Juntas de conciliacion y trabajo en mexico
Enviado por fernando_27 • 27 de Noviembre de 2016 • Ensayo • 2.476 Palabras (10 Páginas) • 305 Visitas
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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE COAHUILA
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
PERFILES PROFESIONALES
DR. MARÍA DE LOS ÁNGELES
ENSAYO: JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE EN EL SIGLO 21
FERNANDO MISAEL LARA SANTANA
SALTILLO COAHUILA A 23 DE NOVIEMBRE DEL 2016
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE EN EL SIGLO 21
Antes de comenzar con este ensayo es necesario conocer lo siguiente para darnos una idea de la magnitud e importancia de lo que hablaremos.
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje se instituyeron desde 1917 con la emisión de la Constitución Federal. Se buscaba que fueran tribunales de equidad, protectores de los derechos de los trabajadores, integrados por representantes obreros, patronales y de gobierno, y que aplicaran las leyes laborales de manera flexible, no en forma rígida como los tribunales de derecho. De igual modo, la intención de crear las Juntas fue el combate a la corrupción existente en los tribunales de esa época.
¿Qué son realmente las juntas de conciliación y arbitraje? ¿Cuáles son sus funciones? Y ¿Qué viene para estos organismos? Preguntas que sin duda surgen después de conocer o haber tenido contacto con alguna de ellas (federales o locales) como me ocurrió a mi después de haber finalizado la relación laboral con un antiguo trabajo, en esa ocasión todo finalizo bien, pero al estar ahí me surgieron muchas dudas similares.
Y es que si bien es cierto en ese tipo de lugares ves de toda clase de personas e inclusive una serie de negocios alrededor, como el puesto de comida que a mí me impacto mucho y que estaba ubicado a las afueras de estas oficinas, el solo hecho de visitarlas o estar cerca de ahí te invita a reflexionar una serie de cosas.
Además de toda esta serie de reflexiones también es interesante el saber y conocer las funciones precisas y concisas de ellas ya que muchas de las veces se desconocen o bien pasan de noche para muchos de los trabajadores que al sufrir alguna injusticia o irregularidad en el lugar en el que están laborando prefieren no hacer nada por desconocimiento o por la poca información que tienen de estas instituciones.
Indudablemente la primera cuestión que surgió a mi mente fue la de ¿Que son las juntas de conciliación y arbitraje? tanto las federales como las locales y el porqué de esta distinción cosa que a continuación defino según la secretaria de trabajo y previsión social: la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, es un órgano del estado mexicano, su integración es tripartita y democrática; su finalidad u objeto, radica en conseguir y mantener el equilibrio entre los factores de la producción, mediante las funciones de conciliación e impartición de justicia, en las relaciones laborales de jurisdicción federal y esta sectorizada a la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, pero tiene un carácter autónomo. Es decir, un órgano creado por el estado, pero independiente de este cuya función es regular las relaciones laborales e inclusive resolver las diferencias o controversias que pueda haber entre el trabajador y el patrón, pero de una manera “pacifica”
Pero dicho esto entonces ¿cuál es la función de las juntas de conciliación locales? Según la constitución política de los estados unidos mexicanos las funciones de las juntas locales son todas aquellas que no encierran las federales, cosa que pienso que hasta cierto punto crea más confusión, he aquí una de mis opiniones acerca de esta distinción: se debería hacer una notable diferencia entre una y otra y no solo dejarlo a meras y simples “interpretaciones” sino englobar o enmarcar que tipo de empresas o trabajos corresponden a cada una de ellas dejando así las cosas más claras o menos “interpretativas”
Otra cuestión que surge al margen de estas juntas de conciliación es ¿cómo están conformadas? Su conformación es tripartita es decir de tres personas en las cuales una corresponde al estado o gobierno y es la que preside o bien es la que lleva el mando y el control, otra persona que represente al trabajador y una más que represente al patrón, siendo estos elegidos democráticamente en reuniones previas. Algo que sin duda alguna suena muy bien, pero a la hora de llevarlo a la práctica nos damos cuenta que no ocurre así más que nada por el sector de los obreros en el que muchas ocasiones el representante es designado por los líderes sindicales sin pedir opinión a sus representantes y es aquí donde recuerdo muy bien lo que en ocasiones a mencionado mi padre: “los sindicatos y líderes sindicales en lugar de representarnos buscan la manera de como fregarnos haciendo pactos y acuerdos con los patrones o empresas e incluso dejan a un lado su trabajo para encontrar cargos políticos”
Habiendo ya definido las juntas de conciliación y arbitraje, así como sus funciones salta a la luz una duda mas ¿cuál es el futuro de estas organizaciones? Y es que recientemente acaba de ser aprobada una reforma impulsada por el presidente de la república para desaparecerlas y “crear en su lugar crear nuevos juzgados o tribunales incorporados al poder judicial de la federación o de las entidades” es decir judicializar estos organismos y además crear 1 centro federal y 32 locales como organismos descentralizados cuya función va ser conciliar antes de que los trabajadores y patrones acudan a los tribunales
Esta reforma hasta cierto punto nos indica y da a conocer la constante renovación en la que debe estar la justicia, pero además como todo cambio en la vida crea cierto temor e inclusive resistencia para las personas que han venido interviniendo en ellas así pues encontramos la postura de algunos empresarios o patrones que expresan su sentir respecto a que sin duda alguna todos y cada uno de ellos en algún momento han estado en contacto con los juntas de conciliación y arbitraje ya sea locales o federales es decir ninguno de ellos esta exento de acudir a ellas y el problema que le encuentran a esta reforma es que al no poder resolverlo en centros locales irremediablemente se tendrán que ir a un proceso judicial lo que sería muy costoso tanto en dinero como en tiempo además de que nunca es algo bueno para una empresa verse inmerso en algún proceso judicial de cualquier índole
En este aspecto además de adoptar la postura de los empresarios creo que sin temor a equivocarme va a representar un cambio muy importante a la manera de cómo se venían llevando a cabo estos procesos, los abogados que se dedicaban a este giro tendrán que recapitular todas sus técnicas e inclusive aprender cosas nuevas sobre los organismos que se piensan a crear y también corresponderá a ellos que de cierta forma están en continuo contacto con estas instituciones el ver si realmente eran necesarios estos cambios, si se darán los resultados que se esperan, además considero que no hubiera estado de más el preguntar o encuestar al alma de estas juntas de conciliación y arbitraje: los patrones pero sobre todo a los trabajadores y sus sindicatos cuál era su opinión y su sentir al respecto de lo que se planeaba.
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