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LA ADOPCION COMO MEDIDA DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO COLOMBIANO


Enviado por   •  8 de Mayo de 2019  •  Documentos de Investigación  •  1.892 Palabras (8 Páginas)  •  289 Visitas

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 LA ADOPCION COMO MEDIDA DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO COLOMBIANO

PRESENTADO: NICOLAS JAVIER LOAIZA

JAQUELIN URIBE SANCHEZ

CLAUDIA NIETO OSORIO

HEIDY YELITHZA GOMEZ HERNANDEZ

GRUPO: 8 – 21

DOCENTE: JULIANA SANCHEZ VALLEJO 

INVESTIGACION II

UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA

FACULTAD DE DERECHO

2019

LA ADOPCION COMO MEDIDA DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO COLOMBIANO

INTRODUCCION

En el Estado colombiano es común a diario observar noticias donde hacen mención a los abusos que se comenten contra los niños y niñas, el cual son una población especialmente vulnerable, debido a sus condiciones de fragilidad, en el cual la familia, la sociedad y el Estado deberían garantizar sus derechos, pero en muchas casos eso no sucede, por el contrario cada día son más las estadísticas de los niños que son abusados.

No obstante teniendo en cuenta que la familia siempre ha desempeñado un papel protagónico en la sociedad, puesto que, es la promotora directa del desarrollo y desenvolvimiento del ser humano, y la transmisora de tradiciones y costumbres humanas. Ella se constituye mediante la filiación, que es el vínculo jurídico que existe entre dos personas, en el que una es descendiente de la otra, por un hecho natural (biológico) o acto jurídico, denominado adopción. (Vélez, 2016) Es decir, existe una estrecha relación entre familia y adopción, de ahí que, sea necesario referirse, de una manera muy somera, a ciertos conceptos relacionados con la familia, que se han destacado a lo largo de la historia de la humanidad.

Y cuando esa familia deja de cumplir con el deber de garantizar y proteger los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes, es que entra el Estado a garantizar estos derechos, que como última medida son declarados en adopción. Por ende  la situación con los niños de difícil adopción impide que el menor pueda tener una familia como la ley lo manifiesta; igualmente se evidencia la falta de efectividad de las leyes creadas por el estado para garantizar a los niños el derecho a una familia; situación que conlleva a las adopciones ilegales tanto de personas del mismo sexo como de parejas heterosexuales que quieren tener un hijo adoptado de forma irregular.

La facilidad del proceso ya no es tan eficiente y efectivo, con control previo y posterior a como se hacía en otros tiempos. La adopción es un mecanismo que intenta materializar el derecho del menor a tener una familia y, por ello, toda la institución está estructurada en torno al interés superior del niño, cuyos derechos prevalecen sobre aquellos de los demás (Art. 44 C.P). Es en términos generales el medio por el cual se crea una ficción jurídica en la que se hace de un hijo biológicamente ajeno a un hijo propio.

Las diferentes situaciones sociales (guerra, violencia, pobreza, padres y madres irresponsables) son la razón de que existan tantos niños sin familia y expuestos a una vida solitaria. Por lo anterior, la adopción se hace necesaria, para darles a los niños la oportunidad de tener una familia; además de permitirle tener familia a las personas sin la posibilidad de procrear una. De acuerdo con el Código Civil en su artículo 61 de la Ley 1098 de 2006, se define la adopción como una medida de protección a través de la cual, bajo la suprema vigilancia del Estado, se establece de manera irrevocable la relación paterno filial entre personas que no la tienen por naturaleza".

La adopción es un mecanismo que intenta materializar el derecho del menor a tener una familia y, por ello, toda la institución está estructurada en torno al interés superior del niño, cuyos derechos prevalecen sobre aquellos de los demás y es irrevocable. La ley define de manera expresa cuáles son los requisitos para adoptar y qué personas lo pueden hacer, lo que nos permite evidenciar que el Estado tiene un control previo y durante la adopción.

No obstante, existe falta de vigilancia y control por parte del ICBF y por supuesto del Estado colombiano, la Carta Magna de nuestro Estado establece sin dejar duda alguna que los niños tienen una protección de mayor relevancia y por ende esta debería ser acatada con toda cabalidad, y los derechos que tienen los mismos no deberían ser menoscabados, ya que de continuar así no se le estará garantizando al niño que es separado de su familia biológica porque se le está haciendo una “reparación de los derechos vulnerados” a que cumpla su mayoría de edad en manos del ICBF y que por consecuencia se le vulnere el derecho a la familia, debemos tener en cuenta que el principal motor de ese restablecimiento es que el menor tenga una familia digna.

En 2013, la Procuraduría emitió un informe de vigilancia e hizo una serie de recomendaciones al ICBF. Algunas de esas recomendaciones han sido tenidas en cuenta, pero no todas. El Comité de Seguimiento a los Derechos del Niño, el Comité de Seguimiento al Convenio de La Haya, que es el que regula todo el tema de la adopción internacional, le ha hecho observaciones al Gobierno colombiano, respecto al control y vigilancia en la adopción de niños. Pero falta rigurosidad y sanciones a quien incumple estas recomendaciones.

Por esto es que el ICBF debe, de manera prioritaria, establecer todas las garantías que permitan que una decisión tan fundamental para una familia y para la sociedad, como es la adopción, se haga con el rigor y el respeto que merecen los niños. En este sentido, se estima que el ICBF todavía debe revisar la actuación de sus Defensores de Familia y la actuación de las instituciones autorizadas para la adopción.

Teniendo en cuenta que de acuerdo con datos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), (2017)  hay 11.000 niños que están esperando ser adoptados. De estos, 4.325 son considerados de difícil adopción, porque están entre los 8 y los 17 años de edad, tienen algún tipo de discapacidad o hacen parte de un grupo familiar, y cuando se habla de un grupo familiar es que están declarado no solo el niño, niña y adolescente sino también sus hermanos y por protocolos y sus derechos fundamentales no pueden ser separados.

En efecto esto es uno de los tantos problemas que enfrentan estos N.N.A, que además han crecido en condiciones adversas, también deben enfrentar el paso del tiempo; saben que mientras más permanezcan en la institución, sus posibilidades de adopción se reducen, y eso puede acarrearles mayores secuelas psicológicas por la falta de una familia.

Este indicador, da pie para preguntarse si el trabajo que realiza el ICBF, entidad encargada de proteger a la niñez desamparada, es realmente eficaz hacia el logro de la misión de darles bienestar y una familia a este grupo de niños. Las estrategias e iniciativas para disminuir las cifras de abandono, deben surgir del ICBF, puesto que es la entidad gubernamental responsable de promover y regular la adopción en la nación.

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