La Educación Básica en Venezuela
Enviado por alexandraoro • 10 de Abril de 2013 • Informe • 981 Palabras (4 Páginas) • 371 Visitas
La Educación Básica en Venezuela
La educación básica surge de los estudios, análisis y planteamientos; llevados a cabo por las autoridades educativas venezolanas a las diferentes convenciones y conferencias educativas realizadas a nivel nacional e internacional. Así, en una conferencia de Ministros de Educación, realizada en Caraballeda del 6 al 15 de diciembre de 1971 se recomendó:
La universalización de la Educación General Básica, entendida como la cobertura de toda la población, garantizando servicios educativos de óptima calidad, de conformidad con la política y estrategias de cada uno de los países de la región y que tiende a abarcar de 8 a 9 años o años de educación general y de capacitación para el trabajo. Esta recomendación indica y deja entrever que la educación Básica debe ser extendida a todos los sectores del país sin distinción de raza, sexo, credo, posición económica y social o de cualquier naturaleza.
Más adelante, en diciembre de 1979 se celebró en México la conferencia de Ministros de Educación y de Ministros encargados de la planificación económica de los estados Miembros de América Latina y del Caribe, organizada por la UNESCO, CEPAL Y OEA. En la llamada Declaración de México, aprobada por aclamación, se acordó entre otros puntos lo siguiente:
- Ofrecer una Educación general mínima de 8 a 10 años e incorporar al sistema a todos los niños en edad escolar antes de 1999, de conformidad con las políticas educativas nacionales.
-Dar prioridad y atención a los grupos poblacionales más desfavorecidos, localizados especialmente en las zonas rurales, con vistas a favorecer y a superar las grandes diferencias que aún subsisten entre sus condiciones de vida y las de otros grupos.
El normativo de Educación Básica señala los acuerdos de esta conferencia como uno de los antecedentes inmediatos, por cuanto se considera que el país adquirió en ese momento un compromiso ante la UNESCO, para dar cumplimiento a esos acuerdos. En el Decreto 646 del 13 de junio de 1980, aprobado por los congresistas venezolanos, se establecen los siguientes artículos:
Artículo 2: La Educación Básica es la educación mínima que debe proporcionarse a todo ciudadano con la finalidad de estimular el desarrollo armónico de su personalidad”. Esto indica que la educación básica es la educación mínima y obligatoria que se debe ofrecer a todo ciudadano con el fin de estimularlo en el desarrollo armónico de su personalidad y así capacitarlo para que valore su destino histórico, integrándose a la comunidad con sentido constructivo de modo que pueda incorporarse a la vida laboral y lograr así el éxito que se propone y alcanzar las metas deseadas.
Artículo 3: La Educación Básica estará integrada por los seis grados de la educación primaria más los tres años del ciclo básico de la educación secundaria, constituyendo todo ello una unidad de esfuerzos para lograr el objetivo propuesto en el artículo anterior. En este artículo se expresa muy claro que la educación básica abarcará 9 años desde la educación primaria de seis grados, siguiendo hasta el noveno de educación básica, entendiéndose éste como una obligatoriedad y una responsabilidad de deber y de derecho
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