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La importancia de capacitar a los custodios en Derechos Humanos


Enviado por   •  12 de Marzo de 2018  •  Ensayo  •  644 Palabras (3 Páginas)  •  174 Visitas

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En nuestro país existe un gran desafío en cuanto a dignificar el Sistema Penitenciario tanto la estancia en las prisiones, así como la calidad del trato que los reos día a día padecen, así como la necesidad de la reinserción social. Vencer estos desafíos, modificar el sistema y mejorarlo es labor en la cual todos tenemos que involucrarnos. Sobre todos aquéllos que nuestro deber es servir y legislar en pro de los derechos de todos los Morelenses y personas dentro de nuestro Estado.

El artículo 18 Constitucional en su segundo párrafo estipula que El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos; dicho lo anterior y dentro del catálogo de prerrogativas que debemos observar en favor de los cautivos, encontramos tres muy importantes:

1) Derechos como persona;

2) Derechos como ciudadano; y

3) Derechos como internos.

Recordemos que los presos han perdido el derecho a la libertad, por lo tanto, el artículo 11 Constitucional no aplica para las personas que han sido privadas de su libertad por algún delito; y por otro lado también se ven afectados su derecho a votar y ser votados, los cuales podríamos clasificarlos dentro de los derechos como ciudadanos.

Y por cuanto a los Derechos como internos, hay mucho que hacer, hay mucho por lo cual pelear y defender. Pese a lo establecido por la Legislación donde nos establece que a los reclusos sólo debe privarse su libertad, pareciera que han de suspenderse todos sus derechos humanos, con ello me refiero a que se atenta contra su derecho a la salud, a la integridad física, su derecho al trabajo remunerado e incluso su derecho a la vida.

La situación precaria e insalubre que viven a diario los reclusos es lamentable y más aún, cuando el Estado conoce de esta situación sin siquiera hacer algo al respecto. Si bien es cierto que los presos son personas que están purgando una pena, también lo es que no han perdido su calidad como personas inherentes de derechos. Por otro lado, es una realidad que Derechos Humanos sólo puede emitir recomendaciones, por lo tanto carece de coercibilidad y que de alguna forma, resultan siendo poco o nulamente favorables para la violación de Derechos Humanos.

Es importante seguir velando por los Derechos Humanos de todas las personas, en esta exhort me refiero específicamente a los morelenses en situación de cárcel.

Uno de los Derechos Fundamentales que tenemos como personas es la comunicación, es realmente importante conservar vínculos con la sociedad exterior y así no romper lazos familiares y sociales del interno. Cabe mencionar que en las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, adoptado en 1955, mismo que en su apartado de “Comunicación con el Exterior” y referente a la regla número 58 a la letra establece

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