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Instruccion Premilitar


Enviado por   •  13 de Octubre de 2013  •  1.641 Palabras (7 Páginas)  •  440 Visitas

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INSTRUCCIÓN PREMILITAR:

Concibe en sus objetivos la acción educativa como un proceso que proporciona a los estudiantes para que puedan vivir y producir en al sociedad; permitiendo la formación de un hombre con actitud y aptitud para la búsqueda del bien común, con espíritu solidario y constructivo, con sensibilidad por el saber, con incentivos y disposición por el conocimiento, para realizarse efectivamente, con intención innovadora, es decir, una educación en valores para la formación del ciudadano.

La Instrucción Premilitar tiene por objeto, proporcionar al joven estudiante los conocimientos militares necesarios que contribuyan a su formación y capacitación integral; y es obligatoria para los alumnos de los dos últimos años de educación secundaria o su equivalente en los planteles educacionales, ya sean éstos oficiales o privados. Tambien sirve para que haya “disciplina en los colegios”, y que se “acrecienten el amor a la patria, el respeto a los héroes nacionales y los valores cívicos”.

FUNDAMENTOS FILOSÓFICOS DE LA INSTRUCCIÓN PREMILITAR

En el resto del mundo, la instrucción premilitar se refiere a la instrucción básica para militares:

Se refiere a la información básica y entrenamiento en técnicas específicas que permitiran al recluta más adelante llegar a ser un miembro efectivo en servicio, más especificamente para poder pasar al entrenamiento formal más avanzado, en la especialidad deseada. En su forma más básica, esta instrucción comprende el uso de uniforme, apariencia personal (corte de pelo), un número de servicio y adoctrinamiento básico, junto con un plan de entrenamiento físico. Un concepto clave es la resocialización, que consiste en el proceso de re-entrenar a una persona para que sea capaz de desenvolverse en un ambiente diferente al que está acostumbrado; es asumir un nuevo rol, como el de soldado.

FUNDAMENTOS LEGALES

Se presentan las normas que están vigentes o están en proceso de actualización, acatando que más que la norma en si que es solo la institucionalización de una practica. Lo importante es la comprensión de las mismas a la luz de la seguridad y la defensa en las circunstancias que hoy día la humanidad en general la esta viviendo.

Las bases legales que fundamentan la Instrucción Premilitar son:

 Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela De 1999 Art. 79 130 y 322.

o Artículo 79. Los jóvenes y las jóvenes tienen el derecho y el deber de ser sujetos activos del proceso de desarrollo. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, creará oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y, en particular, para la capacitación y el acceso al primer empleo, de conformidad con la ley.

o Artículo 130. Los venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defender a la patria, sus símbolos y, valores culturales, resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación.

o Artículo 322. La seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de ésta y su defensa es responsabilidad de los venezolanos y venezolanas; también de las personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como de derecho privado, que se encuentren en el espacio geográfico nacional.

 Ley Orgánica de Seguridad de la Nación Art. 1,2, y 3

o Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto regular la actividad del Estado y la sociedad, en materia de seguridad y defensa integral, en concordancia a los lineamientos, principios y fines constitucionales.

 Seguridad de la Nación

o Artículo 2. La seguridad de la Nación, está fundamentada en el desarrollo integral, y es la condición, estado o situación que garantiza el goce y ejercicio de los derechos y garantías en los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar, de los principios y valores constitucionales por la población, las instituciones y cada una de las personas que conforman el Estado y la sociedad, con proyección generacional, dentro de un sistema democrático, participativo y protagónico, libre de amenazas a su sobrevivencia, su soberanía y a la integridad de su territorio y demás espacios geográficos.

 Defensa Integral

o Articulo 3. Defensa integral, a los fines de esta Ley, es el conjunto de sistemas, métodos, medidas y acciones de defensa, cualesquiera sean su naturaleza e intensidad, que en forma activa formule, coordine y ejecute el Estado con la participación de las instituciones públicas y privadas, y las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con el objeto de salvaguardar la independencia, la libertad, la democracia, la soberanía, la integridad territorial y el desarrollo integral de la Nación.

 Ley Orgánica de Educación Art. 3, 23 y 33

o Artículo 3º. La educación tiene como finalidad fundamental el pleno desarrollo de la personalidad y el logro de un hombre sano, culto, crítico y apto para convivir en una sociedad democrática, justa y libre, basada en la familia como célula fundamental y en la valorización del trabajo; capaz de participar activa, consciente y solidariamente en los procesos de transformación social; consustanciado con los valores de la identidad nacional y con la comprensión, la tolerancia, la convivencia y las actitudes que favorezcan el fortalecimiento de la paz entre las naciones y los vínculos de integración y solidaridad latinoamericana.

o Artículo 23. La educación media diversificada y profesional tendrá una duración no menor de dos años. Su objetivo es continuar el proceso formativo

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