La Revolución Industrial
Enviado por melissafpim • 22 de Agosto de 2013 • 963 Palabras (4 Páginas) • 356 Visitas
Motivos que dieron pie a la reforma: tiempo, costo y violación de garantías.
Diferencias entre sistema acusatorio y sistema inquisitivo:
Inquisitivo: todo es escrito, secreto
-principal distinción: lo roles del juez no estaban determinados.
-inquisitivo: prueba tasada -acusatorio: libertad de pruebas
-inquisitivo: averiguación previa secreta -acusatorio: el mp debe avisar al inculpado q le esta abriendo una carpeta de investigación ya no se llama averiguación previa.
-inquisitivo: persecución penal de oficio -acusatorio: selectividad en la persecución penal
-inquisitivo: confesión principal medio de investigación -acusatorio: declaración del inculpado es un derecho
-inquisitivo: imputado es el objeto de la persecución penal, sus derecho ceden ante la investigación eficiente -acusatorio: es un sujeto de persecución (persecución de inocencia)
Objetivos de la reforma-. Reducir el índice de impunidad, dar rapidez y seguridad jurídica a los procedimientos penales, contar con resoluciones judiciales justas-, recuperar la credibilidad de la ciudadanía hacia las instituciones del sistema de justicia penal.
Cambio:
en materia de Procuración de Justicia-, concede valor preponderante a la prueba técnica y científica en el proceso de investigación criminal.
-se descarga de tareas admvas al MP para q concentre su actuación especializada en función investigadora.
-se incorpora con responsabilidad directa a la policía ministerial en las investigaciones y con tareas complementarias a la policía preventiva.
-se establecen esquemas eficientes para la coordinación policial
-se garantiza la autonomía técnica y científica de los servicios periciales-
-se prevé la supervisión judicial de la actuación del MP para garantizar los derechos del imputado.
-establece un modelo de justicia alternativa diferente al sistema punitivo tradicional pero admvo por el Edo.
-dicho sist se actualiza mediante un procedimiento simplificado para la solución de conflictos cuyo seguimiento está a cargo de personal multidisciplinario suficientemente habilitado en técnicas de negociación, mediación y conciliación.
En materia de administración de Justicia:
1. consagra la oralidad y publicidad de los juicios penales, lo q ayude a prevenir y evitar la burocracia q acumula expedientes, haciendo posible q el juez dicte sentencia en un plazo no mayor de un año.
2. incorpora el procedimiento abreviado ante el juez de garantía, el cual facilita las condiciones para q se pueda dictar sentencia en un término q va de las
-juez de control o de garantías: conoce de las primeras dos etapas; tmb puede dictar sentencias cdo el inculpado se allana-
-juez de ejecución deber q se ejecuten efectivamente las sentencias, deber q se otorguen los beneficios justos, este juez tmb debe procurar q se le respeten sus garantías individuales en el penal.
-Juez de juicio oral: dicta a sentencia
Principios constitucionales: 14 al 23 constitucional. Pruebas q no se desahogaron ante el juez pierden su valor.
ETAPA 1
ETAPA 2
ETAPA 3
Reforma constitucional-.
Desde el 13 hasta el 23
-el 73 delincuencia organizada
-sistema acusatorio: entra en vigor en julio del 2016
Estados en los que ya ha entrado en vigor:
1. Nuevo León
2 chihuahua
3. D.F.
4.Oaxaca
5- Baja California
PRINCIPIOS RECTORES:
Concentración, continuidad, inmediación, contradicción, publicidad.
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