La Interrelación De Los Tributos Entre Impuestos Indirectos Y Directos
Enviado por djdulce12 • 17 de Septiembre de 2013 • 3.888 Palabras (16 Páginas) • 897 Visitas
UNIDAD CURRICULAR: SISTEMA TRIBUTARIO VENEZOLANO
La interrelación de los tributos entre impuestos indirectos y directos
INTRUDUCCION
Desde la perspectiva más general, los sistemas tributarios en Venezuela han sufrido constantes transformaciones en la última década, muchas veces con el objetivo de mantener y aumentar la recaudación en un máximo posible de manera de no depender solamente de la renta petrolera, ya que el petróleo es un recurso no renovable y no existen mecanismos que permitan mantener estos ingresos a través del tiempo.
Es de importancia dada la relevancia que tienen los impuestos en los ingresos públicos, y en este caso veremos la interrelación de los tributos entre impuestos indirectos y directos y considerando que la estructura tributaria en sí constituye un mecanismo de distribución del ingreso, no puede independizarse el análisis de los niveles de recaudación con los sectores de la sociedad que contribuyen a ese nivel de ingreso, lo que conduce a los niveles de progresividad o regresividad de los impuestos existentes.
Interrelación de los tributos entre impuestos indirectos y directos
La estructura tributaria venezolana durante el período 2000-2008 cuenta con los siguientes tipos de impuestos: ISLR (Impuesto sobre la renta),IAE (Impuesto a los Activos Empresariales),IAEA (Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas) ,ISDRC (Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y Ramos Conexos),TF (Timbres Fiscales), ISCMT (Impuesto Sobre Cigarrillos y Manufactura de Tabaco),EORNF (Estatuto Orgánico de la Renta Nacional Fósforos) e Impuestos sobre nómina o parafiscales (INCE, paro forzoso, política habitacional, pensiones, entre otros), como deducciones que se hacen a los empleados y empresarios por el organismo competente encargado de su recaudación. Según las estadísticas del SENIAT los ingresos tributarios (no incluye contribuciones sociales) durante el período del 2008 se ubican en un 9,85% según el PIB, lo que indica una diferencia del 1,28 superior en base al año 2000. La participación más alta es figurada por el período 2007, la cual es equivalente al 11,57%. (Ver Gráfico N°1).
Gráfico N°1. Ingresos Tributarios en Venezuela.
Elaboración propia sobre las bases estadísticas de la Oficina Nacional del Tesoro, SENIAT,
Gerencia de Estudios Económicos Tributarios
Estos ingresos están compuestos por impuestos directos e indirectos, donde los directos arrojan un promedio del 3,76% (PIB) durante (2000- 2008) y están representados por el Impuesto Sobre la Renta (ISLR), Activos empresariales y otras actividades, siendo los más relevantes el ISLR y Otras Actividades con un promedio del 3,55% y 0,21% respectivamente. En este sentido, el Impuesto Sobre la Renta, según la Ley que lo rige, están sujetos de dicho impuesto todas la personas naturales y jurídicas, que tienen su fuente de ingreso dentro o fuera del país, además serán grabadas por dicho impuesto las personas naturales y jurídicas no domiciliadas en el país, si su fuente de enriquecimiento ocurre dentro del mismo.
Las personas naturales y los contribuyentes similares pagarán el impuesto y demás gravámenes con base en la tarifa N°1 y la tarifa N°2 corresponde para el pago del impuesto a las compañías anónimas y los demás contribuyentes asimilados a éstas.
El impuesto anteriormente descrito ha tenido diversas exoneraciones destinadas a las personas naturales y jurídicas, entre las cuales, se tiene la exoneración parcial del año 2002, en un monto equivalente al 13% sobre la totalidad del impuesto sobre la renta determinado que se derive de los enriquecimientos netos de la fuente territorial, obtenidos por la producción en los establecimientos manufactureros, ubicados en ciertos estados ( Delta Amacuro, Amazonas, Apure, Portuguesa, Barinas, Guárico, Trujillo y Sucre) la cual ofrecen servicios de asistencia técnica y transferencia tecnológica a dichos establecimientos. Otra exoneración parcial surge en el año 2004, destinada a los municipios (Bolívar, García de Hevia, y Pedro María Ureña del Estado Táchira), mientras que en el año 2006 se establece la exoneración a las empresas del Estado que desarrollan la actividad de fraccionamiento industrial del plasma, destinado a la elaboración de medicamentos derivados de la sangre humana.
En el año 2007, se exonera del pago del Impuesto Sobre La Renta, los enriquecimientos obtenidos por las personas naturales y jurídicas domiciliadas en el País y aquellos enriquecimientos netos de fuente venezolana provenientes de la explotación primaria.
Finalmente, para el año 2008 surge una renovación de la exoneración del sector agrícola, con la finalidad de permitir el crecimiento en la producción, promoción y mejoramiento de la infraestructura y servicios fundamentales en las zonas rurales, así como la protección al productor y a los productos nacionales.
Esta exoneración va dirigida a los enriquecimientos netos de fuente venezolana provenientes de la explotación primaria de las actividades agrícolas, pecuarias, avícolas, pesqueras, acuícolas y piscícolas, obtenido por personas naturales, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, siempre que residan en el país.
En cuanto a las exenciones de este impuesto (Ley ISLR,art14 ) se tiene a las entidades oficiales (entidades venezolanas de carácter público, Banco Central de Venezuela, entre otros),los diplomáticos extranjeros, instituciones benéficas o de asistencia social, indemnizaciones laborales y de Seguros, pensiones, herencias y donaciones, planes de Ahorro General, intereses (generados por depósitos a plazo fijo, cédulas hipotecarias, certificados de ahorro, y cualquier otro instrumento de ahorro previsto en la Ley General de Bancos y otras instituciones financieras, así como los rendimientos obtenidos por inversiones efectuadas en Fondos Mutuales o de Inversión de Oferta pública),instituciones sin Fines de Lucro, Instituciones de Ahorro y las Sociedades Cooperativas, asociaciones en convenios petroleros, Títulos Valor emitidos por el País y los becarios.
Es de hacer notar, que según providencia administrativa promulgada en noviembre 2005, Gaceta oficial N° 0949, dispone que los funcionarios públicos y trabajadores al servicio de los órganos y entes públicos nacionales, estadales y municipales que perciban enriquecimientos superiores a 1000 unidades tributarias, deben declarar el Impuesto Sobre La Renta.
En cuanto al Impuesto de los
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