La sociología jurídica y su vinculo con el derecho
Enviado por Germán A. Vela • 26 de Noviembre de 2018 • Ensayo • 335 Palabras (2 Páginas) • 145 Visitas
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INSTITUTO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS
Derecho Romano
Actividad de aprendizaje 2. Tipo de cosas
Presenta: Germán Alonso Vela
Matrícula: 99813
Grupo: L057
Asesora: Dr. Carlos Alberto Mejías Rodríguez.
Puebla, Pue., a 15 de octubre de 2018.
TIPO DE COSAS.
En este trabajo de investigación, vamos a explicar en forma de un cuadro comparativo el tipo de cosas, entendemos que las “cosas” son sujeto activo o pasivo de la relación jurídica y se usa para indicar aquello que puede ser objeto de derecho, es decir, todo lo que tenga entidad corporal o espiritual, natural o artificial, real o abstracta y sea susceptible de una apreciación económica.
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RES DIVINI IURIS; SACRAE, RELIGIOSAE, SANCTAE. | Los templos sagrados, los utensilios que utilizaban en ceremonias religiosas, así como las limosnas o donativos hechos a la divinidad, los sepulcros religiosos. |
RES HUANIIURIS, COMMUNES, PUBLICAE, UNIVERSITATES | Cosas comunes: El aire, el agua, sus océanos. En las osas publicas ríos, los puertos, vías publicas y por último en las cosas universitates son: los teatros, los foros, las plazas. |
RES MANCIPI | Los esclavos, los animales. Todo lo que tuviera que ver con la cuestión agrícola, ya sea suelo. |
RES NEC MANCIPI | Los alimentos, el dinero , el vino, trigo |
Requerimientos indispensables para adquirir la propiedad.
Gayo (s. II), los divide en dos grupos:
- Los que pertenecen al derecho de gente; estos son accesibles a todos.
- Los que pertenecen al derecho civil; estos son validos solo por los ciudadanos romanos y para los que disfrutan del commercium.
Para concluir, entendemos que para los Romanos el termino “cosas” es todo lo que tenga apreciación económica, lo explique en el cuadro comparativo como se divide así como los requerimientos indispensables para adquirir una propiedad. Hoy en día las cosas no son tan similares porque un ejemplo de ellos, es que ya no existen los esclavos y hacemos usos de las garantías individuales, alguna de ellas son parecidas con las de el Antiguo Imperio Romano.
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