Legislación Comercial y Tributaria
Enviado por Piero Miñope • 21 de Julio de 2022 • Práctica o problema • 490 Palabras (2 Páginas) • 241 Visitas
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TAREA ACADÉMICA 4
INTEGRANTES:
Pyero Fuentes Calderon
Piero Miñope Becerra
DOCENTE:
Diana Carolina Silva Vílchez
CURSO:
Legislación Comercial y Tributaria
Chiclayo,2022
- ¿Cuál es la multa a imponer cuando un contribuyente emite tickets que no están autorizados por la SUNAT?
La multa está en el artículo 174° numeral 8 y es de comiso 7.
- Ud. realiza actividades de Notaria y la administración tributaria le ha solicitado información que le ayude a determinar sus obligaciones tributarias, pero Ud. ha decidido ocultar esa información y negarse a entregarle a la AT. ¿Podría tener alguna sanción? Explique.
Si una sanción por 50% de la UIT, ubicada en el articulo 177° numeral 15.
- ¿Qué sanción, se le aplica a un contribuyente que se niega a proporcionar los libros contables de una empresa para establecer la base imponible de los tributos?
La sanción es de 0.3% de los IN (11) Ubicada en el numeral 5 del articulo 177°
- ¿Qué sanción debe recibir un contribuyente que ha presentado una rectificatoria a su declaración jurada y ha determinado un mayor impuesto a pagar?
30% de la UIT , NUMERAL 4 , ARTICULO 176°
- ¿Qué sanción, se le aplica a un contribuyente que se niega a asistir a una cita realizada por Sunat para presentar sus libros contables?
0.3 de los IN , NUMERAL 5 DEL ARTICULO 177°
- ¿Calcule la sanción de los ingresos omitidos por 25,600.00 (Base Imponible) Ud. desea rectificar de manera voluntaria no tiene para pagar el tributo omitido, pero le podría alcanzar para la multa?
La sanción se encuentra en el Articulo 175 numeral 3 con una sanción del 0.6% de los Ingresos Netos.
- ¿Cuánto es la sanción para un contribuyente que ha presentado su DJ del Régimen General, pero fuera del plazo establecido?
La sanción establecida se encuentra en el Articulo 176 numeral 1 por el valor de 1 UIT que son 4,600 soles.
- La empresa ha llevado su contabilidad en dólares americanos en el 2021 recién va a solicitar autorización para ello el mes que viene, que contingencia tributaria le puede ocurrir?
La contingencia tributaria se encuentra en el Articulo 175 numeral 6 con una sanción del 0.2% de los Ingresos Netos.
- ¿Cuál es la sanción para un contribuyente que presenta más de una rectificatoria?
La sanción se encuentra en el Artículo 176 pero actualmente NO se encuentra en vigencia ya que fue derogado por la Segunda Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo N° 1263.
- Después de la cobranza coactiva se ha ordenado el embargo de sus bienes, los funcionarios ha llegado a su domicilio fiscal, pero Ud. no abre la puerta he impide que pasen, le consulta a Ud. si tendría alguna sanción por ello.
Si tendría una sanción por ese hecho y se encuentra en el Articulo 177 numeral 17 con una sanción del 0.6% de los Ingresos Netos.
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