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La Instalación Y Operación De CASINOS En México


Enviado por   •  25 de Julio de 2013  •  14.359 Palabras (58 Páginas)  •  393 Visitas

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“La instalación y operación de CASINOS en México: análisis de iniciativas y opinión pública”

INTRODUCCION

La instalación y la operación de los casinos en México es un debate parlamentario que se inició formalmente en la LVII Legislatura, con la presentación de una iniciativa de Ley en materia de juegos con apuesta. La discusión sobre este tema ha tenido la particularidad de polarizar a los diferentes actores políticos, económicos y sociales del país, puesto que a la par de las posibles ventajas económicas, también se prevé importantes desventajas.

Por la peculiaridad y lo polemizado de este asunto, con este trabajo se busca rescatar las condiciones más relevantes para su implementación. En este análisis se presenta las opiniones y posturas que se han planteado sobre la conveniencia o inconveniencia de instalar casinos ´"profesionales" en México.

También esta investigación tiene como objetivos examinar las iniciativas de Ley presentadas en la Cámara de Diputados en materia de juegos y sorteos; asimismo se realiza una observación de opinión pública, donde se agrupan los posibles impactos económicos favorables y desfavorables por la instalación y operación de casinos en México.

Se pretende hacer un marco de consulta fundamentado que sirva como herramienta para establecer criterios y posiciones, ya que la mayoría de las personas desconocen el asunto, y por consiguiente existen ideas erróneas, tabúes y criterios fuera de contexto.

Las iniciativas relacionadas con la apertura y operación de los casinos, y que se analizan en este trabajo son las siguientes:

• Iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos, a cargo del C. Dip. Fed. Isaías González Cuevas del Grupo Parlamentario del PRI de la LVII Legislatura, disponible en la Gaceta Parlamentaria del 3 de marzo de 1999. En la redacción de los cuadros se nombrará como iniciativa No. 1.

• Iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuestas y Sorteos, a cargo de los C. Dip. Fed. Tomás Coronado Olmos y Eduardo Rivera Pérez del Grupo Parlamentario del PAN de la LVIII Legislatura, disponible en la Gaceta Parlamentaria del 27 de agosto del 2003. En la redacción de los cuadros se nombrará como iniciativa No. 2.

• Iniciativa Ley de Federal de Juegos con Apuestas y Sorteos, a cargo del C. Dip. Fed. Javier Bravo Carbajal del Grupo Parlamentario del PRI de la LIX Legislatura, disponible en la Gaceta Parlamentaria del 29 de abril del 2004. En la redacción de los cuadros se nombrará como iniciativa No. 3.y criterios fuera de contexto.

Toda la investigación se integra de tres apartados:

En el primero, se puntualiza que los casinos en México están prohibidos desde 1938, aunque la Secretaría de Gobernación tiene la facultad absoluta y discrecional de autorizar su instalación y operación.

En el segundo, se analizan las iniciativas de juegos con apuesta, descartándose el estudio de los sorteos. Los temas abordados están relacionados con los casinos, el régimen fiscal, el régimen de inversión, el control contra el lavado de dinero y la autorización para la explotación de licencias y licencias de trabajo.

En tercero, se realiza un estudio de opinión pública relacionado con el impacto económico de la instalación y la operación de los casinos en México. Se exponen los posicionamientos a favor y en contra.

En este sentido, es importante destacar que la base de este proyecto es ahondar más sobre la idea de instalar casas de juego en México. La situación real que fluctúa ante la apertura de casinos se describe, analiza y argumenta en las siguientes líneas.

Resumen Ejecutivo Del Contenido de las iniciativas.

La prohibición para instalar y operar casinos en México data del 24 de junio de 1938, cuando en un Decreto, el entonces Presidente Lázaro Cárdenas ordenó su abolición, aduciendo que, por su propia naturaleza son focos de atracción del vicio, de mafias y explotación por parte de apostadores profesionales.

Sin embargo, el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Gobernación, tiene la facultad absoluta y discrecional de autorizar los juegos con apuestas o prohibidos.

En este trabajo se definió a los casinos como establecimientos abiertos al público en el que se realizan juegos de azar con apuesta, de conformidad con una licencia expedida por la Comisión de Juegos, Sorteos y Casinos.

Algunos juegos que se pueden practicar dentro de los casinos son los siguientes: la ruleta, los dados, las cartas y los naipes, la rueda de la fortuna y las máquinas tragamonedas.

Si se aprueba la instalación y operación de los casinos en México, el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Gobernación, tendría la facultad de regular esta actividad. Para apoyar a la SEGOB se crearía una Comisión, que sería un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría, con autonomía técnica y operativa. La Comisión tendría entre otras funciones regular, autorizar, vigilar y controlar la actividad relacionada con los casinos.

Del análisis de las iniciativas en materia fiscal se obtuvo lo siguiente: en la propuesta No. 1, se expone que aquellas personas que exploten las licencias para instalar casinos en México tienen que pagar un derecho, el cual se calculará tomando como base el ingreso neto que registre el casino. En la iniciativa 2 y 3, se tendrá que pagar el aprovechamiento por la explotación del permiso, en ambos casos, la base para calcular este gravamen serán los ingresos brutos.

El monto del impuesto y el criterio de distribución sería el siguiente:

En la iniciativa presentada por el ex Dip. González Cuevas, los derechos que se tendrían que pagar al Gobierno Federal por el uso y explotación de las licencias serían por dos vías:

En el caso de las licencias de trabajo, se cobraría el 6% de los ingresos netos, los cuales el 1% se asignaría el Gobierno Federal, el 3% a los estados y el 2% a los municipios. Con las licencias especiales, el cobro sería del 4% de los ingresos netos, de los cuales, el 1% se asignaría a la federación, el 1.5% para los estados y municipios respectivamente.

En la iniciativa presentada por los Diputados Coronado Olmos y Rivera Pérez, los aprovechamientos que obtendría el Gobierno Federal sería del 9% de los ingresos brutos, recursos que se distribuirían proporcionalmente entre los tres órdenes de gobierno. En la iniciativa del Diputado Bravo Carvajal, los aprovechamientos también serían del 9% de los ingresos brutos, lo que varía es el mecanismo de distribución, asignándose de la siguiente manera: 20% para la Federación, 30% para los estados y 50% para los

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