LA SEGURIDAD SOCIAL Y LOS SUJETOS DE LA OBLIGACIÓN PARAFISCAL
Enviado por cutaclin • 1 de Mayo de 2018 • Apuntes • 4.401 Palabras (18 Páginas) • 180 Visitas
CAPÍTULO I
LA SEGURIDAD SOCIAL Y LOS SUJETOS DE LA OBLIGACIÓN PARAFISCAL
1. Previsión y seguridad social
Gustavo Arce Cano nos dice que la seguridad social “es el instrumento jurídico y económico que establece el Estado para abolir la necesidad y garantizar a todo ciudadano el ingreso para vivir y a la salud, a través del reparto equitativo de la renta nacional y por medio de prestaciones del Seguro Social, al que contribuyen los patrones, los trabajadores y el Estado, o alguno de ellos como subsidios, pensiones y atención facultativa y de servicios sociales, que otorgan de los impuestos de las dependencias de aquel, quedando amparados contra los riesgos profesionales y sociales, principalmente de las contingencias de la falta o insuficiencia de ganancia para el sostenimiento de él y de su familia.”
El artículo 2 de la Ley del Seguro Social, nos indica que la finalidad de la seguridad social (obligatoria), se traduce en los siguientes postulados:
a) Derecho humano a ser sano. Mediante la implementación de servicios encaminados a la aplicación de las medidas preventivas, curativas y de rehabilitación entre la población derechohabiente (inclusive no derechohabiente.
b) Derecho a la asistencia médica. Mediante servicios médicos de: consulta general y de especialidades, laboratorio clínico, rayos X, farmacia, quirófano, urgencias, medicina del trabajo, dietología, etc.
c) Derecho a la protección de los medios de subsistencia. Mediante subsidios o pensiones económicas que permitan a los individuos afectados temporal o permanentemente para laborar (derive o no de enfermedad o riesgo de trabajo), tener un medio de subsistencia, siempre y cuando cubran los requisitos establecidos por la propia LSS.
d) Derecho a los servicios sociales. Sean de turismo y recreación familiar, de capacitación, de prevención de enfermedades, de servicios de funeraria, etc.
Cabe mencionar que el financiamiento de los fines de seguridad social, intervienen los patrones, los trabajadores, y el Estado (la sociedad en su conjunto) a través de las transferencias o subsidios fiscales.
Previsión social: es el anhelo del hombre relativo a su seguridad futura nacida del temor natural de poder enfrentar con cierto éxito, la eventualidad de contingencias, en nada se contrapone a la búsqueda conceptual de que la seguridad social: es la respuesta que la colectividad elabora y estructura para hacer frente a tales aspiraciones del IMSS, que es el instrumento básico de la seguridad social, establecido como un servicio público con operatividad en todo el territorio nacional.
1.1. La relación de trabajo como generadora de obligaciones parafiscales (pasivos de seguridad social)
Relación de trabajo: prestación de un trabajo personal subordinado a una persona mediante el pago de un salario
Con el nacimiento o existencia de una relación de trabajo, no solo se adquieren obligaciones o pasivos laborales (obligaciones de dar, hacer, no hacer, de abstenerse, y de tolerar) en el terreno de la materia laboral; también se originan las relativas al cumplimiento de la seguridad social obligatoria prevista en la LSS, la cual hace cumplir el Organismo Fiscal Autónomo IMSS; las que prevé el INFONAVIT, relativas a la obligación patronal de proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas; las contempladas en el SAR, así como otras obligaciones contenidas en dispositivos legales de naturaleza estrictamente fiscal que regulan la carga impositiva que se aplica a los ingresos que por “sueldos y salarios” perciben los trabajadores y que de manera específica contempla la LISR.
En resumen el nacimiento o existencia de la relación de trabajo genera los siguientes pasivos, que sin lugar a duda, impactan las finanzas de cualquier organización:
a) Obligaciones o pasivos laborales. Que se traducen en erogaciones monetarias que el patrón debe cubrir a sus trabajadores, tales como: C.D., aguinaldo, vacaciones, P.V., PTU, pago de horas extras, pago extra de día de descanso o festivos, prima de antigüedad, etc.
b) Obligaciones o pasivos de seguridad social. El patrón se encuentra obligado a realizar erogaciones monetarias que ostentan el carácter de fiscales, para cubrir la llamada seguridad social obligatoria, aportando a favor de sus trabajadores cuotas de seguridad social ante el IMSS, el INFONAVIT, y el SAR; pero también tiene la obligación de retener las cuotas de seguridad social y los descuentos que por créditos de vivienda corresponda cubrir a sus trabajadores, para luego, enterarlas a las instituciones ya mencionadas.
c) Obligaciones o pasivos fiscales. El patrón de acuerdo a los lineamientos de la LISR, deberá determinar l proporción del “subsidio acreditable” para luego proceder a determinar, liquidar, y retener el impuesto que corresponda cubrir a sus trabajadores y en su caso otorgarles el crédito al salario. De la misma manera, cuando en las organizaciones se hubieran implantado “planes de previsión social” para que los recursos erogados por tal motivo se consideren como “gastos de previsión social”, y por lo tanto deducibles, el patrón deberá cubrir los requisitos exigidos en la LISR.
1.2 Características que definen la relación de trabajo.
a) Subordinación. Facultad legal del patrón, o del personal administrativo de fijar los lineamientos, las instrucciones y ordenes que se consideren convenientes para la obtención de los fines (objeto social) de la organización, siempre y cuando, éstas no sean atentatorias de la seguridad o de la moral del trabajador.
No es necesario que el trabajador concurra a la fábrica o empresa a realizar sus actividades productivas en un determinado horario.
b) Dependencia económica. Derivada del sueldo, las prestaciones y los incentivos que en dinero o en especie recibe el primer como contraprestación por el trabajo personal subordinado. Si se tiene más de un trabajo se debe enfatizar la dependencia patrón-empresa, así cada uno de los patrones con lo que establezca una relación de trabajo, se encuentran obligados a cumplir las obligaciones de seguridad social, y por lo mismo deberán hacer las aportaciones económicas ante el IMSS.INFONAVIT.SAR.
c) Horario de trabajo. Es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo. Aún en la relación de trabajo con jornada o semana reducida, existirá la obligación patronal de hacer aportaciones de seguridad social al IMSS.INFONAVIT.SAR.
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