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IMBESTIGACION DE DROGADICCION


Enviado por   •  23 de Mayo de 2013  •  7.538 Palabras (31 Páginas)  •  353 Visitas

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Panorama de las leyes de drogas y tendencias legislativas en México

Tendencia

Amplios sectores de la sociedad civil, opinión pública y altos funcionarios de Gobierno han propuesto abiertamente en México la legalización de las drogas. Estas voces se oyeron particularmente durante el sexenio de Felipe Calderón (2006-2012) como reacción a la violencia que acarreó el combate a los carteles de la droga. Si bien hasta la fecha a nivel legislativo se ha manifestado solo una tímida tendencia hacia la despenalización del porte y consumo de pequeñas cantidades, factores recientes podrían influir en estos momentos para que México avance hacia una regulación del mercado y consumo de marihuana: el inicio de un nuevo Gobierno federal y la legalización del cannabis para uso recreativo en dos estados de los Estados Unidos.

Ley vigente

La legislación para las drogas en México está establecida en la Ley General de Salud de 1984, junto con lo que en materia de drogas establece el Código Penal Federal luego de las reformas de 1994. Además, en 1996 se creó la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que elevó exponencialmente las penas por cualquier delito que se considera cometido en asociación delictuosa. También, el 21 de agosto de 2009 entró en vigor un decreto que reforma la Ley General de Salud, el Código Penal Federal y el Código Federal de Procedimientos Penales. El decreto se conoce popularmente como Ley de Narcomenudeo, dado que su principal objetivo es justamente combatir la modalidad del comercio de drogas al por menor. El decreto determina también cantidades máximas de los diversos narcóticos permitidas para el consumo personal.

Para las últimas noticias sobre la reforma de la legislación sobre drogas en México haga

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Las leyes de drogas y tendencias legislativas en México

México vive desde hace años una de las peores crisis de su historia en términos de violencia y seguridad. Esta crisis está directamente relacionada con el fortalecimiento del crimen organizado en el país ligado al narcotráfico, las divisiones al interior de los principales carteles de tráfico de drogas y la diversificación de los mismos. Todo esto ha desembocado en una lucha sangrienta por el control de plazas clave para las rutas del tráfico. La respuesta del Gobierno de Felipe Calderón fue lanzar una ‘guerra al crimen organizado’ con dos componentes principales: el empleo creciente de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública, y reformas legales tendientes a combatir con más dureza la delincuencia organizada y, en particular, a los implicados en el tráfico, comercio y suministro de drogas.

Esta política no solo no ha contribuido a acabar con los carteles sino que ha afectado los sistemas judicial y penitenciario, ha incrementado las penas y modificado los procedimientos para otorgar mayores facultades discrecionales a policías, ministerios públicos y jueces. Todo esto en detrimento del reconocimiento de derechos fundamentales al debido proceso. Las detenciones en su mayoría se producen por casos de posesión simple de cantidades menores de alguna droga, principalmente marihuana, por lo que esta estrategia ha funcionado más para detener a pequeños infractores y no a criminales poderosos.

Ahora que dos estados de Estados Unidos (Washington y Colorado) han legalizado el consumo recreativo de marihuana, el nuevo Gobierno mexicano de Enrique Peña Nieto tiene la oportunidad de cambiar la política inflexible de su predecesor y entrar a considerar opciones para la despenalización del mercado y consumo de marihuana. Una medida que le quitaría fuentes de financiación al crimen organizado a la vez que aliviaría la sobrecarga del sistema carcelario.

Las nuevas experiencias internacionales a favor de la regulación del cannabis, estudios sobre regulación de mercado y consumo, el auge de los clubes sociales de cannabis en varios países, y las diferentes propuestas legislativas que se debaten desde hace unos años en la Cámara y el Senado podrían indicar un curso favorable a una nueva aproximación mexicana a la regulación de la marihuana.

Legislación vigente

Las reformas hechas en 1994 al Código Penal Federal - junto con lo establecido en la Ley General de Salud - conforman en gran parte la legislación vigente en México en materia de drogas. Un cambio importante introducido por dichas reformas es que desde entonces se habla de narcóticos y los diversos delitos relacionados con éstos ya no se encuentran todos en un mismo artículo. Las penas se aumentaron para los casos de producción, transporte, tráfico, comercio y suministro, que ahora son de un mínimo de 10 y un máximo de 25 años. Pero la pena por siembra, cultivo y cosecha disminuyó, y para el consumo la ley establece que “No se procederá en contra de quien no siendo farmacodependiente, se le encuentre en posesión de alguno de los narcóticos señalados en el artículo 193, por una sola vez y en cantidad tal que pueda presumirse está destinada a su consumo personal” y que “al farmacodependiente que posea para su estricto consumo personal algún narcótico de los señalados en el artículo 193 no se le aplicará pena alguna”. Esto significa un cambio significativo con relación a legislaciones previas.

En 1996 se creó la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que elevó exponencialmente las penas por cualquier delito que se considera cometido en asociación delictuosa. Esta Ley también estableció la figura del arraigo, que en 2008 fue incorporada a la Constitución. El arraigo permite la detención y privación de la libertad de una persona hasta por 80 días, sin ninguna acusación, orden de aprensión o sin haber sido detenida por cometer un delito en flagrancia, simplemente por ser sospechosa de cometer un delito relacionado con la delincuencia organizada. Las penas y delitos establecidos en los años noventa se mantienen hasta el día de hoy, aunque a partir del 21 de agosto de 2009 sólo para los casos de narcomayoreo.

La Ley del narcomenudeo fue adoptada por el Congreso en abril de 2009 y entró en vigor en agosto de 2009, eliminando todas las sanciones por cantidades para uso personal establecidas así: 5 gramos de cannabis, 2 gramos de opio, 0,5 gramos de cocaína, 50 miligramos de heroína o 40 miligramos de metanfetamina. Los adictos serán sometidos a tratamiento obligatorio solamente después del tercer arresto. La ley de narcomenudeo reforma el artículo 478 de la Ley General de Salud.

Debido a que los umbrales de la dosis personal son muy bajos, esta ley podría conllevar a fuertes condenas de cárcel para los que sean sorprendidos con cantidades mayores a las que permite la ley, porque se asumirá que

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