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La Politica


Enviado por   •  13 de Mayo de 2012  •  11.312 Palabras (46 Páginas)  •  417 Visitas

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EL CASO DE

LOS EXPLORADORES

DE CAVERNAS

Lon L. Fuller

@ LEXIS NEXIS

Abeledo-Perrot

F~ilerL, on L.

El caso de los exploradores de cavemas.- 2' 4.-

Buenos Aires : Abeiedo Perrot. 2002.

80 p. ; 16x12 cm.

Traducción de Genaro R. Carrió y Leopoido J. Niilus

l. Título - 1. Filocofia del Derecho

Dei-echos adquiridos para el idioina espziíol por

ABELEDO - PERROT S.A.E. 2 1

Todos !os 2ci.eciios i-escrvados

O by .&BELEDO-PERROT

LLYISNEXx!~n c ~ s ~Si.Az.~

L~tvsllc 1759 - (CiOISAAF) - Bucnoj Aires - .Argcniinri

Ti.!. (54-1 1 ) 55S3-SS03 - iii<o@Iexisncxis.coni.rir

QUC'C!:~ 1)echo ci dilp5siti) quc marca la ley 1 i.773

Título sn ingl5s

"THE CASE OF ?HE SPELUYCEAN EXPLCJRERS"

C~~nyr !%0!~ bty Hnrvard Liiw Revie:v Xssoci~iion

Tnducción de

Ccniiro R. Ccirrió y Leopoido J. Kiiius

NOTA PRELI31INAR

Los hechos de este caso imagi~iarion o son totalmente

imaginarios. Fuller afirma que le fueron

sugeridos por Qcteer~v s. Ducile';j. Stepl~ens(L . R.

14 Q. B. Div. 273; 1884) y por U~liteSs rates vs.

Holmes (Wall. 1 ; 1842). Tampoco loes -aunque

en otro sentido- la Corte Su~remdae Newgarth

y sus cinco miembros. Éstos representan otras

tantas actitudes o "filosofías" frente a los problemas

jurídicos. Truepenny, Foster, Tatting,

Keen y Handy son, por cierto, caricaturas. Fuller

se apresilra a reconocerlo. Pero cada uno de ellos,

con unilateral determinación, exhibe rassos que

combinados en proporciones diversas definen a

los jueces de carne y hueso que conocemos, y

permiten clasificarlos.

Este ensayo jurídico, de naturaleza tan poco

convencional, llegará a ser clásico. Es una pequeña

obra maestra; cada nuzva lectura descubre

nuevas sutilezas. Su idea central 2s mostrar

cómo los problemas más abstractos de la filosofíajurídica

,oravitan en la decisión de las controversias

que se ventilan en los tribunales, de

suerte que el esclarecimiento de aquéllos no es

un mero placer para especialistas, sino una premiosa

urgencia. Esa idea está ejecutada adnirablemente.

Sólo cabría reprochar a Fuller, me

parece, haber puesto mucha luminosidad en la

argumentación de Foster y bastante menos en la

de ¡os otros. ¿Será ello prueba de que, como

piensan algunos, Foster es menos una caricatura

que un autorretrato?

"E1 caso de los exploradores de cavernas"

estáéspecialmente adaptado para sen ir de valiosa

herramienta en la enseiíanza del Derecho.

Abre ante nuestros ojos una segura y apasionante

vía que conduce directamente al corazón de

los grandes temas de la teoría jurídica, en un

contexto atractivo, liberado de la pesadez y solerrinidad

que caracteriza a muchas dc las euposiciones

tradicionales. Favorece la discusión y

el anáiisis; permite contraponer posiciones antagónicas

en relación con dificultades concretas,

aclarando así el significado efectivo de

aquéllas; muestra cómo los problemas capitales

de la teoría jurídica se presentan indisolublemente

ligados entre sí, pero tambiSn pone en

guardia contra el riesgo de confundirlos. d

La afirmación de que "El caso de los exploradores

de cavernas" es una herramienta valiosa

para la enseñanza del Derecho está basada, en

este caso. en la propia experiencia. La traducción

que ahora damos a la imprenta fue especialmente

preparada para uso de los esiudiantes

del Curso de Promoción sin Examen de Introducción

al Derecho, desarrollado en el segundo

semestre de 1960 por Guillermina del Campo,

Carlos E. .Alchourrón, E~g e n i oB ulygin. Leopoldo

Niilus y el suscripto, en 13 Facultad de

Derecho de Buenos Aires. Pudimos apreciar

entonces en forma directa el alto valor pedagógico

de este singular texto jurídico. Ello nos ha

decidido a publicarlo.

Por mi parte. abrigo la esperanza de que esta

versión de la infortunada suerte de los exploradores

de cavernas pueda ayudar ri que muchos

abozados se reconcilien con la Fil~sofíadeDl srecho,

al hacerles ver que el ejerciciode tan alta

disciplina no está necesariamente reiíido con la

claridad y que, a veces, es incluso compatible

con e1 sentido del humor.

Quiero agradecer, por último. al Trofesor

Lon L. Fuller y a la Harvard Law Review Association,

su gentil autorización para publicar a t a

izísión casteltana.

EL CASO DE LOS EXPLORADORES

DE CAVERNAS

Suprma Cortz de Nz:r !3~rth - Xiío 1300

Los acusado fueron procesados por homicidio.

El tribunal del Condado de Stowfield los

declaró cuipabies y fueron condenados a la horca.

Los a!udidos apelan ante estacorle. Los hechos

aparecen con suficiente detalle en !a :?!ación

de! señor Presidente.

Prcsic!e:~reT niepei~iz-L. os cuatro ~cusado;.

con miembros dz ia Socizdad Espel~ológicli.

que 2s una organización iie aficionados a la rxplorución

de ca; tinas. h pt,ncipios de mxyo de

4-99. sn cornpaÍ?ía de Roger Wheíinore, en

aquel entonces micmtro también de la Socizdad.

penetraron zn el interior de una caverna de

piedra caiiza. dzl tipo que sc encuentra en la

Plataforma Central de este Comrnoiiwealth.

Cuando se hallaban ya lejos de la entrada de la

caverna, tuvo lugar una avalancha. La única

abertura conocida de la caverna fue campletamente

bloqueada por pesados cantos. Al desctibrir

su situación, los exploradores se ubicarori

en las cercanías de la entrada obstruida para

aguardar que a1;una partidade rescate removiera

los escombros que les impedían salir de su

prisión subterrinea. Al no volver Whetmore y

los acusados a sus casas, el secretario de la SOciedad

fue notificado por las familias de aqui-

110s. Los exploradores habían dejado indicaciones

en la sede central de la Sociedad acerca de la

ubicación de la caverna que se proponían tisitar.

Una partida de rescate fue enviada de inrnediato

al lugar indicado.

La tarea del rescate, empero, resultó de extraordinaria

dificultad.

...

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