ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Las diferencias entre el derecho civil y comercial


Enviado por   •  19 de Agosto de 2013  •  Informe  •  329 Palabras (2 Páginas)  •  916 Visitas

Página 1 de 2

DIFERENCIAS ENTRE LO CIVIL Y LO MERCANTILCIVIL MERCANTILEl

Derecho civil

tiene como materiafundamental de estudio los derechos yobligaciones de la persona desde sunacimiento, hasta su muerte.

El Derecho Mercantil únicamente regula unaparte de la actividad humana, la actividadprofesional del comerciante.El derecho civil es un derecho común. El derecho Mercantil en cambio es underecho especial.El derecho civil regula la vida y la muerte, Ej.La Sucesión hereditaria.El derecho Mercantil regula únicamente lavida.En la contratación Civil no se necesita tenerningún tipo de profesión para poder llevar acabo dichos contratos.En el contrato Mercantil, es indispensable quepor lo menos una de las partes seacomerciante. Art. 2036 C.C. y 1 Y 5 C.Com.Los Negocios jurídicos en lo civil, pueden serlucrativos o de forma Gratuita.En el Derecho Mercantil todos los negociosque se den, son eminentemente Lucrativos.Toda asociación que se crea deberá serinscrita en el Registro civil.Toda sociedad que se crea deberá ser inscritaen el Registro Mercantil o bien en el Registrode mercados de valores.Los cónyuges no pueden constituir sociedadcivil salvo que lo hagan como socios terceraspersonas. Art. 1736 C.C.Los cónyuges si pueden crear sociedad. Art. 19C.Com.En la Compraventa civil se prohíbe laretroventa Art. 1791 C.C.En el Derecho Mercantil si está permitida laretroventa.El Derecho Civil es eminentementeFormalista.El derecho Mercantil es anti formalista, aexcepción de algunos contratos que requierensolemnidades especiales. Art. 671 C.Com.Todo el Derecho Civil se rige por sus propiasleyes Civiles.Mientras el Derecho Mercantil se rige por susleyes Mercantiles y supletoriamente con lasleyes civiles en lo que no regula Art. 1 y 694C.Com.En caso de Mora en el Derecho Civil tieneque existir Requerimiento Notarial o JudicialArt. 1428 y 1430 C.C.La Mora en lo Mercantil es automática. Art.677 C.Com.La solidaridad civil debe de ser expresa. Art.1353 C.C.La solidaridad en Mercantil se presume. Art.674 C.Com.Las sociedades civiles no están sujetas apublicidad para poder constituirse.Para la constitución de una sociedad Mercantilsi es necesaria la publicación de edictos. Art.341 C.Com.Las Sociedades Civiles no están obligadas allevar libros de contabilidad.Mientras que las sociedades Mercantiles siestán obligadas a llevar libros de Contabilidad.Art. 368 C.Com.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (2 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com