LEGISLACIÓN ADUANERA TRABAJO
Enviado por Johana Vtas • 1 de Octubre de 2021 • Trabajo • 884 Palabras (4 Páginas) • 172 Visitas
[pic 1]
LEGISLACIÓN ADUANERA TRABAJO
- ¿Si compras FOB SHANGAI, pagas el flete marítimo?
Rta: Sí, si somos nosotros quienes compramos la mercancía, nos corresponde pagar el costo del flete marítimo.
- ¿Si compras DDP Río de Janeiro pagas el seguro del transporte principal?
Rta: No, ya que según lo estipulado en ese término incoterms, es el vendedor quien asume dicho costo.
- ¿Si compras CPT Barcelona, pagas el transporte principal?
Rta: No, si ejercemos el rol de comprador en esta situación debemos pagar el riesgo, más no el costo del transporte principal.
- ¿Si compras CIF NEW YORK y la mercancía se destruye durante el viaje, quien debe reponerla?
Rta: Según el incoterm CIF, es el vendedor quien debe asumir el costo del seguro de la mercancía, es decir; el vendedor debe responder por dicha mercancía.
- ¿Si compras FCA aeropuerto de Houston, pagas el flete aéreo?
Rta: Sí, en este caso el comprador asume el valor correspondiente al flete, y aplica para cualquier modo de transporte.
- ¿Si compras DDP Colombia, pagas los derechos de aduana a la importación?
Rta: No, en el DDP el vendedor es prácticamente quien se encarga de todos los costos relacionados desde el puerto de origen hasta el puerto de destino.
- ¿Si vendes CIP (Arabia Saudita) pagas los trámites de Aduanas a la exportación?
Rta: Sí, pues en el término CIP el encargado de pagar los costos de los trámites y documentación de exportación es el vendedor.
- ¿Si vendes FAS MIAMI pagas el flete marítimo?
Rta: No, asumiendo el rol de vendedor no nos corresponde pagar el flete marítimo con este término.
- ¿Si vendes DPU en Santa Marta, pagas el transporte hasta aquel punto?
Rta: No entendí muy bien la pregunta, según lo que interpreto es que si el vendedor es quien asume el costo del transporte en el país de origen, en este caso; Colombia.
Sí, si se realiza el proceso bajo este término es el vendedor quien asume todos los costos correspondientes con el proceso, exceptuando el valor de la documentación de importación.
- ¿Si vendes una mercadería EXW almacén Chicas, pagas la carga sobre el camión?
Rta: No, por el contrario al término DPU, en este término es el comprador quien asume todos los costos correspondientes con el proceso, exceptuando el embalaje en el país de origen.
- ¿Si vendes CPT Barranquilla, pagas el seguro de transporte?
Rta:Sí, de este costo se encarga el vendedor bajo este término.
- ¿Si vendes FOB Cartagena pagas el transporte interno hasta el puerto?
Rta: Sí, es el vendedor quien asume el costo del transporte interno con el incoterm FOB.
...