos en zonas mineras de Sinaloa, ante la crisis ellos sembraron amapolas para después utilizarlas como estupefacientes y evitar así el hambre y el cansancio de los obreros. | Triángulo Dorado de las Drogas | Anteriormente la sanción era la misma que de la de hoy en día, los narcotraficantes eran apresados si tenían nacionalidad mexicana o bien deportados a su país de origen si eran extranjeros | El consumo y venta de estupefacientes ilegales es considerado como un delito contra la salud por producir efectos colaterales como la adicción daños mentales ceberos y en casos extremos hasta la muerte, por ello se implementaron ya desde años medidas estrictas sobre los narcóticos y estupefacientes, incluso fueron retiradas y controladas de manera rigurosa varias cantidades de medicamentos que en su momento pertenecían a esta red de comerciantes. | Actualmente en el Derecho Penal Mexicano este delito es sancionado con prisión de 10 a 25 años y con 100 hasta 500 días de multa. |
| Ocurrió en el siglo XX, por parte de los holandeses Bóeres en Sudáfrica, consistía en la división de diferentes razas para promover el “desarrollo”, en ese entonces tomaba el nombre de Apartheid | Siglo Apartheid | En ese entonces no existía sanción alguna para las personas que realizaban esta práctica, por el contrario la sanción era para los Sudafricanos que se defendían por ejemplo Nelson Mandela quien estuvo en prisión 27 años por levantarse contra el movimiento. | Como justificación en ese entonces lo Bóeres creían que con ello crearían un desarrollo económico político y social. En cuanto a sanción como bien se mencionó antes ésta era para los sudafricanos que se oponían al movimiento. | Después de la famosa aparición de Nelson Mandela y su libertad e igualdad de razas, Muchos países incluyendo a México adaptaron esta idea como valor universal tan así que en los primeros apartados de nuestra constitución se menciona la No discriminación racial. |
| Cuauhtémoc Cárdenas implementa el dedazo: un mecanismo mediante el cual, el presidente saliente nombraba al candidato que le iba a suceder. | Presidencialismo El poder del presidente era prácticamente ilimitado, con facultades que van más allá de lo establecido en la Constitución | En ese entonces dado que la máxima y única autoridad era el presidente no existía sanción alguna para ellos o sus seguidores. | Al saltarse normas Constitucionales, se comenzó a considerar de alerta para la suprema corte por lo que decidieron tomar medidas drásticas al respecto, y después de muchos años comenzaron a incluirlo como delito teniendo como principal sanción la revocación de los derechos. | El Derecho Penal Actual en México sancionan este acto de 1 a 8 años de prisión |
| Inicia en México desde 1987 las instituciones electorales estaban corrompidas desde los tiempos de Cárdenas | Presidencialismo | Dado que ésta era presente dentro del ámbito gubernamental, no existía sanción alguna para ellos. | Al darse en el ámbito político gubernamental la Suprema Corte tomo de igual manera medidas específicas al respecto sancionándolo con la revocación de los derechos y cesaban a los funcionarios que cayeran en este delito. | En el Derecho Penal Mexicano se sanciona este delito con una multa económica que puede llegar a más de 1 millón de pesos por una solo persona que cometa este acto. |
| Inicios del siglo XX | Este delito va de la mano con los dos anteriores | Desde que surgió ha sido acto de sanción mediante la privación de la libertad para sus ejecutores | Dado que se trata de un delito que invade la moral particular de los sujetos, se ha considerado un acto que como consecuencia trae la privación de la libertad | El Derecho Penal Mexicano sanciona este acto con hasta 14 años de cárcel. |
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