La Politica
Enviado por dasaco88 • 13 de Mayo de 2012 • 11.312 Palabras (46 Páginas) • 417 Visitas
EL CASO DE
LOS EXPLORADORES
DE CAVERNAS
Lon L. Fuller
@ LEXIS NEXIS
Abeledo-Perrot
F~ilerL, on L.
El caso de los exploradores de cavemas.- 2' 4.-
Buenos Aires : Abeiedo Perrot. 2002.
80 p. ; 16x12 cm.
Traducción de Genaro R. Carrió y Leopoido J. Niilus
l. Título - 1. Filocofia del Derecho
Dei-echos adquiridos para el idioina espziíol por
ABELEDO - PERROT S.A.E. 2 1
Todos !os 2ci.eciios i-escrvados
O by .&BELEDO-PERROT
LLYISNEXx!~n c ~ s ~Si.Az.~
L~tvsllc 1759 - (CiOISAAF) - Bucnoj Aires - .Argcniinri
Ti.!. (54-1 1 ) 55S3-SS03 - iii<o@Iexisncxis.coni.rir
QUC'C!:~ 1)echo ci dilp5siti) quc marca la ley 1 i.773
Título sn ingl5s
"THE CASE OF ?HE SPELUYCEAN EXPLCJRERS"
C~~nyr !%0!~ bty Hnrvard Liiw Revie:v Xssoci~iion
Tnducción de
Ccniiro R. Ccirrió y Leopoido J. Kiiius
NOTA PRELI31INAR
Los hechos de este caso imagi~iarion o son totalmente
imaginarios. Fuller afirma que le fueron
sugeridos por Qcteer~v s. Ducile';j. Stepl~ens(L . R.
14 Q. B. Div. 273; 1884) y por U~liteSs rates vs.
Holmes (Wall. 1 ; 1842). Tampoco loes -aunque
en otro sentido- la Corte Su~remdae Newgarth
y sus cinco miembros. Éstos representan otras
tantas actitudes o "filosofías" frente a los problemas
jurídicos. Truepenny, Foster, Tatting,
Keen y Handy son, por cierto, caricaturas. Fuller
se apresilra a reconocerlo. Pero cada uno de ellos,
con unilateral determinación, exhibe rassos que
combinados en proporciones diversas definen a
los jueces de carne y hueso que conocemos, y
permiten clasificarlos.
Este ensayo jurídico, de naturaleza tan poco
convencional, llegará a ser clásico. Es una pequeña
obra maestra; cada nuzva lectura descubre
nuevas sutilezas. Su idea central 2s mostrar
cómo los problemas más abstractos de la filosofíajurídica
,oravitan en la decisión de las controversias
que se ventilan en los tribunales, de
suerte que el esclarecimiento de aquéllos no es
un mero placer para especialistas, sino una premiosa
urgencia. Esa idea está ejecutada adnirablemente.
Sólo cabría reprochar a Fuller, me
parece, haber puesto mucha luminosidad en la
argumentación de Foster y bastante menos en la
de ¡os otros. ¿Será ello prueba de que, como
piensan algunos, Foster es menos una caricatura
que un autorretrato?
"E1 caso de los exploradores de cavernas"
estáéspecialmente adaptado para sen ir de valiosa
herramienta en la enseiíanza del Derecho.
Abre ante nuestros ojos una segura y apasionante
vía que conduce directamente al corazón de
los grandes temas de la teoría jurídica, en un
contexto atractivo, liberado de la pesadez y solerrinidad
que caracteriza a muchas dc las euposiciones
tradicionales. Favorece la discusión y
el anáiisis; permite contraponer posiciones antagónicas
en relación con dificultades concretas,
aclarando así el significado efectivo de
aquéllas; muestra cómo los problemas capitales
de la teoría jurídica se presentan indisolublemente
ligados entre sí, pero tambiSn pone en
guardia contra el riesgo de confundirlos. d
La afirmación de que "El caso de los exploradores
de cavernas" es una herramienta valiosa
para la enseñanza del Derecho está basada, en
este caso. en la propia experiencia. La traducción
que ahora damos a la imprenta fue especialmente
preparada para uso de los esiudiantes
del Curso de Promoción sin Examen de Introducción
al Derecho, desarrollado en el segundo
semestre de 1960 por Guillermina del Campo,
Carlos E. .Alchourrón, E~g e n i oB ulygin. Leopoldo
Niilus y el suscripto, en 13 Facultad de
Derecho de Buenos Aires. Pudimos apreciar
entonces en forma directa el alto valor pedagógico
de este singular texto jurídico. Ello nos ha
decidido a publicarlo.
Por mi parte. abrigo la esperanza de que esta
versión de la infortunada suerte de los exploradores
de cavernas pueda ayudar ri que muchos
abozados se reconcilien con la Fil~sofíadeDl srecho,
al hacerles ver que el ejerciciode tan alta
disciplina no está necesariamente reiíido con la
claridad y que, a veces, es incluso compatible
con e1 sentido del humor.
Quiero agradecer, por último. al Trofesor
Lon L. Fuller y a la Harvard Law Review Association,
su gentil autorización para publicar a t a
izísión casteltana.
EL CASO DE LOS EXPLORADORES
DE CAVERNAS
Suprma Cortz de Nz:r !3~rth - Xiío 1300
Los acusado fueron procesados por homicidio.
El tribunal del Condado de Stowfield los
declaró cuipabies y fueron condenados a la horca.
Los a!udidos apelan ante estacorle. Los hechos
aparecen con suficiente detalle en !a :?!ación
de! señor Presidente.
Prcsic!e:~reT niepei~iz-L. os cuatro ~cusado;.
con miembros dz ia Socizdad Espel~ológicli.
que 2s una organización iie aficionados a la rxplorución
de ca; tinas. h pt,ncipios de mxyo de
4-99. sn cornpaÍ?ía de Roger Wheíinore, en
aquel entonces micmtro también de la Socizdad.
penetraron zn el interior de una caverna de
piedra caiiza. dzl tipo que sc encuentra en la
Plataforma Central de este Comrnoiiwealth.
Cuando se hallaban ya lejos de la entrada de la
caverna, tuvo lugar una avalancha. La única
abertura conocida de la caverna fue campletamente
bloqueada por pesados cantos. Al desctibrir
su situación, los exploradores se ubicarori
en las cercanías de la entrada obstruida para
aguardar que a1;una partidade rescate removiera
los escombros que les impedían salir de su
prisión subterrinea. Al no volver Whetmore y
los acusados a sus casas, el secretario de la SOciedad
fue notificado por las familias de aqui-
110s. Los exploradores habían dejado indicaciones
en la sede central de la Sociedad acerca de la
ubicación de la caverna que se proponían tisitar.
Una partida de rescate fue enviada de inrnediato
al lugar indicado.
La tarea del rescate, empero, resultó de extraordinaria
dificultad.
...